Asunci¨®n de deuda
Constituye un supuesto frecuente en la constituci¨®n de sociedades mercantiles que la aportaci¨®n de algunos de los socios no sea dineraria, materializ¨¢ndose en inmuebles gravados con una hipoteca en garant¨ªa de un pr¨¦stamo, normalmente solicitado para financiar su adquisici¨®n. Dicha aportaci¨®n, adem¨¢s de suscitar la cuesti¨®n sobre la aplicaci¨®n del r¨¦gimen especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores respecto de la posible plusval¨ªa que pudiera apreciarse en la transmisi¨®n del inmueble, tambi¨¦n plantea la relativa a la tributaci¨®n de dicha operaci¨®n en el ¨¢mbito de la imposici¨®n indirecta.
En este sentido, como la Direcci¨®n General de Tributos ha puesto de relieve, cabe diferenciar dos distintas operaciones en relaci¨®n con dicha aportaci¨®n no dineraria. En cuanto a la parte del valor del inmueble que representa la contrapartida por las participaciones sociales recibidas a cambio, se tratar¨ªa de una ampliaci¨®n de capital por la que deber¨¢ tributar la sociedad por Operaciones Societarias del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur¨ªdicos Documentados, aplicando el tipo del 1% sobre el importe nominal del capital ampliado.
La sociedad deber¨¢ tributar por Operaciones Societarias y aplicar el 1% sobre el importe nominal del capital ampliado
Pero respecto de la parte de ese valor que constituye la contrapartida por asumir la sociedad la deuda que supone el pr¨¦stamo pendiente, estar¨ªamos ante un supuesto calificado como una transmisi¨®n patrimonial, por lo que la sociedad, en cuanto que es la adquirente, deber¨¢ tributar por dicho concepto, aplicando el tipo espec¨ªfico fijado por la correspondiente comunidad aut¨®noma o, en su defecto, el 6% sobre el valor real que corresponda atribuirle a dicha parte del inmueble.
No obstante, esto ¨²ltimo no tendr¨ªa lugar en el poco frecuente caso en el que la entrega del inmueble hubiera tenido que tributar por el IVA, al haber formado parte del patrimonio empresarial o profesional del socio que aporta y no resultar exento del mismo, por ser incompatible con el concepto de Transmisiones Patrimoniales, al que excluye dada su preferencia. Incompatibilidad que no se produce en relaci¨®n con el concepto de Operaciones Societarias.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.