Justicia poco diplom¨¢tica
La decisi¨®n de la Audiencia Nacional de investigar el genocidio de T¨ªbet a mediados del siglo pasado y la persecuci¨®n -torturas y encarcelamiento masivo de sus seguidores- del movimiento espiritual Falun Gong ha causado un evidente malestar en el Gobierno chino, que ha pedido las correspondientes explicaciones al espa?ol. La aplicaci¨®n del principio de jurisdicci¨®n universal, ejercida por aquellos pa¨ªses que como Espa?a tienen reconocido ese principio en su legislaci¨®n interna, suele venir acompa?ada de los naturales roces con los Gobiernos de los pa¨ªses afectados, que ven en la iniciativa judicial for¨¢nea una intromisi¨®n en sus asuntos internos.
Si hubo recelos y malestar en Gobiernos democr¨¢ticos como el de Chile, ante la actuaci¨®n del juez Garz¨®n en el caso del general Pinochet, o el de Israel, a ra¨ªz de la intervenci¨®n de la justicia belga contra el ex l¨ªder israel¨ª Sharon, con mayor motivo reacciona mal un Gobierno que no lo es. En el caso de China, adem¨¢s, se trata del mismo r¨¦gimen pol¨ªtico al que se atribuyen esos cr¨ªmenes, aunque los implicados en la acci¨®n judicial sean antiguos responsables pol¨ªticos. La justicia universal no es precisamente la m¨¢s adecuada a los usos diplom¨¢ticos, aunque la respuesta espa?ola a Pek¨ªn no pueda ser otra que la de subrayar y defender la separaci¨®n de poderes propia de la democracia entre el sistema judicial y el Gobierno, y que la legislaci¨®n espa?ola contempla la posibilidad de perseguir universalmente determinados delitos contra los derechos humanos.
En todo caso, el malestar diplom¨¢tico generado en China pone en evidencia las dificultades de un modelo de justicia sin restricciones cuando se practica desde un solo pa¨ªs, y no desde una instancia judicial extraterritorial ajena a los Estados nacionales, como es la Corte Penal Internacional (CPI), puesta en marcha hace tres a?os sin demasiado ¨¦xito. La justicia universal ejercida desde un solo pa¨ªs siempre debe ser subsidiaria de la del afectado por el delito y, en ¨²ltima instancia, de la CPI. En el caso de China, es obvio que esos cr¨ªmenes ni se reconocen ni se persiguen, mientras que el tribunal internacional se enfrenta a graves limitaciones en su actuaci¨®n. La principal es que grandes pa¨ªses como la propia China, India y sobre todo Estados Unidos le niegan el reconocimiento. Es evidente el riesgo de que, a causa de estas carencias, la justicia espa?ola se constituya en foco de atracci¨®n para juzgar los desmanes que se cometen en el mundo. Y aunque acumula ¨¦xitos important¨ªsimos, como la extradici¨®n desde M¨¦xico del torturador argentino Cavallo o la condena del tambi¨¦n represor Scilingo, adem¨¢s del caso Pinochet, hay que evitar las actuaciones que sean un brindis al sol o lleven a la frustraci¨®n.
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