La gen¨¦tica de la nueva LUV
No hace mucho, a prop¨®sito de la LRAU, alguien me dijo que era una ley que hab¨ªa tenido una feliz infancia, una r¨¢pida juventud y un envejecimiento prematuro. Pocas met¨¢foras se ajustar¨ªan con mayor realismo a lo que ha supuesto una ley que ha marcado con su devenir el urbanismo de esta Comunidad en la ¨²ltima d¨¦cada. Ahora, cuando asistimos a sus honras f¨²nebres, la nueva Ley Urban¨ªstica Valenciana (LUV) nos garantiza un futuro que nace con unas esperanzas de vida muy superiores a las de la finada LRAU.
La LUV no solo nace sobre el conocimiento de diez a?os de experiencia, sino que ataja de ra¨ªz las enfermedades que le han conducido a la muerte por inanici¨®n. El primer gen que se ha modificado en la LUV ha sido la incorporaci¨®n de una regulaci¨®n exhaustiva de los derechos y deberes de los propietarios de cada tipo de suelo, es decir, se establece, por primera vez, un Estatuto del Propietario que permitir¨¢ a ¨¦ste actuar con total seguridad y con un tratamiento espec¨ªfico, ampliamente regulado para las propiedades de suelo consolidado. Es decir, un propietario con una propiedad legalmente consolidada ser¨¢ respetado y s¨®lo deber¨¢ hacer frente a las mejoras que se produzcan en la misma.
Otro de los genes objeto de modificaci¨®n es la concreci¨®n de los sistemas de adjudicaci¨®n de un programa de actuaci¨®n, mediante la obligatoriedad de establecer unos criterios b¨¢sicos de acceso com¨²n para todo el mundo.
Una de las causas fundamentales del envejecimiento prematuro de la LRAU era la falta de instrumentos de que dispon¨ªa para fomentar la vivienda social, lo que hab¨ªa obligado a incorporar ya en la Ley de Acompa?amiento de 2004, la obligatoriedad de la reserva de suelo para vivienda protegida en los diferentes documentos de planeamiento y la regulaci¨®n de los patrimonios p¨²blicos de suelo para que pudieran ser dedicados a dicha promoci¨®n.
Como ocurre con cualquier norma cargada de buenas intenciones, ¨¦stas pueden desaparecer al menor resfriado, si no se aplican las vacunas necesarias, La principal vacuna para evitar tales males en la nueva LUV ha sido la inclusi¨®n de un r¨¦gimen espec¨ªfico de infracciones y sanciones que va m¨¢s all¨¢ del que obligatoriamente se aplica, de acuerdo con la normativa estatal.
En cuarto lugar, la existencia de espacios urbanos tradicionales degradados o abandonados que generan un impacto paisaj¨ªstico negativo, requer¨ªa reforzar la agilizaci¨®n y flexibilizaci¨®n de los mecanismos de desarrollo (programas de actuaci¨®n aislada de edificaci¨®n y rehabilitaci¨®n). Con ello se puede conseguir no solo amortiguar sus efectos perniciosos, sino ponerlos en valor para compactar espacios y establecer un hilo comunicativo entre manzanas o barrios enteros. Dir¨ªamos que este gen se ha corregido con el fin de evitar el efecto perverso que pueda ejercer sobre ¨¦l la peor de las enfermedades, como es la especulaci¨®n.
Alguien recordar¨¢ la LRAU y sus bondades iniciales, alguien tratar¨¢ a¨²n hoy de buscar en aquella infancia la seducci¨®n que fue capaz de introducir la ley socialista en un momento en que las necesidades eran muy diferentes a las actuales, y cuando mire atr¨¢s percibir¨¢ sus diferencias, su imposibilidad de ordenar adecuadamente el urbanismo. Y lo har¨¢ desde una perspectiva actual, renovada, desde unas demandas que en 1994 o no exist¨ªan o no se tuvieron en cuenta. Considero que aplicar la cirug¨ªa est¨¦tica como algunos han recomendado nos hubiese conducido a una enfermedad cr¨®nica. Podemos discutir si se hubieran tenido que oficiar antes estas honras f¨²nebres, pero lo cierto es que hab¨ªa que estar preparados para el parto. No s¨¦ si ha sido una suerte, una casualidad o una planificaci¨®n, pero lo realmente cierto es que esta Comunidad necesitaba una renovaci¨®n legislativa profunda en materia territorial, urban¨ªstica y medioambiental.
Bienvenida sea, pues, a la legislaci¨®n valenciana esta nueva norma que cierra el c¨ªrculo territorial tras la aprobaci¨®n de la Ley de Ordenaci¨®n del Territorio y Protecci¨®n del Paisaje, la Ley de Suelo no Urbanizable y la Ley de la Vivienda de la Comunidad Valenciana. Mi deseo en este momento hubiera sido felicitar a todos los partidos por su corresponsabilidad en el desarrollo futuro de esta Comunidad. Espero que pueda hacerlo en el posterior desarrollo reglamentario, pues el urbanismo, como los ayuntamientos, es cosa de todos.
Luis M. Sendra Mengual es arquitecto urbanista y vicepresidente Colegio Territorial de Arquitectos de Valencia.
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