Puntualizaci¨®n
Bien es cierto que es ahora cuando los ciudadanos m¨¢s est¨¢n tomando parte activa de las decisiones de sus Estados en la escena internacional, pues entonces, ha de ser ahora, mejor que ma?ana, cuando esta Uni¨®n Europea, tocada pero no hundida como la pintan algunos, se ha de medir por las necesidades de sus verdaderos actores, los ciudadanos.
Pero esto no es una crisis, se trata de una oportunidad que se presenta a tiempo.- Gimena Gonz¨¢lez Asensio. Le¨®n.
En la secci¨®n de Opini¨®n de ayer, viernes 17 de junio, aparece un editorial titulado Situaci¨®n insostenible, en el que se refiere a la tr¨¢gica muerte de una adolescente en un centro de menores en Canarias. En ¨¦l se alude a un informe del Diputado del Com¨²n que recoge una serie de deficiencias en estos centros a las que deber¨¢ hacer frente el Gobierno canario, responsable de las competencias en esta materia. El Ejecutivo insular ha anunciado un "plan de choque" y desde el Ministerio de Justicia se ha ofrecido en esta legislatura colaboraci¨®n para ayudar a todas las comunidades aut¨®nomas a subsanar esos problemas.
Posteriormente se apuntan las quejas planteadas hace tiempo por personal de los centros para menores de Catalu?a, al a?o de entrar en vigor la Ley del Menor (2001). A lo que se a?ade: "Y todav¨ªa est¨¢ pendiente de elaboraci¨®n el correspondiente reglamento". Es en este punto donde debo decir que este Gobierno se impuso como una de sus prioridades establecer esa norma, la cual se aprob¨® en Consejo de Ministros a los cuatro meses de llegar al poder, el 30 de julio de 2004, habiendo entrado en vigor el 29 de febrero de 2005.
Este reglamento fue consensuado con las comunidades aut¨®nomas que, efectivamente, llevaban a?os reclam¨¢ndolo y, para su elaboraci¨®n, tambi¨¦n fueron consultados los distintos agentes que trabajan en los centros de menores. Esta normativa, entre otras cosas, estableci¨® el r¨¦gimen de derechos y obligaciones de los menores internados, y respald¨® a los profesionales responsables de los centros, al detallar las sanciones disciplinarias que se pueden imponer a los infractores, siempre respetando sus derechos legales y constitucionales. Por tanto, la tarea reglamentaria por parte del Ejecutivo est¨¢ hecha.
Debo a?adir, adem¨¢s, que habi¨¦ndose detectado determinados problemas de aplicaci¨®n en la Ley del Menor, lo pr¨®ximo ser¨¢ la reforma de algunos de sus art¨ªculos, algo que ya se contemplaba en el Programa de Gobierno para esta legislatura. Se pretende responder, precisamente, a algunos de los problemas que se han visto en estos a?os de puesta en pr¨¢ctica de la legislaci¨®n vigente.
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