Informaci¨®n y pol¨ªtica ambiental
Hace pocos d¨ªas (18-09-05), este peri¨®dico daba cuenta del n¨²mero de empresas que hab¨ªan sido sancionadas por el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno vasco durante los ¨²ltimos cinco a?os como consecuencia de vertidos a los r¨ªos. La noticia, interesante en s¨ª misma, nos dec¨ªa que por vertidos contaminantes se hab¨ªan promovido, desde 2001 hasta el presente, 156 procedimientos, 80 correspondientes a r¨ªos de competencia del Gobierno vasco; los procedimientos hab¨ªan dado lugar a 54 multas, la mayor¨ªa de ellas tipificada como leve en la ley vasca de Medio Ambiente. La noticia no indicaba qu¨¦ es lo que hab¨ªa ocurrido con el resto de los procedimientos abiertos por vertidos a r¨ªos dependientes del Ejecutivo central, pero esto no tiene importancia para la tesis que quiero mantener en estas l¨ªneas.
Las multas constituyen un instrumento de pol¨ªtica -en este caso, de pol¨ªtica ambiental- y es ah¨ª donde quiero centrar mi comentario. Los an¨¢lisis que se han llevado a cabo acerca de los instrumentos que la autoridad ambiental puede poner en pr¨¢ctica para conseguir sus objetivos -reducir el n¨²mero de vertidos peligrosos, por ejemplo- ilustran que se puede establecer una clasificaci¨®n general en torno a los mismos. Hay instrumentos que son capaces de generar incentivos para que los agentes econ¨®micos se comporten de la forma id¨®nea o, si se quiere, tal y como la autoridad p¨²blica, responsable del Medio Ambiente, considera que deben comportarse, e instrumentos que no incentivan, sino que obligan a las empresas y particulares, a trav¨¦s de sanciones, multas o regulaciones directas, a actuar de forma responsable con el medio ambiente. Los primeros, los denominados instrumentos de mercado re¨²nen propiedades que a los economistas nos convencen, mientras que los segundos, m¨¢s criticados desde el punto de vista de los principios y de su eficacia, resultan ser muy utilizados por los reguladores por la mayor facilidad en su puesta en pr¨¢ctica y en su dise?o o ejecuci¨®n.
El caso de las multas, el ejemplo que estamos contemplando, constituye un instrumento disuasorio que tiene sus peculiaridades y no siempre funciona correctamente. Adem¨¢s, y aunque a menudo sea inevitable su uso, no pertenecen a la categor¨ªa de los instrumentos que los economistas preferimos. En cualquier caso, est¨¢ claro que para que una multa se imponga es preciso que se satisfagan muchas condiciones: detecci¨®n del incumplimiento, identificaci¨®n del culpable, tramitaci¨®n del necesario expediente administrativo y, finalmente, el pago real de la multa. Dado que todos estos procesos no siempre se producen con certeza, sino que existe una cierta probabilidad de que un infractor no sea descubierto, un procedimiento no sea cumplimentado hasta el final o la multa, a la postre, no sea realmente satisfecha, los an¨¢lisis econ¨®micos sugieren que las multas por delitos ambientales, para que sean eficaces, han de ser o extremadamente severas o impuestas en un contexto institucional en el que se sepa, sin lugar a dudas, que el sistema imperante es tan eficaz que el que contamina realmente paga, haci¨¦ndose as¨ª cargo de los da?os originados a la sociedad.
Esto que acabo de describir es ya de conocimiento com¨²n y no tendr¨ªa mucho sentido sacarlo a colaci¨®n de no ser porque la noticia recogida en la prensa ilustra otra posibilidad de actuaci¨®n menos conocida y muy eficaz.
Una pol¨ªtica sencilla, y que se ha demostrado que act¨²a bien en otras latitudes, consiste en hacer p¨²blicas las identidades de los que cometen delitos ambientales. Aunque parezca incre¨ªble, el mero hecho de que los agentes que tienen la tentaci¨®n o la posibilidad de actuar en contra de la preservaci¨®n de los activos ambientales sepan que sus actividades van a ser conocidas por el p¨²blico les hace actuar de forma mucho m¨¢s responsable. Nadie quiere aparecer ante la sociedad como un agente, empresa o consumidor que perjudica el medio ambiente. Nadie quiere aparecer como contaminador. Todos deseamos conservar nuestra intacta nuestra reputaci¨®n de que actuamos de forma responsable con la naturaleza.
Publicar, como se ha hecho en esta ocasi¨®n, la identidad de los que han cometido delitos ambientales, informar acerca de la gravedad de los actos cometidos, de los da?os originados por sus infracciones y de las multas que se les ha impuesto es una forma complementaria, f¨¢cil y barata de actuar a favor del medio ambiente. No s¨¦ si el periodista que firmaba la noticia o el medio que la public¨® era consciente del servicio que prestaba a la sociedad, pero est¨¢ claro que no s¨®lo estaba informando de lo que hab¨ªa ocurrido, sino que, al mismo tiempo, estaba influyendo para que la probabilidad de que las empresas citadas volvieran a emitir residuos en los r¨ªos colindantes disminuyera.
La informaci¨®n es un arma eficaz en muchas situaciones. Hace mucho que Amartya Sen, premio Nobel de Econom¨ªa, argument¨® de forma contundente que las hambrunas disminu¨ªan cuando en los pa¨ªses en que estos tremendos episodios se produc¨ªan se instauraba la democracia y la prensa libre. Lo que ahora quiero recalcar es que utilizar la transmisi¨®n de informaci¨®n acerca de qui¨¦nes son los contaminadores, la entidad de las emisiones y la cuant¨ªa y el da?o que las mismas ocasionan es una forma eficaz de actuaci¨®n y, por lo tanto, un instrumento de pol¨ªtica ambiental que podr¨ªa ser ampliamente utilizado. A¨²n m¨¢s, incluso cuando no hubiera una infracci¨®n ni, por lo tanto, multa a exigir a los contaminadores, el argumento sigue siendo v¨¢lido. La transmisi¨®n de informaci¨®n desde el regulador hasta la sociedad acerca de qui¨¦nes, cu¨¢nto y d¨®nde contaminan es ya una forma de hacer pol¨ªtica ambiental. El mero hecho de saber que otros tambi¨¦n lo van a conocer constituye un acicate para contaminar menos.
M? Carmen Gallastegui Zulaica es catedr¨¢tica de An¨¢lisis Econ¨®mico de la UPV y Premio Nacional de Econom¨ªa y Medio Ambiente.
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