Cada comunidad podr¨¢ crear su propio modelo de profesorado universitario
La nueva ley crear¨¢ un Consejo de Estudiantes como ¨®rgano de consulta del Ejecutivo
Las comunidades aut¨®nomas podr¨¢n decidir qu¨¦ profesores no funcionarios contratan, c¨®mo y por cu¨¢nto tiempo. La propuesta de reforma de la Ley Org¨¢nica de Universidades (LOU), que el Ministerio de Educaci¨®n ha anunciado que presentar¨¢ hoy, deja mayor libertad a ¨¦stas para crear las figuras de profesorado no funcionario que quieran adaptadas a las necesidades de sus universidades. Tambi¨¦n establece la creaci¨®n de un Consejo de Estudiantes Universitarios de Espa?a, como ¨®rgano oficial de representaci¨®n y consulta. La reforma incluye medidas ya anunciadas como establecer una ¨²nica prueba de acceso a la Universidad y dar libertad a los centros para decidir c¨®mo eligen a su rector.
La finalidad de fondo de esta reforma es otorgar una mayor autonom¨ªa a las universidades y comunidades aut¨®nomas, no s¨®lo en cuestiones relacionadas con la elecci¨®n de su profesorado, sino tambi¨¦n a la hora de elegir al rector y de configurar sus consejos de gobierno y consejos sociales. Las universidades y diversas comunidades denunciaron que la LOU atacaba su autonom¨ªa. Esta reforma no derogar¨¢ esa ley pero s¨ª se introducir¨¢ modificaciones sustanciales en ella.
El texto es una exposici¨®n detallada de los cambios que se pretenden introducir en la LOU, que fue impulsada por el Gobierno del PP y aprobada en diciembre de 2001 con el apoyo de CiU y Coalici¨®n Canaria. El objetivo del Gobierno es abrir a partir de hoy un periodo de debate con la comunidad universitaria y las organizaciones sociales sobre estos cambios.
La presentaci¨®n de este borrador llega con retraso. El ministerio anunci¨® hace 10 meses las l¨ªneas generales y hab¨ªa previsto elaborar el borrador para la pasada primavera. Los rectores han manifestado en diversas ocasiones su malestar por la tardanza. Se trata de un cambio solicitado por ellas. De hecho, m¨¢s de 25 rectores se manifestaron en la calle en 2001 contra la LOU junto a 350.000 profesores y alumnos, en uno de los conflictos educativos m¨¢s sonados del Gobierno de Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar. ?stos son los cambios esenciales que prev¨¦ proponer el Gobierno:
- Acceso a la Universidad. Se realizar¨¢ una ¨²nica prueba en cuyo dise?o participar¨¢n las universidades. Esto aparecer¨¢ adem¨¢s regulado por la Ley Org¨¢nica de Educaci¨®n (LOE), que se debate actualmente en el Parlamento. El art¨ªculo de la LOU que se modificar¨¢ es el 42.3, eliminando la parte en la que se establece que los centros realizar¨¢n una segunda prueba de acceso a los alumnos que hayan superado la selectividad. La LOU dice ahora: Las universidades "establecer¨¢n procedimientos para la admisi¨®n de los estudiantes que soliciten ingresar en centros de las mismas".
La actual selectividad se actualizar¨¢ mediante un real decreto, una vez aprobada la nueva ley. Una comisi¨®n mixta de expertos (de Universidad y secundaria) est¨¢ elaborando una propuesta para la nueva prueba.
- Acceso a la docencia.
- Profesores funcionarios. Al menos el 51% de los docentes deben ser funcionarios (profesores titulares o catedr¨¢ticos). Esto no cambia respecto a la LOU. Para concursar a una de estas plazas ya no habr¨¢ que realizar un examen nacional de habilitaci¨®n. Bastar¨¢ con obtener una acreditaci¨®n por m¨¦ritos. La otorgar¨¢n, sin l¨ªmite de plazas, comisiones formadas por catedr¨¢ticos o titulares de cada ¨¢rea de conocimiento.
Adem¨¢s, desaparecer¨¢n las figuras de profesor titular y catedr¨¢tico de escuela universitaria, para simplificar todo el sistema (que llevan d¨¦cadas existiendo) y para configurar un sistema que se asemeje m¨¢s al que existe en la mayor¨ªa de la UE. La reforma tambi¨¦n incluye la incompatibilidad para la docencia en universidades p¨²blicas y privadas.
- Profesores no funcionarios. Las comunidades aut¨®nomas podr¨¢n establecer las figuras de contrataci¨®n del 49% como m¨¢ximo de los profesores no funcionarios que pueden tener sus universidades, de acuerdo con ¨¦stas. Esto permitir¨¢, por ejemplo, facilitar la incorporaci¨®n de profesores procedentes del extranjero, evitando la fuga de cerebros, o establecer carreras investigadores o docentes adecuadas a cada disciplina.
- Elecci¨®n del rector. Se dejar¨¢ libertad a las universidades para decidan en sus estatutos el sistema de elecci¨®n, que puede ser por sufragio universal (que introdujo la LOU) o por el claustro.
- Universidades privadas. Estos centros deber¨¢n tener un porcentaje m¨ªnimo de un 50% de profesores que cuenten con la acreditaci¨®n oficial.
- Agencia de evaluaci¨®n. La Agencia Nacional de Evaluaci¨®n de la Calidad y Acreditaci¨®n (ANECA) -que se encarga de evaluar a universidades y profesores- pasar¨¢ a ser una agencia p¨²blica. La cre¨® la LOU como una fundaci¨®n privada financiada con fondos p¨²blicos.
- Consejo de Coordinaci¨®n. En ¨¦ste ¨®rgano, el m¨¢ximo de consultivo en materia de educaci¨®n superior, se propone que est¨¦n representados s¨®lo el ministerio, las comunidades y los rectores. Para hacerlo m¨¢s ¨¢gil, dejar¨ªan de estar en ¨¦l representantes elegidos por el Senado, Congreso y Gobierno (21 en total).
- Consejo de Estudiantes. Se crear¨¢ para ordenar la representaci¨®n estudiantil y para que sea el ¨®rgano interlocutor con el Gobierno.
- ?rganos de gobierno. Dejar¨¢ de haber en el Consejo de Gobierno de las universidades tres representantes elegidos por los gobiernos auton¨®micos.
- Representaci¨®n de la sociedad. El presidente del Consejo Social dejar¨¢ de estar elegido, como dice la LOU, por el Gobierno auton¨®mico. Lo escoger¨¢ el Parlamento auton¨®mico.
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