El Superior anula la decisi¨®n donostiarra de reforzar la seguridad con interinos
El Tribunal Superior vasco ha anulado la decisi¨®n del Ayuntamiento de San Sebasti¨¢n de contratar a polic¨ªas interinos para responder a un problema de seguridad estructural como el que se viv¨ªa a principios de 2003 en la Parte Vieja donostiarra, San Bartolome y su zona de influencia. El consistorio record¨® ayer que el programa ya no est¨¢ en vigor.
La sentencia, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, anula la contrataci¨®n temporal de 36 nuevos agentes de la Guardia Urbana realizada en mayo de ese a?o y el plan de refuerzo de la vigilancia en los barrios donostiarras, de 9 de mayo de 2003. La Sala defiende que el consistorio us¨® una herramienta prevista en la Ley de la Funci¨®n P¨²blica Vasca como la contrataci¨®n de personal interino para solucionar un problema "permanente y estructural": el de seguridad en determinadas zonas de la ciudad. "La temporalidad no es la nota que define el problema, sino m¨¢s bien lo contrario, ya que seg¨²n la descripci¨®n de la situaci¨®n, ¨¦sta no va a desaparecer o va a cambiar por el transcurso del tiempo", apunta el fallo.La sentencia considera, en un plano te¨®rico, que es posible contratar polic¨ªas locales para ejecutar "programas temporales". Sin embargo, la resoluci¨®n judicial establece con claridad que la Administraci¨®n implicada es la que tiene que demostrar que es necesario abrir la v¨ªa de la contrataci¨®n temporal para hacer frente a un problema de seguridad que puede perdurar en el tiempo, como es el caso recurrido por la secci¨®n sindical de Erne en la Guardia Urbana donostiarra.
De hecho, el magistrado ponente, Luis Miguel Blanco Dom¨ªnguez, incluso acepta el argumento invocado por el abogado recurrente en relaci¨®n con la posibilidad de que se activen mecanismos recogidos en la Ley de Polic¨ªa Vasca, de 1992, como que los ayuntamientos soliciten al Departamento de Interior y a la Ertzaintza asistencia "en aquellas funciones de naturaleza estrictamente policial que correspondan a sus cuerpos de polic¨ªa".
En concreto, la resoluci¨®n argumenta el sentido de esa petici¨®n "en los casos en que sus efectivos no alcancen a dar cobertura a la totalidad de los servicios de su competencia". Finalmente, recuerda la sentencia que la ley de Polic¨ªa permite tambi¨¦n "la coordinaci¨®n con otras polic¨ªas locales para atender eventualmente sus necesidades especiales o extraordinarias".
Fuentes del alto tribunal vasco indicaron a este peri¨®dico que la Sala de lo Contencioso-Administrativo prev¨¦ fallar en breve en una causa similar relacionada tambi¨¦n con la coordinaci¨®n de polic¨ªas.
"Sin efectos pr¨¢cticos"
"No hay ning¨²n problema porque ese programa ya no est¨¢ en vigor, as¨ª que la sentencia no tiene ning¨²n efecto pr¨¢ctico", recalc¨® ayer a este peri¨®dico el concejal responsable de la Guardia Municipal, el socialista Ernesto Gasco, seg¨²n informa Mikel Ormazabal.
"Fue un plan para reforzar la presencia policial en algunas zonas de la ciudad que se puso en marcha con car¨¢cter temporal y de forma experimental durante tres o cuatro meses en 2003. Ese periodo finaliz¨® y ya no se continu¨® con el programa. Incluso cuando un juzgado de San Sebasti¨¢n dio la raz¨®n al Ayuntamiento, el programa ya hab¨ªa finalizado. En este caso, respetamos la decisi¨®n del tribunal, pero no tiene ning¨²n efecto".
Dicha sentencia en primera instancia a la que hace referencia Gasco es la que ha sido revocada ahora por el Tribunal Superior. En cualquier caso, la Sala de lo Contencioso se?ala que el problema de inseguridad generado entonces en San Sebasti¨¢n se ten¨ªa que haber solventado a trav¨¦s de la "adecuada dotaci¨®n de medios humanos para atender las necesidades reales de la poblaci¨®n". Es decir, coordin¨¢ndose con otras polic¨ªas, pidiendo ayuda a la Ertzaintza o sacando m¨¢s plazas de agentes municipales a concurso.
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