Marlaska mantiene la imputaci¨®n a los empresarios navarros pero los deja libres a petici¨®n del fiscal
El juez de la Audiencia Nacional Fernando Grande-Marlaska dej¨® ayer en libertad a los dos empresarios navarros detenidos el pasado viernes en relaci¨®n con el pago del denominado impuesto revolucionario a petici¨®n de la Fiscal¨ªa de la Audiencia Nacional, aunque mantuvo la imputaci¨®n de los detenidos por supuesto delito de colaboraci¨®n con ETA. Los empresarios Jos¨¦ Javier Azpiroz y Juan Mar¨ªa Saralegui, socios en la entidad Azpiroz y Saralegui, negaron "categ¨®ricamente" ayer haber colaborado con la banda armada.
El juez Grande-Marlaska se?ala en el auto, en el que acuerda la libertad de los empresarios, que ¨¦stos fueron objeto en 2001 de extorsi¨®n por ETA mediante el pago del impuesto revolucionario "por una cantidad que no ha podido ser determinada".
El ministerio p¨²blico rechaz¨® en una vistilla las medidas cautelares que el magistrado consideraba necesarias
Los empresarios alegaron que hab¨ªan recibido una carta pidiendo dinero y otras declar¨¢ndoles "objetivos" de ETA
El juez aprecia indicios de un delito de colaboraci¨®n con ETA en la actuaci¨®n de los dos constructores
Sin embargo, la imputaci¨®n de colaboraci¨®n con ETA procede de que, seg¨²n el juez Grande-Marlaska, el pasado 29 de abril Azpiroz y Saralegui habr¨ªan hecho llegar, "a trav¨¦s de un abogado cuya filiaci¨®n se desconoce", pero "de la confianza de los detenidos", la suma de 54.000 euros al fundador de ETA Julen Madariaga "con car¨¢cter voluntario y con el fin de favorecer el denominado proyecto de paz".
Seg¨²n el juez, el pasado d¨ªa 20 se encontr¨® en el domicilio de Jos¨¦ Antonio Cau -uno de los responsables del p¨¢rrafo de extorsi¨®n detenido en Francia-, un "recibo original" en el que ETA reconoc¨ªa el citado pago de 54.000 euros. El recibo est¨¢ fechado en junio de 2006 y "deb¨ªa de ser entregado finalmente, dentro de la l¨®gica cadena, a los imputados".
De estos hechos, seg¨²n Grande-Marlaska, se derivan indicios racionales de un delito de colaboraci¨®n con organizaci¨®n terrorista del art¨ªculo 576 del C¨®digo Penal.
El juez mantiene la incriminaci¨®n de Azpiroz y Saralegui por "haber reconocido ellos mismos haber sido objeto de extorsi¨®n en el a?o 2001 por parte de ETA" y sobre todo por la aprehensi¨®n en el domicilio de Jos¨¦ Antonio Cau del recibo de pago.
Sin embargo, fuentes cercanas a los empresarios precisaron que ¨¦stos admitieron haber recibido en 2001 una carta de ETA exigi¨¦ndoles 54.000 euros, pero aseguraron ante la Polic¨ªa, -tanto en Pamplona como en Madrid, y despu¨¦s ante el juez- que no hab¨ªan pagado cantidad alguna. Tiempo despu¨¦s, recibieron una segunda carta en la que ETA les declaraba "objetivos" de la banda. Los empresarios mantuvieron que no hab¨ªan pagado a ETA, ni entonces ni en abril.
Por contra, Grande-Marlaska insiste en que el pago est¨¢ "suficientemente acreditado" y que las declaraciones del fundador de ETA Julen Madariaga -detenido y posteriormente liberado en Francia- quedan confirmadas por el contenido de escuchas telef¨®nicas posteriores al 29 de abril de 2006, en las que, "de forma suficientemente expl¨ªcita, refiere a otros imputados la entrega del dinero para hacerla llegar a ETA por los cauces ordinarios y si la misma era correcta".
El juez dice que no puede detallar esas escuchas "al permanecer la causa secreta", y atribuye las negativas de los empresarios a reconocer el pago al "ejercicio leg¨ªtimo del derecho de defensa y del derecho a no declarar ni confesarse culpable".
Pero Grande-Marlaska cree "ajeno a la l¨®gica" que hubieran recibido dos cartas de extorsi¨®n y ambas aproximadamente en el a?o 2001, ya que ETA "no cesa en su criminal actividad" salvo si llega a un acuerdo de pago o aplazamiento del mismo, siendo habituales que las "remesas" por cada empresario renuente sean al menos de cuatro cartas.
Otro de los indicios que destaca el juez es que Azpiroz habl¨® en todo momento de dos cartas, mientras Saralegui refiri¨® en un primer momento que s¨®lo era una. Cuando el juez pregunt¨® a ¨¦ste que su socio hablaba de dos, Saralegui rectific¨® en ese mismo sentido.
Para Grande-Marlaska, la gravedad del delito de colaboraci¨®n, la pena no inferior a cinco a?os que lleva aparejado y la negativa de los empresarios a reconocer el pago "impide aplicar a este momento, como ser¨ªa lo l¨®gico en casos parecidos, cualquier circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, como ser¨ªa el miedo insuperable del art¨ªculo 20.6 del C¨®digo Penal o cualquier otra de an¨¢loga significaci¨®n". Esta afirmaci¨®n fue criticada por fuentes de la defensa, que dijeron que el miedo insuperable lo habr¨ªan sufrido cuando recibieron las cartas amenazadoras y cabe aplicarlo ahora.
El instructor concluye que, a su entender, existe necesidad de adoptar alguna medida cautelar personal, como "obligaciones de comparecencia" o "prohibici¨®n de abandonar territorio nacional", pero al no haber solicitado la Fiscal¨ªa la imposici¨®n de ninguna medida, acuerda la libertad provisional sin ninguna limitaci¨®n de Azpiroz y Saralegui.
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