Una relaci¨®n jalonada de enfrentamientos
Adem¨¢s, del auto sobre el tipo del Impuesto de Sociedades, en las ¨²ltimas semanas, la Diputaci¨®n de Vizcaya y el Gobierno vasco han recibido otras sentencias adversas del ¨®rgano judicial encargado del control jurisdiccional de sus actos.
- Peaje de la A-8 y su utilizaci¨®n para financiar otras obras. La Secci¨®n Primera de Sala de lo Contencioso-Administrativo del Superior rechaz¨® a finales de febrero el argumento de los populares de que el peaje establecido fuera un nuevo impuesto y resuelve que se trata de una tarifa, en l¨ªnea con lo que defend¨ªa la Diputaci¨®n vizca¨ªna. Sin embargo, anul¨® la norma porque en ella se establec¨ªa expresamente que parte del peaje se destinar¨ªa a financiar otras obras de infraestructuras. "Se quiebra, pues, el principio inherente a la tarifa", que debe adecuarse al servicio que presta. "Nos encontramos con una tarifa que se extralimita, y como tal es contraria a derecho", se?al¨® el fallo del Superior, tras recordar la doctrina judicial sobre los precios p¨²blicos.
- Acuerdo de Acerpafe de 1992 y posible prevaricaci¨®n.
El Contencioso declar¨® en marzo pasado "nula de pleno derecho" la decisi¨®n tomada por el Consejo de Gobierno de la Diputaci¨®n de 8 de septiembre de 1992 sobre el Arcepafe (convenio de los empleados forales), por estimar que se adopt¨® de forma "palmariamente il¨ªcita", "prescindiendo total y absolutamente del procedimiento" legal. Teniendo en cuenta esta circunstancia, y el hecho de que el acuerdo tuvo consecuencias econ¨®micas gravosas para las arcas forales, la Sala traslad¨® a la Fiscal¨ªa diversas actuaciones practicadas en el proceso para que depure "las eventuales responsabilidades" se?aladas. No hab¨ªa constancia de que se recabaran los preceptivos informes de legalidad, as¨ª como otras deficiencias acreditadas. Todo ello, "presenta la apariencia, externa y a primera vista, de una conducta que pudiera ser constitutiva de un delito de prevaricaci¨®n", se?al¨® el tribunal.
- Circulaci¨®n de camiones en domingos y festivos. El Superior anul¨® la orden del Departamento de Interior de febrero de 2005, al estimar un recurso del Gobierno de Cantabria. El fallo se un¨ªa a la sentencia dictada en enero de 2005 por el Tribunal Supremo que resolvi¨® que, pese a las competencias de tr¨¢fico del Gobierno vasco, que le facultan para decidir el cierre de determinadas carreteras al tr¨¢nsito de veh¨ªculos pesados, no cabe imponer una prohibici¨®n general.
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