Una juez anula parte de los calendarios y turnos de la Ertzaintza por vulnerar el convenio
La sentencia dice que Interior actu¨® de manera "arbitraria" y gener¨® "desigualdades"
Una juez de lo Contencioso de Bilbao ha anulado los calendarios y el r¨¦gimen de horarios y turnos vigentes en la unidad de Seguridad Ciudadana de la Ertzaintza en unos d¨ªas concretos y los aprobados para las unidades de Escoltas y Polic¨ªa Cient¨ªfica. La sentencia considera que Interior ha vulnerado el acuerdo que regula las relaciones laborales en la Ertzaintza con una "actuaci¨®n arbitraria" que genera "desigualdad" entre agentes en funci¨®n del turno en el que realizan su trabajo. El Departamento de Interior ha recurrido el fallo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior.
La magistrada del Juzgado n¨²mero 3 de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao, Susana Bello, ha estimado el recurso interpuesto por el sindicato independiente de la Ertzaintza Erne contra la resoluci¨®n del 23 de diciembre de 2004 del director de Recursos Humanos de Interior en la que se dise?aban la jornada y los calendarios laborales en la polic¨ªa vasca para 2005. Interior ha decidido presentar un recurso contra la sentencia ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia vasco porque la decisi¨®n judicial pone patas arriba la organizaci¨®n del trabajo en la polic¨ªa. "Ha generado una profunda preocupaci¨®n en el Departamento por razones organizativas", indicaron a este peri¨®dico fuentes sindicales.
El recurso que ahora ha sido admitido en primera instancia en el juzgado bilba¨ªno cuestionaba tres aspectos de la norma. El primero se refiere a la jornada laboral en la unidad de Escoltas. En concreto, a la semana de entrenamiento de lunes a jueves que tienen que realizar los escoltas. La orden de Interior hab¨ªa realizado una modificaci¨®n que supon¨ªa que el d¨ªa libre (viernes) pod¨ªa ser habilitado como de entrenamiento cuando uno de los cuatro d¨ªas de trabajo "fuera planificado de libre" por Interior.
La resoluci¨®n, que lleva fecha de 28 de marzo pasado, se?ala que esa modificaci¨®n no est¨¢ "justificada" y que "con esta adaptaci¨®n se est¨¢ modificando el sentido del acuerdo sobre la compensaci¨®n de d¨ªa trabajado cuando corresponde d¨ªa de fiesta, lo que conlleva un contenido contrario a lo que en principio se pretende" en el acuerdo regulador.
Otro asunto recurrido y ahora anulado por la magistrada se refiere al calendario de r¨¦gimen de turnos en Seguridad Ciudadana y al derecho a una retribuci¨®n de media dieta en los turnos de ma?ana y tarde de los d¨ªas 25 de diciembre y el 1 de enero. A juicio de la central recurrente, esto supon¨ªa de hecho la creaci¨®n de una nueva categor¨ªa de turno inexistente en el acuerdo regulador.
La resoluci¨®n judicial apunta que la ordenaci¨®n del trabajo en esos d¨ªas tan "particulares" -Navidad y A?o Nuevo- realizada por Interior supone de hecho una "actuaci¨®n arbitraria de la Administraci¨®n en aras a favorecer una situaci¨®n excepcional". De hecho, genera "una situaci¨®n de desigualdad que vulnera tal principio" [reconocido en la Constituci¨®n en el art¨ªculo 14] "respecto de los funcionarios que el mismo d¨ªa desempe?an su jornada laboral en uno y otro turno".
La juez considera que esta actuaci¨®n vulnera el acuerdo regulador de la polic¨ªa vasca, lo que convierte a la orden en no ajustada a derecho, por lo que procede a su anulaci¨®n. Interior no ha dudado ni un momento a la hora de presentar un recurso ante la Sala de lo Contencioso del Superior. En el caso de que el tribunal confirme la sentencia, ser¨ªa necesario cambiar de arriba abajo la organizaci¨®n del trabajo en las unidades afectadas.
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