El profesor acusado de abusar de cuatro ni?as queda libre por falta de pruebas
El tribunal aprecia contradicciones en las declaraciones de las chicas
La Secci¨®n Segunda de la Audiencia de Barcelona ha absuelto "por falta de pruebas determinantes" a Francisco C. S., el profesor de artes marciales acusado de abusos sexuales a cuatro ni?as, de 9 a 13 a?os. El tribunal basa la absoluci¨®n en las contradicciones e incluso manifestaciones "inveros¨ªmiles" de las menores. El caso cobr¨® notoriedad porque el presidente del tribunal, Pedro Mart¨ªn Garc¨ªa, se neg¨® a que las cuatro menores declararan protegidas por una mampara de la vista de su presunto agresor.
Los hechos juzgados por el tribunal se remontan a los a?os 2002 y 2003 y se centraron en una escuela de Cabrils (Barcelona), a la que asist¨ªan tres de las menores, y en otra de Matar¨®, a la que iba la cuarta ni?a. El profesor de artes marciales fue detenido en 2003 y hasta ayer permaneci¨® en prisi¨®n preventiva. Las ni?as de la escuela de Cabrils no conoc¨ªan a la menor de Matar¨® y, pese a ello, coincidieron en algunas de sus acusaciones.
Los fundamentos de derecho de la sentencia, que recurre en varias ocasiones a jurisprudencia del Tribunal Supremo para apoyar sus decisiones, resaltan las notables contradicciones en las que incurrieron las ni?as durante la fase de instrucci¨®n del caso y despu¨¦s en sus declaraciones ante el tribunal. As¨ª, mientras en la primera fase las menores, por ejemplo, declararon que los abusos ten¨ªan lugar a mitad de la clase, en el juicio aseguraron que los tocamientos se produc¨ªan al principio o al final.
Otra circunstancia que seg¨²n los magistrados resta credibilidad a las acusaciones de las menores es que dos de ¨¦stas manifestaron en la fase de instrucci¨®n que el profesor, "en mitad de una clase se baj¨® el pantal¨®n y le hizo que le tocara el pene (!!!) [sic], situaci¨®n cuya inverosimilitud objetiva dispensa a este tribunal de cualquier otro cometario, salvo dejar constancia de que en ninguna otra de sus declaraciones [la menor] hizo referencia a dicho hecho".
Sin testigos
Asimismo, resaltan los magistrados que las versiones de las cuatro menores no fueron corroboradas por testigos. La sentencia a?ade que testigos claves del caso que podr¨ªan haber visto los abusos a las menores, como algunos de los compa?eros de clases de k¨¢rate, afirmaron que nunca vieron nada extra?o en el comportamiento del profesor.
La resoluci¨®n destaca que ninguno de estos testigos fueron convocados ni por el Ministerio Fiscal ni por las acusaciones particulares, sino s¨®lo por la defensa del ahora absuelto.
En el caso de la ni?a de la escuela de Matar¨®, el tribunal precisa que en todas las clases impartidas por el procesado estuvo presente otra profesora, lo que, a juicio del tribunal, "hace dif¨ªcilmente cre¨ªble la versi¨®n de la menor, carente, por otra parte, de ninguna corroboraci¨®n externa".
Ante la falta de pruebas de conviccion, otro dato en el que se apoya el tribunal para dictar la sentencia exculpatoria es el de que ninguno de los presuntos abusos sexuales sufridos por la menores afect¨® a las ni?as "en forma y manera que captaran la atenci¨®n de sus padres y que todas ellas superaron sin problemas el respectivo curso escolar".
La sentencia replica las tesis de las acusaciones particulares y del fiscal. ?stos, sostiene el texto exculpatorio, fundamentaron sus imputaciones contra el profesor de k¨¢rate exclusivamente en las declaraciones de las menores y en las pruebas periciales psicol¨®gicas, "que abundaban en la credibilidad del testimonio" de las presuntas agredidas.
En este punto el tribunal acude en busca de luz en la m¨¢s reciente jurisprudencia. El tribunal sostiene que ha sido preciso "acudir a la posible existencia de datos objetivos externos a las declaraciones del procesado y las menores para buscar la verosimilitud de las explicaciones enfrentadas". As¨ª, el tribunal recuerda una sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de marzo que se?ala que "la declaraci¨®n de una v¨ªctima es prueba suficiente para enervar [sic] la presunci¨®n de inocencia siempre que [¨¦sta] se vea rodeada de corroboraciones externas y objetivas a la misma manifestaci¨®n incriminatoria".
Un nuevo recurso a la jurisprudencia m¨¢s reciente -otra sentencia del Supremo de diciembre de 2004- lleva a los magistrados a explicar las dificultades de valoraci¨®n de un caso en el que la declaraci¨®n de la v¨ªctima es la ¨²nica prueba del delito y aqu¨¦lla, adem¨¢s, aporta la noticia del delito y act¨²a como acusaci¨®n particular. En este caso, sostiene el Tribunal Supremo, "es evidente que no puede descartarse por principio la declaraci¨®n de la v¨ªctima, a¨²n cuando sea la principal o ¨²nica prueba de cargo. Pero tambi¨¦n lo es que la presunci¨®n de inocencia no permite que la sola declaraci¨®n de quien dice ser v¨ªctima de un delito constituya al denunciado en la necesidad de demostrar su inociencia".
Respecto a las pruebas psicol¨®gicas de las menores presentadas por las acusaciones particulares la sentencia se?ala: "Es evidente... que no cabe atribuir a la misma [la prueba psicol¨®gica] virtualidad probatoria determinantes alguna". Y en una nueva cita al Tribunal Supremo, se recuerda una setencia de julio de 2004 que se?ala que una prueba psicol¨®gica podr¨ªa ir en contra de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. As¨ª, la sentencia proclama: "La prueba psicol¨®gica puede explicar la personalidad del testigo, pero no permite constatar si sus contenidos de conciencia coinciden o no con la realidad percibida antes de la pr¨¢ctica de dicha prueba. Consecuentemente, no es en general, id¨®nea para acreditar la verdad de lo declarado sobre hechos pasados".
Satisfacci¨®n por el fallo
In¨¦s Portabella, defensora de Francisco C. S., expres¨® ayer su satisfacci¨®n por la resoluci¨®n. Manifest¨® que, cuando la sentencia sea firme, probablemente pedir¨¢n da?os y perjuicios por los dos a?os que su cliente ha pasado en prisi¨®n. "Ahora no pensamos en ello, queremos disfrutar del momento", afirm¨®.
Lara Padilla, letrada que ejerci¨® la acusaci¨®n particular en nombre de la Asociaci¨®n de Mujeres Agredidas Sexualmente, rehus¨® ayer hacer valoraci¨®n alguna sobre la sentencia.
El juicio de este presunto abuso sexual levant¨® una gran pol¨¦mica desde su inicio porque el tribunal de la Secci¨®n Segunda de la Audiencia de Barcelona, presidido por Pedro Mart¨ªn e integrado por los magistrados F¨¦lix Az¨²a y Jos¨¦ Carlos Iglesias, acord¨® que las v¨ªctimas declararan como testigos en el juicio, que comenz¨® el pasado 17 de mayo, sin una mampara que les impidiera el contacto visual con su presunto agresor. Tres de las chicas declararon sin mampara. La cuarta, tras una crisis nerviosa, testific¨® por videoconferencia.
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