El Consejo Consultivo da a la Junta competencias exclusivas del Guadalquivir
El dictamen descalifica las razones del Estado para "retener" esta materia en su poder
El dictamen elaborado por el Consejo Consultivo sobre la inclusi¨®n en el borrador del Estatuto andaluz de la competencia sobre la cuenca hidrogr¨¢fica del Guadalquivir no s¨®lo avala esta petici¨®n, sino que incluso va m¨¢s all¨¢ de la iniciativa de la ponencia. As¨ª, propone que la comunidad "ostenta competencias exclusivas" sobre la misma, "sin perjuicio de las leyes generales" en aguas, medio ambiente y obras p¨²blicas hidr¨¢ulicas de inter¨¦s general.
El informe aprobado por los miembros del Consejo Consultivo considera que la proposici¨®n de ley de reforma "se ajusta en t¨¦rminos generales al bloque de la constitucionalidad".
El informe considera "poco adecuado" el criterio territorial para negar la transferencia
El dictamen analiza cada uno de los 216 art¨ªculos del Estatuto y emite siete consideraciones en las que elogia el trabajo de la ponencia. El informe fue aprobado por el pleno del Consejo Consultivo el pasado viernes sin votos en contra, aunque los cuatro consejeros propuestos por el Partido Popular se abstuvieron en la votaci¨®n final.
El an¨¢lisis de los juristas avala plenamente la utilizaci¨®n del articulo 150.2 en el Estatuto como medio para obtener las facultades ejecutivas de hasta cinco competencias estatales, entre ellas, la de la cuenca hidrogr¨¢fica del Guadalquivir, materia a la que dedica un estudio espec¨ªfico cuando aborda el art¨ªculo 48 de la proposici¨®n de ley. Los redactores del texto estatutario optaron por incluir la reivindicaci¨®n del Guadalquivir a trav¨¦s de dos preceptos: en el propio articulado, en el t¨ªtulo de Competencias, y en una disposici¨®n adicional.
La posici¨®n favorable del Consejo Consultivo a que esta materia pase a manos de la comunidad aut¨®noma es categ¨®rica. En el informe, al que ha tenido acceso este peri¨®dico, afirma que la asunci¨®n de esta competencia parte de datos "incontestables" como el de que el r¨ªo Guadalquivir discurre en m¨¢s del 90% por Andaluc¨ªa y "casi pr¨¢cticamente la totalidad de sus usuarios son andaluces". Desde este planteamiento, "ofrece pocas dudas que la comunidad ha de tener un singular poder sobre dicha cuenca", algo que no ocurre porque el art¨ªculo 148.1.22 de la Constituci¨®n confiere al Estado la competencia cuando las aguas discurran por m¨¢s de una comunidad. El Consejo califica de "poco adecuado" aplicar este criterio "territorial" para justificar la "retenci¨®n de la competencia". Por el contrario defiende que el criterio delimitador que se debe emplear es el que tambi¨¦n figura en el art¨ªculo 148.1.10 que dice que las obras p¨²blicas, los aprovechamientos hidr¨¢ulicos, canales y regad¨ªos han de ser de "inter¨¦s" de la comunidad.
Con esta premisa, el Consejo Consultivo entiende que Andaluc¨ªa "podr¨ªa asumir competencias" en relaci¨®n con la cuenca hidrogr¨¢fica del Guadalquivir "por derecho propio", sin necesidad de recurrir al art¨ªculo 150.2. Los juristas incluso sugieren como puede quedar redactado este art¨ªculo: "La comunidad aut¨®noma ostenta competencias exclusivas sobre la Cuenca Hidrogr¨¢fica del Guadalquivir, sin perjuicio de las leyes generales de aguas, b¨¢sica sobre protecci¨®n del medio ambiente y obras p¨²blicas hidr¨¢ulicas de inter¨¦s general".
En la parte del dictamen referida a analizar la v¨ªa del art¨ªculo 150.2, los juristas consideran "no ajustada a Derecho" las argumentaciones esgrimidas por representantes del Estado para negar esta competencia porque el r¨ªo discurre por otras comunidades. El Consejo estima que la "obligaci¨®n del Estado" es prever mecanismos que salvaguarden los intereses de los usuarios no andaluces a trav¨¦s, por ejemplo, de "la presencia proporcionada en el ¨®rgano de gobierno de la cuenca de representantes de otras comunidades".
De otro lado, el secretario de Organizaci¨®n del PSOE, Luis Pizarro, y el ponente de IU Antonio Romero calificaron de "buena noticia" el aval jur¨ªdico del Consultivo a la proposici¨®n de reforma.
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