Ilegalizada una depuradora por estar pr¨®xima a unas viviendas
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casaci¨®n presentado por la Generalitat contra la sentencia del TSJCV que declaraba ilegal la depuradora de aguas residuales de San Fulgencio (La Vega Baja). La sentencia afirma que no se puede construir una instalaci¨®n de estas caracter¨ªsticas a menos de 2.000 metros de un n¨²cleo de poblaci¨®n, (la depuradora se encuentra a 380 metros de las viviendas).
La depuradora funciona desde el a?o 2001, cuando fue inaugurada por el entonces presidente de la Generalitat Eduardo Zaplana y el anterior ministro de Medio Ambiente, Jaume Matas. Los vecinos de la urbanizaci¨®n El Oasis de San Fulgencio, afectados por la depuradora, denuncian que Zaplana "sab¨ªa que la depuradora era ilegal" el d¨ªa de la inauguraci¨®n, ya que la sentencia en primera instancia "se dict¨® esos d¨ªas".
Los vecinos que iniciaron el recurso, unas 300 familias del n¨²cleo urbano El Oasis, van a pedir la ejecuci¨®n inmediata de la sentencia, que es firme, y por tanto solicitar¨¢n la clausura de la depuradora y posteriormente su derribo y posterior construcci¨®n en otra zona que cumpla con los requisitos legales. Jos¨¦ Ruvira, uno de los denunciantes, se?al¨® ayer: "No vamos a consentir que ahora seamos una vez m¨¢s los ciudadanos los que paguemos los platos rotos".
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