El suelo en el que parcel¨® el edil del PP de Nerja multado no era protegido
La Junta insiste en la ilegalidad de la acci¨®n, aunque menos grave
Los t¨¦cnicos de la delegaci¨®n provincial de la Consejer¨ªa de Obras P¨²blicas en M¨¢laga han reconocido que el suelo sobre el que un concejal del PP de Nerja realiz¨® parcelaciones ilegales por lo que fue multado con 873.520 euros, no era protegido, sino no urbanizable com¨²n, como se sosten¨ªa en el expediente. Con todo, la Junta mantiene que la acci¨®n fue ilegal, aunque el Ayuntamiento de Nerja exige disculpas.
Para el alcalde de Nerja, Jos¨¦ Alberto Armijo, la diferencia de la catalogaci¨®n del suelo no es un asunto balad¨ª, ya que entiende que los t¨¦cnicos de la Junta "nos dan ahora la raz¨®n, porque le expediente estaba basado en que las supuestas parcelaciones urban¨ªsticas se hicieron en suelo no urbanizable protegido, y no es as¨ª, era com¨²n".
Armijo, que reclama a la Junta que pida disculpas al concejal de Medio Ambiente Jos¨¦ Miguel Jimena, copropietario de la sociedad Pago de R¨ªo Seco multada por la Junta con 873.520 euros por las parcelaciones en el paraje, insiste que no hubo nada ilegal, y que tanto los t¨¦cnicos del Ayuntamiento como los de la Junta admitieron en su d¨ªa que las segregaciones se pod¨ªan realizar porque no hab¨ªa riesgo de formaci¨®n de un n¨²cleo de poblaci¨®n.
Para la Junta, el matiz de si el suelo estaba protegido o no ¨²nicamente cambia la cuant¨ªa de la multa, ya que para el suelo con protecci¨®n, la ley establece una sanci¨®n del 30% del valor de los terrenos, mientras que si las parcelaciones se realizan en suelo no urbanizable com¨²n, la multa que corresponde es entre el 15% y el 20% de la tasaci¨®n del terreno.
La Junta conmin¨® al Ayuntamiento de Nerja a sancionar las parcelaciones ilegales, y como ¨¦ste no lo hizo, se subrog¨® en las competencias municipales para tomar las correspondientes medidas disciplinarias. El Ayuntamiento tiene recurrida en la v¨ªa de lo contencioso-administrativo esta subrogaci¨®n de competencias. El alcalde insiste en que todos los informes t¨¦cnicos fueron favorables a las parcelaciones, por lo que no cab¨ªa ninguna medida disciplinaria.
El Ayuntamiento sostiene que la propia Junta autoriz¨® la construcci¨®n de tres viviendas en el paraje. La Junta alega que los permisos se pidieron de forma individual, y que de esta forma nunca se advirti¨® riesgo de formaci¨®n de un n¨²cleo de poblaci¨®n. La Junta invoca una sentencia del Tribunal Supremo en la que se sostiene que si bien la pura divisi¨®n de una finca "puede ser un acto sin ninguna significaci¨®n urban¨ªstica", si que si despu¨¦s se hacen v¨ªas de acceso o se dotan a las parcelas de agua y luz "entonces no cabe ninguna duda de que lo que era una divisi¨®n r¨²stica tiene una indudable vocaci¨®n urban¨ªstica porque posibilita la formaci¨®n de un n¨²cleo de poblaci¨®n".
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