Financiaci¨®n auton¨®mica: la hora de la verdad
Hoy se ver¨¢n las caras el ministro de Administraciones P¨²blicas, Jordi Sevilla, y el consejero de Econom¨ªa de la Generalitat de Catalu?a, Antoni Castells, por primera vez desde que el tripartito catal¨¢n amparase la proposici¨®n de ley de reforma del Estatuto, con los votos en contra del PP y la abstenci¨®n de CiU. Lo har¨¢n en el seno del curso sobre financiaci¨®n auton¨®mica que coorganizan la Fundaci¨®n BBVA y la Escuela de Periodismo UAM/EL PA?S. Ser¨¢ el primero de una serie de contactos para limar asperezas entre ambas partes, entre las cuales figuran algunas l¨ªneas rojas aparentemente traspasadas por el texto del Estatuto en relaci¨®n con la Constituci¨®n, y la incorporaci¨®n en el mismo, con detalle, de un nuevo sistema de financiaci¨®n para Catalu?a.
En Espa?a se han configurado unas autonom¨ªas con amplia capacidad de gasto y una dependencia elevada de la Administraci¨®n para percibir ingresos
El esquema de juego propuesto por el Gobierno central para negociar las reformas de los estatutos de las comunidades aut¨®nomas tiene dos principios: que se respete el texto constitucional y que las reformas lleguen avaladas por un apoyo suficiente en los parlamentos regionales (alrededor del 75% de los votos de los diputados). En cuanto a la financiaci¨®n auton¨®mica, en un pa¨ªs en el que las disparidades de renta y riqueza entre las regiones son un hecho, el objetivo debe ser el mantenimiento y perfeccionamiento de los mecanismos de cohesi¨®n territorial, que garantizan la calidad de los servicios p¨²blicos.
Despu¨¦s de 25 a?os de existencia, el Estado de las autonom¨ªas ha llegado a un funcionamiento caracterizado por una amplia cesi¨®n de competencias a las comunidades y descentralizaci¨®n del gasto, no acompa?ado de un proceso semejante por el lado de los ingresos. El resultado es la configuraci¨®n de unas comunidades aut¨®nomas con una amplia capacidad en la decisi¨®n del gasto y una dependencia muy elevada de la Administraci¨®n central a la hora de percibir los ingresos.
En el a?o 2001 se aprob¨® una reforma del sistema de financiaci¨®n que supuso un avance en materia de autonom¨ªa financiera y corresponsabilidad fiscal, pero que no ha solucionado todos los problemas: los ingresos que proporciona el sistema crecen a un ritmo inferior al esperado, lo que pone en peligro la prestaci¨®n de los servicios asignados (especialmente en el ¨¢mbito sanitario) a los Gobiernos auton¨®micos. Adem¨¢s, la asimetr¨ªa existente en la capacidad de gasto entre las comunidades de territorio com¨²n y, todav¨ªa en mayor medida, de ¨¦stas con respecto a las comunidades forales, se traduce en capacidades diferentes de prestaci¨®n de servicios de las distintas Administraciones, con repercusi¨®n directa en la calidad de vida y oportunidades econ¨®micas de los ciudadanos. El ¨¢mbito constitucional no admite la financiaci¨®n privilegiada de ning¨²n territorio.
Un experto como el inspector de Hacienda Jos¨¦ V¨ªctor Sevilla ha actualizado el estudio de estos problemas y ha adelantado distintas propuestas para solucionarlos. En su nuevo libro Financiaci¨®n auton¨®mica. Problemas y propuestas (Fundaci¨®n Alternativas. Ex Libris ediciones) y en el art¨ªculo 'La financiaci¨®n de Catalu?a' (revista Claves, n¨²mero 154, julio-agosto 2005), Sevilla adelanta sus tesis para adaptar el sistema de financiaci¨®n auton¨®mica a la l¨®gica de la estructura pol¨ªtica del Estado, con una doble direcci¨®n. En primer lugar, una descentralizaci¨®n de tributos, pasando a las comunidades aut¨®nomas la responsabilidad de obtener sus propios ingresos: la financiaci¨®n de las comunidades debe hacerse b¨¢sicamente mediante los tributos cedidos/compartidos, y no a trav¨¦s de participaciones en los tributos del Estado, ni siquiera de participaciones territorializadas. Los tributos compartidos son aquellos que pueden utilizar al mismo tiempo la Hacienda central y las autonom¨ªas, con una misma estructura legal y disponiendo cada Hacienda de m¨¢rgenes normativos que le permitan decidir tanto el nivel como la estructura de sus ingresos: esto es, le permiten el ejercicio de su autonom¨ªa financiera.
En segundo lugar, la Hacienda central debe complementar los recursos de las comunidades aut¨®nomas con menos capacidad econ¨®mica para que, con el mismo esfuerzo fiscal que hacen las otras, puedan prestar a sus ciudadanos un nivel de servicios p¨²blicos similar, nivel que debe decidir y garantizar la Hacienda central. Para ello es necesario conocer cu¨¢l es para la comunidad el coste por prestar dichos servicios, y cu¨¢ntos ingresos obtendr¨ªa haciendo el esfuerzo fiscal requerido. La diferencia es la que tendr¨ªa que cubrir la Hacienda central como gestora de la solidaridad interterritorial.
Los textos de Jos¨¦ V¨ªctor Sevilla son importantes no s¨®lo por su nivel cient¨ªfico, sino porque parecen tener especial incidencia en la opini¨®n del Gobierno central.
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