Ecologistas informan al TS y TSJA de que la Junta lleva mapas falsos a los pleitos urban¨ªsticos
Salvemos Moj¨¢car critica que no se recurran las sentencias que avalan edificaciones
El colectivo ecologista Salvemos Moj¨¢car y el Levante Almeriense inform¨® ayer del env¨ªo de sendos escritos al Tribunal Supremo (TS) y al Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) en los que informa de que la Junta aporta cartograf¨ªa falsa "o no aporta ninguna", ni advierte de las zonas protegidas a los tribunales en los pleitos urban¨ªsticos en espacios protegidos. El colectivo se?ala, adem¨¢s, que la administraci¨®n auton¨®mica no recurre ante el TS "la mayor¨ªa de los pleitos", pese a que se est¨¢n declarando urbanizables terrenos protegidos del Parque Natural Cabo de Gata-N¨ªjar.
El grupo ecologista ha detectado en siete casos llevados a los tribunales relacionados con el urbanismo en zonas protegidas -algunos de ellos con sentencia- que la representaci¨®n procesal de la Junta "no aporta a los pleitos la planimetr¨ªa oficial del PORN (Plan de Ordenaci¨®n de Recursos Naturales) del Parque de Cabo de Gata y el TSJA ignora que los terrenos sobre los que se discute est¨¢n protegidos. De esa forma, sorprenden la buena fe del TSJA que no tiene conocimiento de que los terrenos sobre los que se discute est¨¢n declarados como protegidos en el PORN".
Es por ello, seg¨²n Salvemos Moj¨¢car, que el TSJA est¨¦ declarando urbanizables terrenos protegidos, "dando as¨ª prevalencia a las Normas Subsidiarias de planeamiento municipal sobre el PORN, en contra de lo previsto en los art¨ªculos 5 y 19 de la Ley 4/89 y de la jurisprudencia del propio TSJA".
En una rueda de prensa celebrada hace tres meses Salvemos Moj¨¢car ya advirti¨® del problema. "Entendemos que el nuevo PORN se est¨¢ tratando de realizar sobre una planimetr¨ªa totalmente falsa que Medio Ambiente est¨¢ distribuyendo. En esa planimetr¨ªa falsa se pone como urbanizable m¨¢s de 200 hect¨¢reas en toda la superficie del Parque. De manera que, si aparecen as¨ª en el nuevo proyecto del PORN, Medio Ambiente dice que no ha a?adido ni un solo metro cuadrado, alegando que eso ya era urbanizable", expuso hace unos meses el portavoz del grupo, Jaime del Val. Desde Medio Ambiente,el delegado en Almer¨ªa, Juan Jos¨¦ Luque, desminti¨® la acusaci¨®n: "No tenemos planimetr¨ªa falsa. Los datos que se aportan en un juicio son verdaderos. Si se detecta que hay un error se corrige y se env¨ªa".
Salvemos Moj¨¢car cuenta en su poder con los planos originales publicados en el BOJA, los planos que a su entender han sido modificados ilegalmente del PORN vigente en la actualidad y los planos del proyecto del nuevo PORN. Seg¨²n Jaime del Val, el documento "v¨¢lido" es el publicado en el BOJA en 1994. "Despu¨¦s de eso no ha habido ninguna modificaci¨®n p¨²blica de planos. Cualquier modificaci¨®n tendr¨ªa que haber pasado una fase de exposici¨®n p¨²blica, incluidas las supuestas correcciones de errores", indic¨®.
El recurso que preocupa a los ecologistas es el n¨²mero 2.731/96 del TSJA donde se discute la urbanizaci¨®n de m¨¢s de 100 hect¨¢reas protegidas. El motivo es que la declaraci¨®n de impacto ambiental de las normas subsidiarias de N¨ªjar declar¨® no urbanizables algunos espacios protegidos que el Ayuntamiento de N¨ªjar quer¨ªa urbanizar. "En este recurso los letrados de la Junta no presentaron la planimetr¨ªa del PORN para acreditar que los espacios sobre los que se discut¨ªa estaban protegidos con lo cual irremediablemente hubiesen ganado el pleito", afirma del Val. El TSJA declar¨® urbanizables los terrenos en una sentencia que la Junta recurri¨® ante el Supremo.
