Los polic¨ªas locales no pueden ser obligados a ir a misas o procesiones
Una sentencia reconoce el "derecho fundamental" del jefe de Vila-real
Los polic¨ªas locales no pueden ser obligados a desfilar en procesiones ni a participar en actos religioso, sean o no dentro de un templo. El jefe de la polic¨ªa local de Vila-real ha ganado un recurso en ese sentido y el juzgado n¨²mero 1 de lo contencioso administrativo de Castell¨®n as¨ª lo ha determinado en una sentencia en la que se?ala que la resoluci¨®n por la que el equipo de gobierno le obligaba a acudir a estos actos es "contraria a derecho". Por ello, la anula, ya que choca con un derecho fundamental como es el de la libertad religiosa.
?ngel Torres, intendente jefe de la polic¨ªa local de la localidad de Vila-real, se mostr¨® ayer "satisfecho" por el reconocimiento a su derecho constitucional que, sin embargo, ha tenido que defender en un tribunal tras las negativas del alcalde de la localidad, Manuel Vilanova, del PP, a aceptar su condici¨®n de "ateo". Y piensa que el fallo puede sentar un precedente para otros compa?eros. Ahora, el concejal delegado de polic¨ªa, Alejandro Amposta, alega que "tal vez" se equivocaron, aunque la sentencia es todav¨ªa recurrible.
El fallo sostiene que "la cuesti¨®n se contesta sola", pese a que el Ayuntamiento aleg¨® que la participaci¨®n de la Corporaci¨®n en las procesiones "no constituye un acto p¨²blico de car¨¢cter religioso", sino que, a su entender, s¨®lo pueden considerarse as¨ª los que se celebran en recintos destinados al culto. "Las procesiones gozan de la misma naturaleza religiosa", indica la sentencia y, por tanto, debe eximirse al polic¨ªa de la misma manera que se le eximi¨® de entrar en los templos. "Un acto religioso lo es con independencia del lugar donde se celebre", zanja la sentencia.
En cuanto a la posibilidad de que su funci¨®n de "proteger a las autoridades de las corporaciones locales" pueda obligarle a acompa?ar a los representantes municipales a estos actos, el fallo afirma que, en el caso de Vila-real, la participaci¨®n de Torres en las procesiones no se exig¨ªa para la protecci¨®n de la seguridad ciudadana sino "en cuanto que ostenta la jefatura de la Polic¨ªa Local y dentro de un marco protocolario". "Y dentro de este marco protocolario", se?ala la sentencia, "los deberes del cargo ceden ante el derecho fundamental a la libertad religiosa".
?ngel Torres comenz¨® a reclamar el reconocimiento de su derecho constitucional hace m¨¢s de un a?o, cuando remiti¨® un escrito a la corporaci¨®n municipal para que le eximiera de asistir a los actos religiosos. Sin embargo, su petici¨®n fue deso¨ªda y, meses despu¨¦s, el concejal de polic¨ªa le pidi¨® que formase en la procesi¨®n del Corpus junto a los ediles, los maceros y la banda municipal. Se neg¨® pero acudi¨® por "imperativo". El Ayuntamiento ni siquiera ha contado con el apoyo de la Generalitat ya que, tal como inform¨® la direcci¨®n general de Interior, la polic¨ªa "puede negarse a participar en actos de car¨¢cter religioso o con contenido marcadamente religioso cuando entienda que su presencia es contraria a sus convicciones". Pese a ello, una resoluci¨®n de alcald¨ªa, dictada en julio, le oblig¨® a seguir acudiendo a los actos religiosos que se celebraran fuera de los lugares de culto. Entonces, ?ngel Torres decidi¨® acudir a los tribunales, sobre todo, animado por el conocimiento de una sentencia del Tribunal Constitucional que daba la raz¨®n a un subinspector de la Polic¨ªa Nacional, que alegaba vulneraci¨®n de sus derechos al serle ordenada la asistencia a un acto religioso en M¨¢laga. Poco despu¨¦s, el tribunal decidi¨® la suspensi¨®n cautelar de la resoluci¨®n que obligaba al jefe de la polic¨ªa de Vila-real a acudir las procesiones. Ahora, ya puede hacer uso de su derecho pese a la "tradici¨®n" que alegaba el alcalde.
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