Repetir la ley
El autor advierte acerca de los riesgos de utilizar el proceso legislativo para imponer criterios pol¨ªticos que en ocasiones est¨¢n te?idos de intereses defendidos por grupos de presi¨®n concretos, defensores de intereses particulares alejados del bien com¨²n de la ciudadan¨ªa.
Ya nos avis¨® repetidamente Jerem¨ªas Bentham en su Nomograf¨ªa de los graves y conflictivos males que pueden viciar irremisiblemente el proceso legislativo y de los remedios que los podr¨ªan conjurar, pero en su cat¨¢logo, que ¨¦l presum¨ªa exhaustivo, no se enumeraba ning¨²n vicio para el que se recetara como remedio repetir la ley. Al parecer se trata de un vicio nuevo contra el que carecemos de ant¨ªdoto, lo que es una l¨¢stima porque ese vicio no catalogado acaba de ponerse de manifiesto en el Proyecto de Ley de Reformas para el impulso a la productividad, que est¨¢ siendo objeto de debate en el Congreso de los Diputados.
S¨ªntomas inequ¨ªvocos de que hubo alg¨²n vicio saltan a la vista cuando adviertes de que este Proyecto de ley reproduce con iguales o similares palabras mandatos que ya fueron refrendados y promulgados hace tres a?os por otra ley, la Ley 24/01 de 24 de diciembre. Esta ley, llamada de medidas fiscales, administrativas y de orden social fue promulgada a propuesta del que fuera Ministro de Econom¨ªa Rodrigo Rato, quien pretendi¨® establecer tibias medidas liberalizadoras en beneficio de los consumidores en las instituciones que sirven la seguridad jur¨ªdica preventiva, notarios y registradores. Acortaba plazos, simplificaba actuaciones, depuraba los derechos de la ciudadan¨ªa, y lo que es m¨¢s importante reajustaba esas instituciones seculares a algo tan esencial como es el principio constitucional de divisi¨®n de poderes. Por primera vez preponderaba la idea de que notar¨ªas y registros son servicios p¨²blicos y por primera vez se reconoc¨ªa al consumidor el papel de protagonista que la Constituci¨®n le asigna.
El poder de las Cortes, que representan la soberan¨ªa popular, la ¨²nica soberan¨ªa del Estado, no es absoluto
Las organizaciones pol¨ªticas est¨¢n obligadas a mantenerse alerta para resistir presiones de grupos banderizos
Y debe ser irreversible el vicio que aquejaba a aquella ley de 2001 para que a los tres a?os de vigencia el Gobierno, un gobierno socialista, es decir de signo distinto del que la promovi¨®, tenga que solicitar de la C¨¢mara un nuevo refrendo de los mismos mandatos.
Pero cuando se empieza a escarbar en los entresijos de la mara?a legislativa buscando el vicio que la malogr¨®, se advierte que Bentham no pudo describirlo porque el vicio no es cong¨¦nito sino sobrevenido, es decir la ley naci¨® bien pero se frustr¨® despu¨¦s. Lo malo es que quiz¨¢ sea peor, porque a cambio de salvar el honor de Bentham, llegamos a la descorazonadora conclusi¨®n de que el poder de las Cortes generales que representan a la soberan¨ªa popular, a la ¨²nica soberan¨ªa del Estado, no es absoluta, porque la larga mano de los lobbys y cabildeos de las camarillas de los dos vicepresidentes puede malograr mandatos legales.
Sabido es que Romanones prefer¨ªa hacerse cargo de las disposiciones de rango inferior y la historia demuestra que funcionarios enfurru?ados pueden si son monopolistas agarrarse al clavo ardiendo de cualquier ordenanza para convocar una asonada capaz de llenar de minas una reforma legislativa. Lamentable es que las democracias carezcan de resortes autom¨¢ticos para neutralizar la acci¨®n paralizante de los ejecutores de la norma y para vencer la resistencia de los obligados a cumplir sus mandatos. Pero lo cierto es que algunas acciones negativas como omitir el dictado de un reglamento o de una disposici¨®n menor pero imprescindible para que la ley inicie su marcha, y otras acciones positivas convirtieron en cenizas muchos de los mandatos de aquella ley. Intercalar alg¨²n precepto en la Ley de Acompa?amiento, tramitar con urgencia alg¨²n humilde Decreto promulg¨¢ndolo en agosto para que pase desapercibido, o dictar una triste Instrucci¨®n intencionadamente ambigua que dota de salvoconducto penal a la posici¨®n rebelde, pueden ser armas que h¨¢bilmente engarzadas en una trama de influencias pueden desgraciadamente abatir una ley.
