El Constitucional no admite que los jueces cuestionen las bodas gays
La decisi¨®n se adopt¨® por ocho votos frente a cuatro conservadores
El Tribunal Constitucional rechaz¨® ayer la admisi¨®n a tr¨¢mite de las cuestiones de inconstitucionalidad contra el matrimonio homosexual elevadas por algunos jueces encargados de registro civil que bloquearon los expedientes de parejas que intentaban celebrar su boda. El Pleno del Constitucional se neg¨®, por mayor¨ªa de dos tercios, a examinar esas cuestiones, al entender que los jueces de un registro civil no tienen potestad para cuestionar las bogas gays. Cuatro magistrados del sector conservador emitieron votos disidentes.
La inadmisi¨®n a tr¨¢mite de las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas el pasado verano por un pu?ado de jueces de registro civil en Denia (Alicante), Burgos, Telde (Gran Canaria) o Pinto (Madrid), da la raz¨®n al Ministerio de Justicia y a la Fiscal¨ªa del Estado, que se hab¨ªan pronunciado ampliamente en contra de esa posibilidad.
Por contra, el Constitucional deja en entredicho al presidente del Consejo del Poder Judicial y del Tribunal Supremo, Francisco Hernando, quien el pasado verano respald¨® a esos jueces e incluso sostuvo que si ten¨ªan dudas sobre la constitucionalidad de la ley, estaban "obligados o en su derecho" de ejercitar esa v¨ªa.
La postura mayoritaria del Tribunal se ha inclinado por la l¨ªnea del Ministerio y la Fiscal¨ªa en el sentido de de que las cuestiones de inconstitucionalidad deben plantearse en el curso de un proceso, contra una norma de cuya validez dependa el fallo. En cambio, los jueces del Registro Civil tienen una funci¨®n administrativa, y en el ejercicio de esas funciones no act¨²an dentro de un proceso. Adem¨¢s, hasta que surgi¨® el matrimonio homosexual, los jueces de un registro civil nunca hab¨ªan elevado ninguna cuesti¨®n ante el Constitucional.
La primera en cuestionar la ley fue la juez de Denia (Alicante) Laura Alabau, de la conservadora Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura, quien paraliz¨® la boda de dos lesbianas por entender que la reforma del art¨ªculo 44 del C¨®digo Civil que hizo posible el matrimonio homosexual vulneraba el art¨ªculo 32 de la Constituci¨®n.
La norma cuestionada dice literalmente que "el matrimonio tendr¨¢ los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de distinto sexo". Seg¨²n la juez de Denia, dicho precepto contradice la norma constitucional que establece que "el hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jur¨ªdica".
El fiscal general del Estado, C¨¢ndido Conde-Pumpido, inform¨® al Tribunal Constitucional que las cuestiones de inconstitucionalidad no tienen como finalidad "resolver los problemas personales de los jueces" y reiter¨® que los expedientes del Registro Civil no son "un proceso" y por tanto, los encargados del registro civil "no est¨¢n ejerciendo jurisdicci¨®n, ni contenciosa ni voluntaria".
La decisi¨®n del Constitucionalidad, adoptada por ocho votos a favor y cuatro en contra, desbloquear¨¢ las bodas que quedaron paralizadas, aunque en alg¨²n caso las parejas pudieron burlar el bloqueo judicial empadron¨¢ndose en otra circunscripci¨®n y tramitando el expediente en un registro civil diferente. No obstante, fuentes judiciales dijeron en su momento que la suspensi¨®n sine die de estas bodas ha podido acarrear perjuicios morales y econ¨®micos que podr¨ªan dar lugar a responsabilidades.
Los cuatro magistrados del Tribunal Constitucional que han disentido de la mayor¨ªa y han formulado votos particulares son Jorge Rodr¨ªguez-Zapata, Javier Delgado Barrio, Roberto Garc¨ªa-Calvo y Ram¨®n Rodr¨ªguez Arribas, todos ellos del sector conservador del Tribunal.
La decisi¨®n alcanzada ayer no afecta al recurso de inconstitucionalidad del Partido Popular presentado por m¨¢s de 50 diputados del Grupo Popular del Congreso contra la totalidad de la ley y elaborado por el diputado Ignacio Astarloa.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Recurso inconstitucionalidad
- Magistratura
- Tribunal Constitucional
- Matrimonio igualitario
- Matrimonio
- Recursos judiciales
- Homosexualidad
- Familia
- Tribunales
- Poder judicial
- Juicios
- Proceso judicial
- Legislaci¨®n
- Justicia
- Activismo Lgtbiq
- Comunidad Lgtbiq
- Derechos civiles
- Activismo
- Grupos sociales
- Derechos humanos
- Relaciones pareja
- Orientaci¨®n sexual
- Sexualidad
- Sociedad