Dos abogados y un carpintero
Dec¨ªa G¨®mez de la Serna que lo que pone m¨¢s nerviosa a la ballena es que la llamen cet¨¢ceo. Hoy tengo complejo de ballena. Lo que me pone m¨¢s nervioso es el respeto y la atenci¨®n barnizada de un bur¨®crata.
A la edad de 15 a?os comenc¨¦ a trabajar como carpintero met¨¢lico. No hay m¨¢s. No fui de esos chicos sacrificados que a la vez de trabajar culminan un buen expediente acad¨¦mico. A d¨ªa de hoy, 33 a?os, orgulloso me hallo de mi oficio y de los libros que pude leer por mi cuenta y riesgo. Fin de mi nota autobiogr¨¢fica. Ir¨¦ al grano (y se?alar¨¦ a los graneros).
Motivos laborales (ampliaci¨®n de una hipoteca de nave industrial paralizada por el banco por motivos ajenos a mi persona, compro una finca industrial y a los siete a?os se me informa de que tiene el peso de un embargo preventivo inscrito en el a?o 83, yo compro en el 98) me llevan a contactar con un abogado (Francisco Saavedra) para solucionar el tema lo antes posible. Estamos hablando del mes de enero del presente. Este se?or me informa de que debido al a?o en el que se inscribe el citado embargo, la cosa es ardua y compleja, pero que ¨¦l sabr¨¢ solucionarlo.
Pasados varios meses sin obtener noticias satisfactorias de este abogado, contacto con un nuevo despacho (Matilde-Zapico) para que agilicen el tema, haci¨¦ndoles constar mi problema con el anterior letrado. Este despacho analiza el caso y se pone en marcha. Estar¨ªamos hablando de julio o julio del presente. Dos despachos trabajando en el mismo caso. Ninguno acierta a tocar la tecla correcta.
El carpintero (o sea, yo) se impacienta y despu¨¦s de informarse por cuenta propia donde se inscribi¨® el embargo dichoso (Juzgados de Algeciras), viaja a esta localidad, por cuenta propia, visita las dependencias judiciales del juzgado citado y pregunta por la secci¨®n Notificaciones y Embargos. Una vez en estas dependencias me informan de que debo poner por escrito mi solicitud. All¨ª mismo, con un bol¨ªgrafo prestado (gracias, prima), redacto dos folios. Estamos hablando del mes de septiembre del presente. A fecha de hoy tengo en mi poder la resoluci¨®n firmada por la magistrado jueza y el secretario judicial por la cual se anula la prescripci¨®n de embargo preventivo. Fin de la historia. Juzguen ustedes.
A los despachos en cuesti¨®n, gracias, gracias por hacerme m¨¢s fuerte. Y un consejo: es vocaci¨®n, que no ambici¨®n. Gracias.
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