El sueldo de los militares sube un 7,2% de media el 1 de noviembre
El Gobierno tiene previsto aprobar hoy las nuevas retribuciones
Las retribuciones de los militares aumentar¨¢n un 7,2% de media en aplicaci¨®n del nuevo reglamento de retribuciones que hoy tiene previsto aprobar el Consejo de Ministros y que tendr¨¢ efectos retroactivos a partir del pasado d¨ªa 1. La subida afectar¨¢ a todos los miembros de las Fuerzas Armadas, pero el mayor incremento, superior al 10%, corresponder¨¢ a los empleos de brigada, sargento primero y sargento.
El nuevo decreto de retribuciones responde al acuerdo aprobado el pasado 2 de septiembre por el Gobierno para incrementar en 450 millones de euros a lo largo de los pr¨®ximos tres a?os la masa salarial del personal militar. De la partida incluida en los presupuestos de 2006, por valor de 200 millones, se beneficiar¨¢n los 177.462 efectivos de las Fuerzas Armadas, incluidos los 20.000 en reserva.
Ello se debe a que el aumento se aplicar¨¢ sobre dos complementos que cobran todos los militares: el de empleo, equivalente al de destino de los funcionarios civiles, y el componente general del espec¨ªfico.
La subida no ser¨¢, sin embargo, lineal. Los generales tendr¨¢n un aumento medio del 2,7%, y los suboficiales, del 9,4%, pues priman los escalones inferiores de la cadena de mando, tradicionalmente mal pagados. Soldados, cabos, cabos primero, sargentos y sargentos primero subir¨¢n un punto su complemento de empleo.
Este incremento es independiente del 2,7% que, el pr¨®ximo 1 de enero, subir¨¢ el sueldo de los militares, como el de todos los dem¨¢s funcionarios.
La mejora salarial se completar¨¢ en los ejercicios de 2007 y 2008, en los que est¨¢ previsto dotarla con 200 y 50 millones respectivamente. Su aplicaci¨®n ser¨¢ m¨¢s compleja, pues no afectar¨¢ como la actual a todos los miembros de las Fuerzas Armadas, sino que primar¨¢ la especial responsabilidad, preparaci¨®n t¨¦cnica, disponibilidad, peligrosidad o penosidad de determinados destinos, al margen del empleo de quien lo ocupe.
Una de las novedades del decreto de retribuciones es la reforma del componente singular del complemento espec¨ªfico, que deja de estar ligado al empleo para vincularse al puesto de trabajo. Los cuatro tipos que actualmente hay de componente singular se ampl¨ªan hasta 35, que ir¨¢n de un m¨ªnimo de 25 a un m¨¢ximo de 1.395 euros mensuales. La plantilla de destinos militares, que ser¨¢ aprobada por el Consejo de Ministros, asignar¨¢ un nivel a cada puesto.
Los militares destinados en el extranjero recibir¨¢n un complemento espec¨ªfico, sin componentes, que ir¨¢ desde 1.747,32 euros mensuales para teniente general o almirante hasta 98,60 para soldado o marinero.
Los militares destinados en el ¨®rgano central del Ministerio de Defensa recibir¨¢n el complemento asignado a su empleo cuando su puesto de trabajo tenga un nivel inferior.
Tal como ocurre ahora, los militares que participen en operaciones de apoyo a la paz o ayuda humanitaria en el extranjero recibir¨¢n una indemnizaci¨®n que fijar¨¢ el Ministerio de Defensa seg¨²n el tipo de misi¨®n y el pa¨ªs donde se desarrolle.
El decreto prev¨¦ el pago de una indemnizaci¨®n para el personal que participe en navegaciones, maniobras o ejercicios -y no s¨®lo en navegaciones en el extranjero-, cuya cuant¨ªa fijar¨¢ el ministro de Defensa a propuesta de la Comisi¨®n Superior de Retribuciones Militares.
Este organismo, presidido por el subsecretario de Defensa, podr¨¢ modificar las retribuciones ligadas a los puestos militares, previo informe favorable del Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda cuando suponga incremento de gasto.
El nuevo reglamento no s¨®lo deroga el aprobado en junio de 2001, sino tambi¨¦n un decreto del Ministerio de la Guerra de 7 de diciembre de 1892 y una orden del Ministerio de Marina de enero de 1885, que han estado vigentes m¨¢s de un siglo.
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