Oposici¨®n mayoritaria de la judicatura
La mayor¨ªa del poder judicial y dos de las tres asociaciaciones se oponen a que quienes impartan la justicia de proximidad sean licenciados en derecho y no jueces. Este sector mayoritario y conservador de la magistratura tambi¨¦n se declara contrario al sistema de nombramiento de los jueces de proximidad, aunque sus opiniones muestran un gran desconocimiento del procedimiento que se emplear¨¢.
La presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC), Maria Eug¨¨nia Alegret, asegura que es partidaria de la justicia de proximidad y de que a los nuevos juzgados se le otorguen competencias en pleitos administrativos, civiles y penales de poca entidad. A su juicio, el asunto m¨¢s importante es "qui¨¦nes y c¨®mo ejercer¨¢n de jueces". En su opini¨®n, la discusi¨®n no es si esas personas son jueces o no, sino si en el futuro deber¨ªan acceder a la carrera judicial y superar una oposici¨®n similar a la del llamado cuarto turno, reservado a juristas con un m¨ªnimo de 10 a?os de experiencia.
Alegret, que pertenece a la mayoritaria y conservadora Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura (APM), reclama que sea el Consejo General del Poder Judicial el que designe a estos jueces y plantea la incompatibilidad de que un organismo como el Ayuntamiento de Barcelona "designe" a jueces a los que podr¨ªa corresponderles revisar actos administrativos de esa corporaci¨®n. La presidenta del TSJC opina que si finalmente se opta por personas ajenas a la carrera judicial, se limite su mandato y no se les pueda prorrogar.
Por el contrario, la juez decana de Barcelona, Maria Sanahuja, tiene planteamientos muy distintos a los de Alegret. La decana afirma que el proyecto de justicia de proximidad es una buena iniciativa "que aliviar¨ªa los asuntos de peque?a cuant¨ªa y de menor envergadura de los juzgados" que generan tanto trasiego de diligencias.
Sanahuja, que pertenece a la asociaci¨®n progresista y minoritaria Jueces para la Democracia (JpD), va m¨¢s all¨¢ del proyecto que se est¨¢ debatiendo y considera que "la verdadera justicia de proximidad pasa por una fuerte inversi¨®n en medios tecnol¨®gicos para igualarnos a algunos pa¨ªses europeos". Esa equiparaci¨®n, sostiene la decana de Barcelona, pasa porque se puedan plantear por Internet las reclamaciones de deuda de cantidad que tramitan los juzgados civiles.
Gregorio Callejo, coordinador territorial para Catalu?a de JpD, considera que las cr¨ªticas que se hacen a la propuesta de justicia municipal "no tienen ning¨²n sentido" y que los argumentos que se utilizan para oponerse "no son s¨®lidos". Callejo cree que el hecho de que los jueces de proximidad no pertenezcan a la carrera judicial no es ning¨²n obst¨¢culo para que ejerzan ni supone un quebrantamiento de lo que los juristas denominan "principio de unidad jurisdiccional". Existen excepciones a ese principio, a?ade Callejo, y recuerda el caso de los jueces de paz, que son designados por los ayuntamientos, o bien el de algunos magistrados que forman parte de los tribunales militares, a los que tampoco nombra el Consejo General del Poder Judicial.
Con todo, la sensibilidad hacia la justicia de proximidad entre los jueces progresistas tampoco es la misma en Catalu?a que fuera de aqu¨ª. Concepci¨®n Sotorra, de la asociaci¨®n Francisco de Vitoria, coincide con Alegret en que, como planteamiento inicial, la justicia de proximidad es positiva porque supone recuperar los antiguos juzgados de distrito y resolver las infracciones y las faltas penales. Sin embargo, Sotorra precisa que lo m¨¢s criticable es que sea el Ayuntamiento de Barcelona el que decida qu¨¦ tipos de juzgados se crear¨¢n y cu¨¢ntos.
Esta magistrada opina que la selecci¨®n de los jueces de proximidad deber¨ªa ser id¨¦ntica a la empleada en el resto de jurisdicciones, por lo que rechaza el planteamiento de que se elijan "jueces de libre designaci¨®n y no profesionales" para garantizar la unidad de la carrera judicial.
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