El juez archiva la primera querella por sedaci¨®n en Legan¨¦s y alaba al m¨¦dico
El auto afirma que el doctor "obr¨® en todo momento" con arreglo a ley y la ciencia m¨¦dica
El Juzgado de Instrucci¨®n 3 de Legan¨¦s ha archivado la primera querella presentada por el caso de las supuestas sedaciones irregulares del hospital Severo Ochoa de Legan¨¦s (Madrid). La querella archivada sosten¨ªa que el m¨¦dico Andr¨¦s B. A. cometi¨® un supuesto homicidio imprudente por negligencia profesional al aplicar una sedaci¨®n no indicada al paciente C¨¢ndido P. I., de 78 a?os. El juez entiende que "hay una falta absoluta de indicios" de criminalidad en el caso y que la actuaci¨®n del m¨¦dico fue "correcta, adecuada" y acorde con los c¨¢nones de la ciencia m¨¦dica. A?ade que el paciente lleg¨® al hospital en una situaci¨®n ag¨®nica, y que, dada su gravedad, no aplicarle sedaci¨®n pod¨ªa resultar incluso "inhumano".
El juez llega a estas conclusiones vali¨¦ndose de los informes periciales y testimonios que ha recabado durante la instrucci¨®n. Y zanja que, "sin lugar a ning¨²n tipo de duda, el querellado obr¨® en todo momento con arreglo a la lex artis y su conducta fue ajena a cualquier tipo de negligencia profesional" tanto en la adecuaci¨®n del tratamiento como en la decisi¨®n de optar por la sedaci¨®n del paciente.
La Consejer¨ªa de Sanidad de Madrid, que dirige Manuel Lamela, consider¨® en su d¨ªa que este era un de los casos m¨¢s claros de sedaci¨®n contraindicada a un paciente de Legan¨¦s y utiliz¨® el caso en su denuncia contra los m¨¦dicos del hospital. El juez lo ha archivado, aunque el abogado de la familia, Rafael Mart¨ªn Bueno, anunci¨® ayer que recurrir¨¢ ante la Audiencia de Madrid.
El magistrado destaca que el fallecimiento de C¨¢ndido P. I. se debi¨® a la patolog¨ªa que sufr¨ªa al llegar al hospital, una enfermedad pulmonar obstructiva cr¨®nica (EPOC). Los informes periciales revelan que el paciente lleg¨® a las urgencias del hospital Severo Ochoa el 22 de octubre de 2003 en una situaci¨®n ag¨®nica terminal y "no recuperable". Entr¨® en el hospital bajo un cuadro de "reagudizaci¨®n de su EPOC" y fue atendido por Andr¨¦s B. A., quien lo deriv¨® al ¨¢rea en que eran atendidos los pacientes "con riesgo vital inminente". Los facultativos del Servicios de Cuidados Intensivos entendieron que no cab¨ªa aplicarle intubaci¨®n y ventilaci¨®n mec¨¢nica "y se inform¨® a la familia de la gravedad del enfermo". "Necesitaba oxigeno de forma continuada" y, dada su extrema gravedad, "se opt¨® por seguir un tratamiento convencional que inclu¨ªa oxigenoterapia de alto flujo, tratamiento ¨¦ste que es el correcto". Seg¨²n el auto judicial, aun siendo el adecuado, este tratamiento "no siempre implica que se alcance la mejor¨ªa del paciente" por su extrema gravedad. Refiere el juez que esta patolog¨ªa lleva al paciente a experimentar "una angustia extrema por fatiga e hipoxemia severa (muerte inminente) y que en esas circunstancias puede ser indicada la sedaci¨®n para controlar esos s¨ªntomas". Fue sometido a tratamiento, pero al no responder al mismo y agudizarse su estado, el paciente fue llevado a una sala para sedaci¨®n profunda, hecho del que "fue informada la familia", seg¨²n la resoluci¨®n judicial. El objetivo era darle medicaci¨®n para controlar los s¨ªntomas "de disnea intensa y agitaci¨®n que presentaba". Se le administr¨® cinco miligramos de Midazolan IV, lo que permiti¨® controlar "la agitaci¨®n", seg¨²n el juez. Bas¨¢ndose en los informes de los peritos, el juez se?ala que en el caso de un paciente "ag¨®nico terminal y no recuperable, la sedaci¨®n es adecuada, y aun cuando puede acelerar la muerte, lo que se pretende es evitar el sufrimiento en las ¨²ltimas horas de vida. Su no administraci¨®n resultar¨ªa inhumana", concluye.
La familia del paciente cuestion¨® el f¨¢rmaco empleado en la sedaci¨®n, el Midazolan. El juez se?ala que "es uno de los f¨¢rmacos m¨¢s utilizados para las sedaciones (...) y que no hubo negligencia ni en cuanto al tratamiento ni en cuanto a la sedaci¨®n ni en cuanto a los f¨¢rmacos utilizados". Para el juez, el motivo del fallecimiento de este paciente no se puede achacar a Midazolan "sino a la evoluci¨®n desfavorable de su propia enfermedad". Aparte del cuadro respiratorio, sufr¨ªa un c¨¢ncer de pr¨®stata en fase inicial.
La querella archivada por el Juzgado de Instrucci¨®n 3 afecta ¨²nicamente a este paciente. Fue presentada por su familia y la Asociaci¨®n de V¨ªctimas de Negligencias M¨¦dicas (AVINESA).
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