Menores delincuentes
La vigente Ley Penal del Menor, impulsada especialmente por el Gobierno del PP durante su primera legislatura y muy positivamente valorada por los entendidos en la materia, revel¨® de inmediato algunas carencias. Su escala de sanciones se qued¨® corta en los delitos m¨¢s graves; no fue suficientemente sensible al agravio que puede suponer para la v¨ªctima o sus familiares la proximidad del agresor en su entorno social y no previ¨® la deriva actual de la delincuencia juvenil hacia el pandillismo.
Tambi¨¦n naci¨® con mal pie. Su entrada en vigor, hace cinco a?os, al poco de cometerse uno de los cr¨ªmenes m¨¢s abominables protagonizados por menores -la muerte a cuchilladas de la estudiante Klara G. C., a manos de dos compa?eras de instituto, en San Fernando, C¨¢diz-, la puso en el punto de mira de un amplio sector social que comenz¨® a clamar por su reforma. Otros sucesos posteriores no menos espantosos, en especial el asesinato y violaci¨®n de la joven Sandra Palo por un grupo de j¨®venes en Madrid, reforzaron ese clamor, al que no han sido ajenas algunas decisiones judiciales de dif¨ªcil compresi¨®n, como la primera sentencia dictada en el caso Jokin.
La reforma de la Ley Penal del Menor remitida recientemente por el Gobierno al Congreso busca remediar esas carencias en lo que no pugne con las exigencias de un derecho penal juvenil diferenciado del de los adultos. Agrava las penas de internamiento y las medidas de seguridad para los delitos graves; introduce la posibilidad de una orden judicial de alejamiento que proteja a la v¨ªctima de la cercan¨ªa de su agresor, extendi¨¦ndola a los supuestos de acoso escolar; contempla por primera vez una respuesta penal espec¨ªfica a la delincuencia juvenil organizada, y deja al arbitrio del juez la dif¨ªcil decisi¨®n de trasladar al menor delincuente que ha alcanzado la mayor¨ªa de edad -18 a?os- a un centro penitenciario ordinario. En todo caso, la reforma no olvida el objetivo ¨²ltimo de recuperar para la sociedad a delincuentes que, por m¨¢s terrible que a veces sea su comportamiento, son personas en desarrollo, todav¨ªa inmaduras.
Es posible que los cambios no satisfagan del todo a las v¨ªctimas. Pero en una sociedad civilizada, el derecho penal, y en especial el juvenil, no puede basarse en la venganza social, sino en la justicia. No ser¨ªa buen espejo, por ejemplo, el estadounidense, que trata penalmente a sus menores delincuentes como adultos, manteniendo a m¨¢s de 2.000 de ellos condenados a cadena perpetua sin opci¨®n a redimirse.
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