Otegi no ir¨¢ a prisi¨®n al ordenar el Supremo que se repita el juicio que le conden¨® a 15 meses
La sala acepta el recurso del fiscal, que hab¨ªa apreciado parcialidad en dos magistrados
La Sala Penal del Tribunal Supremo orden¨® ayer repetir el juicio en el que el l¨ªder de Batasuna, Arnaldo Otegi, fue condenado a 15 meses de c¨¢rcel por un delito de enaltecimiento del terrorismo en el entierro de la etarra Olaia Castresana, el 30 de julio de 2001. El Supremo entiende que dos de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco que le condenaron actuaron con falta de imparcialidad. La anulaci¨®n de la sentencia vasca impide la acumulaci¨®n de condenas que hubiera llevado a Otegi a prisi¨®n, tras haber sido condenado a un a?o de c¨¢rcel por injurias al Rey en noviembre de 2005. El Supremo decidi¨® tambi¨¦n rechazar de plano la querella de Batasuna contra el juez Fernando Grande-Marlaska.
La Sala Penal rechaza de plano la querella de Batasuna contra el juez Grande-Marlaska
Dos de los magistrados anticiparon conclusiones que debieron dejar para el juicio
El Tribunal Supremo anticip¨® ayer el fallo de la sentencia en la que ordena la repetici¨®n del juicio contra Arnaldo Otegi por un delito de enaltecimiento del terrorismo. El nuevo juicio se celebrar¨¢ ante una Sala del Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco distinta de la que le conden¨®. El alto tribunal estim¨®, por unanimidad de sus cinco magistrados, de acuerdo con el recurso del Ministerio Fiscal y del propio Arnaldo Otegi, que dos de los magistrados que dictaron la sentencia condenatoria vulneraron el derecho de Otegi al juez imparcial "al haber intervenido de forma relevante en el tr¨¢mite procesal anterior al juicio".
Dicha intervenci¨®n se produjo al resolver un recurso del fiscal contra la decisi¨®n de la juez instructora de archivar las actuaciones contra Otegi al no considerar delictivas sus palabras en el entierro de la etarra Olaia Castresana. En su intervenci¨®n tras el entierro en el que port¨® el f¨¦retro de la etarra fallecida, el 30 de julio de 2001, Otegi dio su "aplauso m¨¢s caluroso a todos los gudaris [soldados vascos] que han ca¨ªdo en su larga lucha por la autodeterminaci¨®n".
La Sala de lo Civil y Penal del tribunal superior vasco orden¨® devolver a la juez instructora las actuaciones para que procediese contra Otegi en un auto de 25 de abril de 2003. Dos de los magistrados que firmaron ese auto se adentraron en un an¨¢lisis detenido de las manifestaciones de Otegi que, seg¨²n dijeron, "integran claramente los elementos o caracteres del tipo delictivo..."
Pero adem¨¢s, seg¨²n el fiscal, el citado auto se pronunci¨® sobre la calificaci¨®n jur¨ªdica y los presupuestos de la responsabilidad de Otegi, lo que s¨®lo puede ser entendido "como una forma de anticipar las conclusiones esenciales que deb¨ªan de ser objeto del posterior juicio".
Es decir, que los dos magistrados anticiparon unas conclusiones que debieron dejar para el juicio por lo que, seg¨²n el fiscal, "deben considerarse objetivamente justificadas las dudas sobre la imparcialidad judicial y, por tanto, vulnerado el derecho al juez imparcial".
Despu¨¦s de aquel auto, los magistrados formaron parte del tribunal que en marzo de 2002 juzg¨® y conden¨® a Otegi a 15 meses de prisi¨®n.
En marzo de 2004, el Tribunal Constitucional, en la sentencia sobre las escuchas irregulares del Cesid, se?al¨® que deb¨ªa valorarse en cada circunstancia concreta si la resoluci¨®n controvertida -en este caso el auto de archivo- "ha exteriorizado un juicio anticipado sobre la responsabilidad penal de los implicados que permite afirmar que est¨¢n justificadas las dudas sobre la imparcialidad de los ¨®rganos de enjuiciamiento".
Aplicando esta doctrina al caso de Otegi, la Junta de Fiscales de lo Penal del Supremo decidi¨® que el portavoz de Batasuna ten¨ªa raz¨®n al invocar vulneraci¨®n de su derecho al juez imparcial, y as¨ª lo inform¨® a la Sala Penal del Supremo.
No obstante, el fiscal sigue manteniendo que Otegi cometi¨® un delito de enaltecimiento del terrorismo, por lo que mantendr¨¢ la acusaci¨®n contra ¨¦l en el nuevo juicio que celebrar¨¢ el Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco.
El efecto de esta sentencia es que el l¨ªder de Batasuna seguir¨¢ en libertad. En caso de haber sido confirmada la condena de 15 meses por el Supremo, Otegi tendr¨ªa que haber ido a prisi¨®n, al a?adirse esa condena a la de un a?o que le impuso el Supremo el pasado 4 de noviembre por haber llamado al Rey "jefe de los torturadores".
Por otra parte, la Sala Penal del Tribunal Supremo rechaz¨® ayer, de entrada y sin m¨¢s tr¨¢mites, la querella presentada el martes pasado por la "organizaci¨®n pol¨ªtica Batasuna" contra el juez de la Audiencia Nacional Fernando Grande-Marlaska, por un supuesto delito de prevaricaci¨®n. La querella fue presentada poco antes de que el magistrado resolviese sobre el acto que Batasuna ha convocado en Barakaldo para el s¨¢bado, que ha sido prohibido por el juez.
El alto tribunal explica que no puede tildarse de "injusta y prevaricadora" la decisi¨®n del juez de pedir que la Guardia Civil le informase en un plazo de 72 horas sobre las actividades de Batasuna y, en concreto, si esta formaci¨®n ilegal ten¨ªa prevista la celebraci¨®n de actos p¨²blicos como la elecci¨®n de una nueva Mesa Nacional. El tribunal subraya que el auto de Grande-Marlaska es correcto en su aplicaci¨®n y, por tanto, "no puede configurar una resoluci¨®n injusta".
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