El nombre de las cosas
El rebote agarrado por Maragall a causa de la entrega por el presidente del Gobierno en Bruselas de dos versiones id¨¦nticas de la Constituci¨®n Europea -bajo los ep¨ªgrafes diferentes de la Comunidad Aut¨®noma de Catalu?a y de la Comunidad Aut¨®noma de Valencia- parti¨® seguramente de una expectativa falsa: la infundada creencia de que la previa aceptaci¨®n por la Generalitat de la traducci¨®n del tratado realizada bajo los auspicios del Gobierno valenciano recibir¨ªa como premio la presentaci¨®n por Zapatero al Consejo Europeo (junto a los textos en euskera y gallego) de un solo ejemplar de esa versi¨®n unificada. El incidente muestra el serio peligro de que los partidos y las instituciones estatales bajo su control creen envenenados conflictos artificiales al inflamar pasiones nacionalistas y meter en un mismo saco lengua, pol¨ªtica, historia y cultura.
La primera declaraci¨®n del presidente de la Generalitat no s¨®lo lamentaba el "desprop¨®sito"de que Zapatero hubiera presentado dos copias id¨¦nticas de una misma versi¨®n bajo los nombres diferentes de catal¨¢n y valenciano sino que anunciaba tambi¨¦n un recurso ante los tribunales. Al d¨ªa siguiente, sin embargo, Pasqual Maragall renunciaba a la idea de judicializar la discrepancia, tal vez por la inexistencia de cauce procesal adecuado. Los socios del PSC en el Gobierno tripartito siguieron durante algunos d¨ªas pujando al alza de manera hiperb¨®lica en la subasta de los agravios patri¨®ticos y del honor ofendido; Carod-Rovira ha llegado incluso a sugerir la posibilidad de que ERC retire su apoyo en las Cortes Generales a los Presupuestos Generales del Estado presentados por el Gobierno socialista. Parece que finalmente la sangre no llegar¨¢ al r¨ªo y que terminar¨¢ por imponerse el buen sentido tanto en las filas del PSC como entre sus aliados en la Generalitat.
El presidente del Gobierno se limit¨® en Bruselas a buscar una soluci¨®n constitucional adecuada para satisfacer las aspiraciones europeas de aquellas comunidades aut¨®nomas cuyos Estatutos establecen la vigencia de una segunda lengua oficial -adem¨¢s del castellano- dentro de su territorio. Por supuesto, la pretensi¨®n de que los centros de decisi¨®n de la UE dispongan de versiones de la Constituci¨®n Europea en esas lenguas co-oficiales es leg¨ªtima pol¨ªticamente; ahora bien, las comunidades aut¨®nomas no son titulares de un supuesto derecho constitucional que obligue al Gobierno central a dar ese paso, abstracci¨®n hecha de que el art¨ªculo 3 de la norma fundamental ampare la riqueza de las distintas modalidades ling¨¹¨ªsticas espa?olas como patrimonio cultural acreedor de especial respeto y protecci¨®n. La decisi¨®n de Zapatero se atuvo a los dos primeros par¨¢grafos de ese precepto constitucional, que concede al castellano el rango de lengua oficial del Estado y otorga a las dem¨¢s lenguas espa?oles la condici¨®n de co-oficiales en las comunidades aut¨®nomas correspondientes "de acuerdo con sus Estatutos". Pero territorio y lengua, pol¨ªtica y cultura, Estado e historia no se solapan necesariamente. De un lado, el mismo idioma puede ser la segunda lengua oficial en varias comunidades aut¨®nomas: el euskera es la lengua propia de Euskadi y tambi¨¦n de "las zonas vascohablantes" de Navarra; el catal¨¢n est¨¢ compartido estatutariamente como lengua oficial por Catalu?a y Baleares. De otro lado, un mismo idioma -el catal¨¢n- ha recibido nombres diferente en las disposiciones legales de dos comunidades: as¨ª, el Estatuto de Valencia declara que sus idiomas oficiales son "el valenciano y el castellano".
?Por qu¨¦ esa discrepancia terminol¨®gica si los ling¨¹istas reconocen de forma pr¨¢cticamente unanime que la lengua hablada y escrita en las comunidades de Catalu?a, Valencia y Baleares es la misma, pese a sus diferencias dialectales? El castellano recibi¨® su nombre del Reino medieval donde se forj¨®; esa denominaci¨®n acompa?¨® luego a la lengua hablada por la mayor¨ªa de los habitantes del resto de Espa?a y de la mitad de Am¨¦rica. El ingl¨¦s sigui¨® id¨¦ntico proceso en el Reino Unido, Am¨¦rica y Ocean¨ªa. Resultar¨ªa obligado aplicar el mismo criterio terminol¨®gico al catal¨¢n, que se extendi¨® desde el Principado a las islas Baleares y a Valencia; las ¨²nicas razones para no hacerlo son exclusivamente pol¨ªticas: el temor de una parte de la sociedad valenciana al irredentismo de los pa¨ªses catalanes, que asocia lengua y territorio al estilo del nacionalismo vasco.
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