La Comisi¨®n de la Competencia se acordar¨¢ en el Congreso, seg¨²n Econom¨ªa
El presidente y los cuatro vocales que formar¨¢n el consejo de la futura Comisi¨®n Nacional de la Competencia (CNC) ser¨¢n nombrados por un ¨²nico periodo de seis a?os improrrogable y su nombramiento lo har¨¢ el Consejo de Ministros previa audiencia en la Comisi¨®n de Econom¨ªa del Congreso. As¨ª lo confirmaron ayer fuentes del Ministerio de Econom¨ªa que a?adieron que, en la pr¨¢ctica, el nombramiento de estos cargos ser¨¢ consensuado en el Congreso de los Diputados.
As¨ª se recoge en el Anteproyecto de Ley de la Competencia que el Consejo de Ministros del pasado viernes estudi¨® en una primera lectura y que pretende aprobar en el primer semestre de este a?o. En las pr¨®ximas semanas, el texto ser¨¢ enviado para recibir los informes preceptivos del Consejo General del Poder Judicial, del Consejo Econ¨®mico y Social (CES) y de la Agencia de Protecci¨®n de Datos. Tambi¨¦n el Gobierno lo ha remitido al Consejo de Estado, aunque en este caso su informe no es preceptivo. El Gobierno pretende que el texto pase el tr¨¢mite parlamentario en el segundo semestre de este a?o para que entre en vigor el 1 de enero de 2007. El nombramiento de los nuevos vocales se har¨¢ en los tres primeros meses de 2007.
Autoridad ¨²nica
Una de las principales novedades del texto es la creaci¨®n de una autoridad ¨²nica de competencia. Frente al modelo actual en el que la instrucci¨®n de los expedientes sancionadores la lleva a cabo el Servicio de Defensa de la Competencia y la resoluci¨®n recae en el tribunal, la reforma prev¨¦ la creaci¨®n de una ¨²nica instituci¨®n independiente, la Comisi¨®n Nacional de la Competencia (CNC), que se encargar¨¢ tanto de la instrucci¨®n como de la resoluci¨®n de los casos, aunque de forma separada e independiente. En esta nueva instituci¨®n el n¨²mero de vocales pasa de los ocho actuales (m¨¢s el presidente) a cuatro (m¨¢s el presidente).
En la nueva normativa, las decisiones sobre las operaciones de concentraci¨®n empresarial las adoptar¨¢ la Comisi¨®n Nacional de Competencia. Frente al modelo actual en el que el papel del tribunal es meramente consultivo y es el Consejo de Ministros el que adopta la decisi¨®n definitiva, la reforma de la ley prev¨¦ que la nueva comisi¨®n sea la que tome la decisi¨®n definitiva en las fusiones entre empresas.
Con el nacimiento de la CNC, el Consejo de Ministros s¨®lo tendr¨¢ la posibilidad de intervenir en determinados casos y por razones de inter¨¦s general, como pueden ser la defensa nacional, la protecci¨®n de la salud, la protecci¨®n del medio ambiente o el pluralismo informativo, entre otras.
En el futuro, los Juzgados de lo Mercantil podr¨¢n reclamar da?os y perjuicios en las conductas restrictivas de competencia. Adem¨¢s, se perdonar¨¢n multas a las empresas que denuncien la existencia de carteles en sus sectores como ya se hace en la Uni¨®n Europea.
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