Un r¨¦gimen especial
Los trabajadores del carb¨®n, de acuerdo con el Estatuto del Minero y el R¨¦gimen especial de la Miner¨ªa, gozan de una bonificaci¨®n proporcional a su antig¨¹edad en el interior de la mina que recorta los a?os necesarios de cotizaci¨®n para tener derecho a una pensi¨®n de jubilaci¨®n.
Esa bonificaci¨®n no es uniforme, sino variable seg¨²n la penosidad, riesgo e insalubridad de la categor¨ªa de trabajo que desempe?en y de la funci¨®n espec¨ªfica que realicen en los tajos.
Como consecuencia de esos coeficientes, el minero alcanza la edad oficial de jubilaci¨®n (65 a?os) y la de prejubilaci¨®n (52) mucho antes que un trabajador normal, en torno a los 40 a?os, en atenci¨®n a las enfermedades profesionales del trabajo bajo tierra.
Cuando en la segunda mitad de los a?os ochenta comenzaron a aplicarse prejubilaciones masivas en la miner¨ªa del carb¨®n para reducir sin despidos un sector en crisis, los mineros no pod¨ªan prejubilarse antes de los 47 a?os de edad f¨ªsica aun cuando hubiesen alcanzado los 52 a efectos de cotizaci¨®n. Para que pudieran abandonar la mina a los 45, se les regulaba de empleo durante dos a?os, en los que pasaban a cobrar el seguro de desempleo.
En 1996, el PP suprimi¨® cualquier l¨ªmite de edad real y todo trabajador que haya alcanzado los 52 a?os de edad oficial por sus coeficientes reductores se puede prejubilar en la actualidad aun sin haber alcanzado los 45 a?os de edad f¨ªsica.
Ahora, el Ministerio de Industria planteaba restablecer, a partir de 2008, el l¨ªmite m¨ªnimo de los 45 a?os de edad real. Con ello, el Gobierno pretend¨ªa aminorar a partir de esa fecha las plantillas y ralentizar la salida de los trabajadores m¨¢s avezados, una vez que el sector ya ha disminuido de forma muy acusada su tama?o en las dos ¨²ltimas d¨¦cadas.
Pero tambi¨¦n se pretend¨ªa con ello no gravar a¨²n m¨¢s el alt¨ªsimo coste que la miner¨ªa carbonera supone para las arcas p¨²blicas: cada prejubilado cuesta al Estado entre 500.000 y 600.000 euros, seg¨²n el Ministerio de Industria.
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