Seis recursos perdidos
Entre los recursos que Salvemos Moj¨¢car da por perdidos destaca el 2.710/96 entablado por Marina de Agua Amarga S. A. contra la Consejer¨ªa de Obras P¨²blicas. El promotor de Marina de Agua Amarga S.A. consigui¨® que su finca fuese declarada urbanizable en las primeras normas subsidiarias (NS) de N¨ªjar de 1987. Pese a que el documento inicial de las segunda normas subsidiarias de N¨ªjar de 1996 mantuvo urbanizable esa finca, la declaraci¨®n de impacto necesaria para su aprobaci¨®n la desclasific¨® por su alto valor ecol¨®gico.
Marina de Agua Amarga recurri¨® al TSJA aportando el plano del PORN y obtuvo sentencia favorable en base a que la declaraci¨®n de impacto ambiental de las NS no pueden contradecir a una norma de rango superior", relatan los ecologistas. Seg¨²n Jaime del Val, la Junta no puso de manifiesto ante el TSJA que la finca est¨¢ clasificada como "H¨¢bitat Prioritario y Exclusivo". Contra la sentencia, favorable a la empresa, no cab¨ªa recurso ordinario.
Otro recurso, el 2.731/96 es del propio Ayuntamiento de N¨ªjar contra la Consejer¨ªa de Obras P¨²blicas. El Ayuntamiento de N¨ªjar recurri¨® sus propias NS porque quer¨ªa urbanizar sonas protegidas. "En este recurso los letrados de la Junta no presentaron la planimetr¨ªa del PORN para acreditar que los espacios sobre los que se discut¨ªa estaban protegidos con lo cual irremediablemente hubiesen ganado el pleito", dicen los ecologistas. La sentencia declar¨® urbanizables terrenos protegidos pero fue recurrida por la Junta. Otro recurso, el 2.983/96, es de un particular contra la Consejer¨ªa de Obras P¨²blicas, que recurri¨® que las normas subsidiarias de N¨ªjar le hab¨ªan declarado no urbanizables sus terrenos, hoy propiedad de la inmobiliaria Urbis. La sentencia fue contraria a los intereses de la Junta.
Otro particular, en el recurso 2.394/97, alegaba que se hab¨ªa declarado demasiado suelo urbano en N¨ªjar. La Junta volvi¨® a no aportar los planos del PORN, seg¨²n los ecologistas, pero el particular s¨®lo consigui¨® anular parte de una urbanizaci¨®n en la Isleta del Moro, aunque el tribunal aprob¨® una unidad del proyecto que estaba en espacio protegido.
El recurso 2.521/97 vuelve a ser de Marina de Agua Amarga contra la Consejer¨ªa de Obras P¨²blicas por la anulaci¨®n de la clasificaci¨®n de unos terrenos como urbanizables; y el 2.829/98 de Azata del Sol S.L. contra la misma Consejer¨ªa, en el que se defend¨ªa que el plan parcial del sector S-T2, colindante con El Algarrobico, no ten¨ªa que ser sometido a declaraci¨®n de impacto ambiental, fueron perdidos por la Junta de Andaluc¨ªa.
Con respecto a este ¨²ltimo caso Medio Ambiente asegura que el argumento de la Junta fue tratar de someter a declaraci¨®n de impacto ambiental el desarrollo urban¨ªstico del sector, "sin embargo el tribunal ha estimado no ajustado a derecho este planteamiento aunque condiciona su ejecuci¨®n a la presentaci¨®n y aprobaci¨®n de un estudio hidrol¨®gico que garantice la no inundabilidad".
Por ¨²ltimo, el recurso 3.198/01 de Punta Isleta S.A. contra Obras P¨²blicas, pretende que se declararen urbanizables espacios protegidos por el PORN en la Isleta del Moro. Este caso est¨¢ a¨²n pendiente de sentencia.
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