Vivo y coleando
Si pregunt¨¢ramos a un grupo de inversores espa?oles qu¨¦ es un unit linked, probablemente una buena parte de ellos lo definir¨ªa como un producto financiero y s¨®lo una minor¨ªa conocer¨ªa la aut¨¦ntica naturaleza aseguradora del producto. A ello ha contribuido tanto su canal de comercializaci¨®n preferente -bancos y cajas- como el mensaje que las compa?¨ªas han empleado en sus campa?as de publicidad, centradas en los productos que subyacen bajo el unit linked (normalmente, fondos de inversi¨®n) y en sus ventajas fiscales.
Sin embargo, el unit linked es, ante todo, un seguro de vida, aunque con peculiaridades importantes. En los seguros de vida-ahorro tradicionales las compa?¨ªas aseguradoras asumen un compromiso de rentabilidad, garantizando al contratante, el tomador, un inter¨¦s t¨¦cnico m¨ªnimo durante la vigencia del contrato. Para dar cobertura a esta obligaci¨®n, las compa?¨ªas adquieren determinados activos en los que materializan los fondos acumulados, provisiones matem¨¢ticas con las que har¨¢n frente a las prestaciones comprometidas.
Es un seguro de vida que no tiene inter¨¦s garantizado, pero el tomador decide d¨®nde invierte sus provisiones
Frente a este planteamiento, en los unit linked no existe un inter¨¦s t¨¦cnico garantizado, de forma que la rentabilidad ofrecida por el producto coincide, descontando los gastos, con la que obtengan los activos subyacentes que la compa?¨ªa aseguradora adquiere para soportar financieramente la operaci¨®n. Como contrapartida a esta ausencia de garant¨ªa de rentabilidad, es el tomador y no la compa?¨ªa aseguradora quien decide los activos concretos en los que desea que se inviertan las provisiones matem¨¢ticas de su seguro, dentro de aquellos que le son ofrecidos por la entidad en la p¨®liza (en la mayor parte de los casos, participaciones en fondos de inversi¨®n). As¨ª, en el unit linked la aseguradora traspasa el riesgo de la inversi¨®n al tomador, a cambio de ceder en su favor la facultad de decidir sobre la inversi¨®n en los activos subyacentes.
Pese a ser un producto con mucha difusi¨®n en pa¨ªses como Holanda o Reino Unido durante el ¨²ltimo cuarto del siglo pasado, los unit linked no alcanzaron niveles de comercializaci¨®n relevantes en nuestro pa¨ªs hasta 1999 cuando, tras varios a?os de incertidumbre al respecto, la Direcci¨®n General de Tributos emiti¨® una consulta vinculante en la que, por fin, aclaraba el r¨¦gimen tributario aplicable a este producto. En dicha consulta se delimitaron las condiciones que deben reunir estos productos para disfrutar del r¨¦gimen fiscal de los seguros de vida, limitando tal aplicaci¨®n a los unit linked que sean instrumentos de gesti¨®n colectiva de inversiones y no respondan a una gesti¨®n privada de carteras. Casi todos los unit linked comercializados actualmente en nuestro pa¨ªs est¨¢n dise?ados para poder aplicarse el r¨¦gimen tributario general del seguro de vida.
Asimismo, el tomador puede decidir, en cualquier momento durante la vigencia del contrato, la movilizaci¨®n de las inversiones subyacentes entre los distintos activos que la compa?¨ªa pone a su disposici¨®n, sin que dicha movilizaci¨®n determine un rendimiento fiscal, dado que la titularidad de las inversiones corresponde a la entidad aseguradora. La trascendencia pr¨¢ctica de esta cuesti¨®n, que en su d¨ªa constituy¨® una de las bases para explicar la enorme difusi¨®n que lleg¨® a alcanzar este producto hace unos a?os, qued¨® un tanto diluida a ra¨ªz de la eliminaci¨®n del denominado peaje fiscal en el traspaso entre fondos de inversi¨®n, de forma que, desde 2003, los titulares de participaciones de estos fondos no tributan por la plusval¨ªa que se ponga de manifiesto como consecuencia de la movilizaci¨®n de su inversi¨®n a otro fondo.
Pese a que, por este motivo, algunos se apresuraron a certificar la defunci¨®n del unit linked, la flexibilidad que estos productos que permiten al tomador adaptar su inversi¨®n a las distintas condiciones de los mercados, as¨ª como un r¨¦gimen fiscal imbatible en el medio y largo plazo, hacen que el unit linked siga constituyendo una opci¨®n atractiva.
Eduardo Borreguero es director de Asesor¨ªa Jur¨ªdica de Vida y Pensiones del Grupo Caser.
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