Amparo y respeto
Se dir¨ªa que la aprobaci¨®n por el Pleno del Parlamento vasco del plan Ibarretxe el pasado 30 de diciembre ha sido una sorpresa que ha ido dejando una estela de incertidumbre y de diferencias p¨²blicas en torno a la manera m¨¢s conveniente de reaccionar por parte de las fuerzas pol¨ªticas de todo el arco parlamentario. Del presidente del Gobierno, Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero, se conoc¨ªa sobre el particular una declaraci¨®n fechada el 25 de octubre de 2003, cuando era l¨ªder de la oposici¨®n y estaba la marea baja, donde anunciaba que "el PSOE se opondr¨¢ firmemente al plan". Ahora, catorce meses despu¨¦s e investido de las responsabilidades de la Presidencia, cunde la impresi¨®n de que prefiere la meditaci¨®n, mientras hablan sus ministros y algunos dirigentes socialistas.
Pero algo deb¨ªa barruntarse sobre ese y otros planes de estatutos y autonom¨ªas el titular de Defensa, Jos¨¦ Bono, si hemos de juzgar por su empe?o reiterado a favor de las invocaciones a la unidad de Espa?a, ante diversos auditorios castrenses, con ocasi¨®n de festividades patronales o de directivas de la Defensa Nacional. Claro que a los militares cabr¨ªa suponerles suficientemente convencidos de la conveniencia de preservar esa unidad y que si la fragmentaci¨®n o disoluci¨®n del pa¨ªs estuviera en riesgo o esa fuera una percepci¨®n p¨²blica creciente, quien deber¨ªa tomar la palabra es el propio presidente, primero ante el Congreso de los Diputados y enseguida ante el conjunto de la ciudadan¨ªa. Porque descargar sobre las Fuerzas Armadas la misi¨®n de sostener la unidad de Espa?a es regresar al lema de "todo quedar¨¢ atado y bien atado bajo la guardia fiel de nuestro Ej¨¦rcito", acu?ado cuando entonces, como si la unidad de nuestro pa¨ªs fuera el resultado mec¨¢nico de una ortopedia militar. Quede claro que la defensa de la Constituci¨®n es indelegable, que nos incumbe a todos y cada uno de los ciudadanos y que en absoluto puede basarse en el primo de Zumosol.
Por el momento, antes de que siga progresando el desconcierto, se impone buscar asideros firmes, como el propuesto por S. J. Lec cuando afirma en sus Pensamientos despeinados: "Hay un sistema del que no vamos a salir a corto plazo: el solar". Con esa seguridad podemos acudir a la Disposici¨®n Adicional Primera de nuestra Carta Magna, seg¨²n la cual "la Constituci¨®n ampara y respeta los derechos hist¨®ricos de los territorios forales". Otra cosa es identificar con precisi¨®n cu¨¢les sean esos derechos hist¨®ricos, verdadero arcano inaccesible para el p¨²blico de a pie. Por eso, el segundo p¨¢rrafo de la citada Disposici¨®n procura ce?irse a cuestiones m¨¢s tangibles cuando se?ala que "la actualizaci¨®n de dicho r¨¦gimen foral se llevar¨¢ a cabo, en su caso, en el marco de la Constituci¨®n y de los "Estatutos de Autonom¨ªa". Pero observemos que la inicial invocaci¨®n de los "derechos hist¨®ricos" se transmuta enseguida en una referencia ya tangible a "dicho r¨¦gimen foral". As¨ª que en un an¨¢lisis de textos m¨¢s riguroso cabr¨ªa objetar la pertinencia del vocablo dicho antepuesto a la expresi¨®n r¨¦gimen foral, siendo as¨ª que hasta ese momento s¨®lo se hab¨ªa hablado de derechos hist¨®ricos y de territorios forales sin que hubiera aparecido la expresi¨®n r¨¦gimen foral, que hemos de suponer el r¨¦gimen propio de los territorios de esa misma condici¨®n.
En la disposici¨®n adicional de la Ley Org¨¢nica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonom¨ªa para el Pa¨ªs Vasco, se reitera que "la aceptaci¨®n del r¨¦gimen de autonom¨ªa que se establece en el presente Estatuto no implica renuncia del Pueblo Vasco a los derechos que como tal le hubieran podido corresponder en virtud de su historia, que podr¨¢n ser actualizados de acuerdo con lo que establezca el ordenamiento jur¨ªdico". Pero tambi¨¦n el lector de esta disposici¨®n adicional queda ayuno de precisiones sobre qu¨¦ es eso que le hubiera podido corresponder a un nuevo actor -el Pueblo Vasco-, que estuvo ausente por completo del texto de la Disposici¨®n Adicional Primera de la Constituci¨®n. Tampoco se establece c¨®mo enlaza el ahora mencionado Pueblo Vasco con los territorios forales de los que ven¨ªamos hablando y que sin previo aviso se evaporan en la redacci¨®n de la Adicional del Estatuto. Continuar¨¢.
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