Ahora otro Gobierno, convencido de la bondad del proyecto, somete la ley a nuevo refrendo. Antes fue el PP a propuesta del Vicepresidente Rodrigo Rato. Ahora es el PSOE el que abunda en los mismos objetivos. Parece que la mayor¨ªa de la C¨¢mara entendi¨® bien d¨®nde estaba el inter¨¦s general. Adem¨¢s, la cuesti¨®n de fondo es tan claramente beneficiosa para el ciudadano que casi salen los rubores al aclararla: se trata de evitar la duplicidad en la calificaci¨®n de los poderes, de reducir plazos, de simplificar recursos, de obligar a estos funcionarios a atenerse, como todos los dem¨¢s, a las resoluciones del Ministerio de Justicia y de prohibirles que recurran ante los Tribunales las decisiones de su superior jer¨¢rquico cuando revoca sus calificaciones. Pero ?ser¨¢ suficiente?
Todo parece claro. Y, sin embargo, te invade de nuevo la zozobra cuando adviertes de que este mismo Partido Popular que en su d¨ªa promulg¨® y vot¨® la Ley 24/01 hoy, en una componenda contra natura con Esquerra Republicana, propone enmiendas indecorosas en contra de la ley. Alegan cosas tan peregrinas como que simplificar tr¨¢mites o reducir plazos rompe con la filosof¨ªa de la eficiencia tradicional en los registros. No se ruborizan al pedir exenci¨®n de responsabilidad por los errores que contenga la informaci¨®n registral que proporcionen, y en un rapto de ofuscaci¨®n piden convergencia con Europa al tiempo que afirman que acatar las resoluciones de su superior jer¨¢rquico socava la independencia del registrador.
?Qu¨¦ se ha hecho del principio constitucional de jerarqu¨ªa? ?D¨®nde queda el principio de divisi¨®n de poderes que encierra a lo registral en el ¨¢mbito administrativo, recordando con ello que los Registros no son estaciones para impartir justicia, que para eso est¨¢n los tribunales, sino instituciones administrativas para ordenar y facilitar el tr¨¢fico, como lo demuestra el hecho de que su turbina no sea la equidistribuci¨®n de intereses sino el orden en el tr¨¢fico que en aras del mercado llega a justificar algo tan injusto como son las adquisiciones hechas a quien no es el verdadero due?o?
Es desde luego una situaci¨®n pol¨ªtica parad¨®jica e incoherente. Un gobierno socialista insistiendo sobre lo que antes promovi¨® el Partido Popular, y una fracci¨®n de este partido apoyada en su ant¨®nimo Esquerra Republicana acaudillando su rechazo. Deber¨ªa ser suficiente para todos recordar que los dos partidos mayoritarios, cuando han tenido la responsabilidad de gobernar, han coincidido en el diagn¨®stico de d¨®nde est¨¢n los intereses generales.
Porque est¨¢ en lo cierto Philip Pettit cuando en su obra Republicanismo nos avisa de que todas las organizaciones pol¨ªticas, aun las acreditadas con todas las evidencias democr¨¢ticas, est¨¢n obligadas a mantenerse alerta para resistir las presiones de lobbys y grupos banderizos y para atajar de ra¨ªz los primeros s¨ªntomas de arbitrismo que suelen aparecer peri¨®dicamente en el punto m¨¢s impensado de la pir¨¢mide del Estado. En esta l¨ªnea tienen raz¨®n los que aconsejan una depuraci¨®n continuada de la calidad democr¨¢tica de las instituciones, labor que es especialmente necesaria en democracias que como la nuestra han tenido que desenvolverse entre mecanismos ideados por reg¨ªmenes pol¨ªticos autocr¨¢ticos cuya larga duraci¨®n suele crear en los ciudadanos y hasta en algunos pol¨ªticos anticuerpos que embotan su sensibilidad impidi¨¦ndoles distinguir el alcance democr¨¢tico o banderizo de algunas reformas legales.
Jos¨¦ Arist¨®nico Garc¨ªa es notario.
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