Trabajo abre una v¨ªa para contratar de forma personalizada a inmigrantes en el extranjero
El Inem publica el cat¨¢logo de ocupaciones de dif¨ªcil cobertura por residentes en Espa?a
Los empresarios que deseen contratar a determinados extranjeros no comunitarios en su pa¨ªs de origen pueden reclamarlos desde ahora, con nombre y apellidos, siempre que el puesto de trabajo que vayan a ocupar figure en el cat¨¢logo de ocupaciones de dif¨ªcil cobertura de su provincia. Los inmigrantes obtendr¨¢n un permiso de residencia y de trabajo de un a?o. El cat¨¢logo, que fue presentado ayer por la secretaria de Estado de Inmigraci¨®n, Consuelo Rum¨ª, y el secretario general de Empleo, Valeriano G¨®mez, abre una v¨ªa legal para la ordenaci¨®n de los flujos migratorios.
El cat¨¢logo aparece regulado en el Reglamento de Extranjer¨ªa, y contiene las ocupaciones en las que los servicios p¨²blicos de empleo han encontrado dificultad para gestionar las ofertas que los empresarios les presentan cuando intentan cubrir puestos de trabajo vacantes.
Es elaborado cada trimestre por el Servicio P¨²blico de Empleo Estatal-Inem, de acuerdo con la informaci¨®n suministrada por los servicios p¨²blicos de empleo auton¨®micos, y previa consulta a la Comisi¨®n Nacional Tripartita de Inmigraci¨®n, integrada por la Administraci¨®n, los empresarios y los sindicatos.
Est¨¢ desagregado por provincias, islas en el caso de Baleares y de Canarias, y las ciudades aut¨®nomas de Ceuta y Melilla. Su vigencia se extiende desde el primero hasta el ¨²ltimo d¨ªa laborable del trimestre natural siguiente al de su publicaci¨®n. En este caso, desde el pr¨®ximo lunes, d¨ªa 4, hasta el viernes 30 de septiembre.
Entre las ocupaciones de dif¨ªcil cobertura m¨¢s significativas para este per¨ªodo figuran empleado de hogar (reclamada en 36 provincias), cocinero (reclamada en 25), estuquista (en 25), conductor de cami¨®n (en 24), carpintero de aluminio y PVC (en 23), pastor (en 22), camarero (en 20), alba?il (en 20), fontanero (en 19), carpintero (en 18), instalador electricista (en 16) y pe¨®n de la construcci¨®n (reclamada en 16 provincias).
Los empresarios s¨®lo necesitan consultar el cat¨¢logo (disponible en Internet en la direcci¨®n www.inem.es), en el que aparecen las relaciones de ocupaciones para las que existe dificultad, constatada por los servicios p¨²blicos de empleo de cada provincia, de encontrar candidatos.
Si la ocupaci¨®n para la que el empleador necesita cubrir uno o varios puestos aparece en el cat¨¢logo, puede solicitar las autorizaciones de residencia y de trabajo de los extranjeros no comunitarios que elija, sin necesidad de presentar una oferta de empleo. S¨ª deber¨¢ demostrar su solvencia. En cuanto al inmigrante, deber¨¢ hallarse en su pa¨ªs de origen, tramitar un visado, carecer de antecedentes penales y presentar un certificado m¨¦dico. Finalmente, el empleador deber¨¢ comunicar la firma del contrato a los servicios p¨²blicos de empleo. El tiempo estimado entre la presentaci¨®n de la solicitud y la llegada a Espa?a del trabajador elegido es de un mes.
Hasta ahora, la Ley de Extranjer¨ªa obligaba a los empresarios a presentar previamente a cualquier otra gesti¨®n una oferta de trabajo ante los servicios p¨²blicos de empleo. Los empleadores s¨®lo pod¨ªan solicitar las autorizaciones de residencia y trabajo para los extranjeros en el caso de que el Inem certificase la imposibilidad de encontrar candidatos. Esa certificaci¨®n era muy dif¨ªcil de obtener, ya que en las listas del paro figuran todo tipo de profesionales, por m¨¢s que su residencia en otra provincia o incluso su falta de disposici¨®n a cubrir la oferta impida contratarlos.
V¨ªas alternativas
No obstante, el sistema anterior sigue vigente para los casos en que el puesto de trabajo no figure incluido en el cat¨¢logo de ocupaciones de dif¨ªcil cobertura. En tales situaciones, los empresarios deber¨¢n presentar su oferta en el Servicio P¨²blico de Empleo. S¨®lo si ¨¦ste certifica la insuficiencia de candidatos, podr¨¢n gestionar la solicitud de residencia y trabajo para los extranjeros que deseen contratar.
La principal diferencia del nuevo m¨¦todo con el del contingente anual de trabajadores extranjeros, que sigue vigente, es que la contrataci¨®n en origen es nominal; es decir, con nombres y apellidos. El proceso de reclutamiento y selecci¨®n queda en las manos del empresario, quien de todos modos podr¨¢ reclamar la ayuda de los servicios exteriores del Estado y de sus agregadur¨ªas laborales para hacer saber en el pa¨ªs elegido sus necesidades de mano de obra.
La secretaria de Estado de Inmigraci¨®n, Consuelo Rum¨ª, insisti¨® en que la v¨ªa abierta con el cat¨¢logo de ocupaciones de dif¨ªcil cobertura s¨®lo ata?e a trabajadores que no se hallen en Espa?a. Es decir, no permite regularizar a los inmigrantes sin papeles. Rum¨ª insisti¨® en que la v¨ªa abierta es "un instrumento innovador para apostar por canales de inmigraci¨®n regulares y disuadir a la inmigraci¨®n clandestina".
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