Lobo ratifica su denuncia contra el alcalde de Camas y los ediles que la destituyeron
Carmen Lobo, la concejal de Camas (Sevilla) cesada por el pleno del Ayuntamiento hace dos semanas, ratific¨® ayer en el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 14 de la capital andaluza su denuncia por prevaricaci¨®n contra el alcalde, Agust¨ªn Pav¨®n (ex IU) y los concejales que votaron a favor de su salida del Consistorio. La destituci¨®n sali¨® adelante porque falt¨® al pleno Inmaculada Larrinaga, concejal tr¨¢nsfuga del PP, lo que posibilit¨® al equipo de gobierno (formado por Izquierda Unida y ex concejales del Partido Popular y del Partido Andalucista) conseguir la mayor¨ªa suficiente. Votaron en contra el PSOE y Nueva Izquierda.
Lobo fue la concejal que destap¨® el caso Camas. Denunci¨® que el empresario Eusebio Gavi?o le ofreci¨® dinero a cambio de que votara a favor de cinco recalificaciones urban¨ªsticas en el municipio. Por esos hechos est¨¢n imputados de un supuesto delito de cohecho el alcalde, los concejales Antonio Enrique Fraile (ex PP), Jos¨¦ del Castillo (ex PA) y Aureliano Lucas (ex PP) y el empresario Gavi?o.
Carmen Lobo entiende que su destituci¨®n es "ilegal" porque el mismo no le corresponde a los "pol¨ªticos". Julia Garc¨ªa Mesa, su abogada, manifest¨® a la salida del juzgado que el temor de su cliente es que "se aprueben proyectos con una mayor¨ªa ilegalmente obtenida". "Se ha conseguido de una forma torticera una mayor¨ªa que no fue la que sali¨® de las urnas. Tememos que se aprueben proyectos que mi cliente estar¨ªa en contra", dijo.
El alcalde impuls¨® esta decisi¨®n al conocer que el Tribunal Supremo conden¨® a Carmen Lobo por un delito de falsedad en documento privado a la pena de un a?o y tres meses de prisi¨®n y a inhabilitaci¨®n para el derecho a sufragio pasivo durante el mismo tiempo. Pav¨®n explic¨® en un comunicado que el cese se ampara en la Ley Org¨¢nica 5/1985 de 19 de junio del R¨¦gimen Electoral General.
Sin embargo, Gerardo Ruiz Rico, catedr¨¢tico de Derecho Constitucional de la Universidad de Ja¨¦n, sostiene que el acuerdo del pleno es "inconstitucional y carece de fundamento jur¨ªdico". La sentencia est¨¢ recurrida al Tribunal Constitucional y por tanto est¨¢ suspendida su ejecuci¨®n.
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