Una mujer recibir¨¢ una indemnizaci¨®n tras quedarse en coma por el retraso de una ambulancia
La Generalitat Valenciana tendr¨¢ que indemnizar con 180.000 euros, m¨¢s una pensi¨®n vitalicia de 1.800 euros al mes, a una mujer que qued¨® en 1999 en coma irreversible como consecuencia directa del retraso en la movilizaci¨®n de una ambulancia tras ser alertado el Centro de Informaci¨®n y Coordinaci¨®n de Urgencias (CICU) de un posible infarto en un domicilio. As¨ª lo ha establecido la secci¨®n segunda de la sala de Lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
El fallo considera probada la relaci¨®n directa entre el estado de coma vigil de la paciente y el retraso en la movilizaci¨®n de la ambulancia. Consta en la sentencia que a las 7.22 del 26 de mayo de 1999, Elvira Navarro llam¨® al CICU y explic¨® que su madre ten¨ªa v¨®mitos, dolor en el pecho y en el brazo izquierdo, s¨ªntomas que se prolongaban desde horas antes. Seg¨²n el fallo, esos s¨ªntomas "se corresponden con los de un infarto" y lo correcto "habr¨ªa sido el aviso inmediato al SAMU y no, como hizo el CICU, avisar a un m¨¦dico para que acudiera al domicilio". Elvira Navarro llam¨® en dos ocasiones m¨¢s, la ¨²ltima a las 7.38. En aquella comunicaci¨®n dijo: "Se ha ca¨ªdo, est¨¢ fatal y la ambulancia no ha llegado". Fue entonces cuando el CICU moviliz¨® una ambulancia que lleg¨® a las 7.46.
La sentencia entiende que si la ambulancia tard¨® siete minutos en llegar, de haberse realizado la atenci¨®n como correspond¨ªa, la paciente hubiera sido atendida a las 7.29, antes de quedar inconsciente. Por lo tanto, el tribunal considera responsable a la Consejer¨ªa de Sanidad por el anormal funcionamiento de un servicio p¨²blico y establece una indemnizaci¨®n de 180.000 euros.
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