La Europa fortaleza
Desde la promulgaci¨®n de la primera Ley de Extranjer¨ªa en 1985, miles de extranjeros han estado internados en "centros p¨²blicos de car¨¢cter no penitenciario" a la espera de ser expulsados por no tener los documentos requeridos para residir en el territorio. S¨®lo en el a?o 2003 fueron internados 19.595 extranjeros en los 10 centros de internamiento de extranjeros (CIE) existentes en Algeciras, Barcelona, Fuerteventura, Lanzarote, Gran Canaria, Madrid, M¨¢laga, Murcia, Tenerife y Valencia, con una capacidad total para 2.105 extranjeros. Estos centros, junto con los otros campos de detenci¨®n e internamiento de extranjeros en los aeropuertos, puertos y ciudades europeas y los construidos, con fondos europeos, en pa¨ªses africanos, como Libia y Mauritania, son uno de los pilares de la pol¨ªtica de repatriaci¨®n de la Europa fortaleza. En 2005 Espa?a expuls¨® a 11.002 extranjeros y repatri¨® a 121.062. Gran parte de ellos estuvieron en alg¨²n CIE para ser expulsados o en alg¨²n otro campo a la espera de ser devueltos, retornados o readmitidos.
La aplicaci¨®n de la pol¨ªtica de repatriaci¨®n y la proliferaci¨®n de estas c¨¢rceles administrativas en la Uni¨®n Europea y en los pa¨ªses fronterizos son una lacra para la sociedad europea. Cada a?o miles de extranjeros arraigados son detenidos, internados y expulsados por no tener los papeles en regla. Espa?a los expulsa, cuando deber¨ªa y podr¨ªa imponerles una sanci¨®n pecuniaria. Privar de libertad y expulsar a una persona ¨²nicamente por ser un indocumentado quiebra el paradigma inocente-culpable, sin el cual no es posible entender la convivencia en la sociedad moderna. Pero es que adem¨¢s las propias leyes fabrican excluidos, como sucede con aquellos que tras ser internados no pueden ser expulsados. Estos se convierten en alegales por voluntad del legislador, el cual los excluye del ¨¢mbito de actuaci¨®n ordinaria de la Administraci¨®n. A ello se suma que durante los procedimientos de expulsi¨®n los indocumentados ven generalmente quebrados sus derechos de tutela judicial efectiva y disponen de escasas garant¨ªas jur¨ªdicas frente al amplio grado de discrecionalidad que tienen las fuerzas de seguridad cuando aplican las leyes de extranjer¨ªa, cosa que hacen de forma laxa y diferente seg¨²n el ¨®rgano y la zona. Ante esta quiebra de la legalidad, el Observatorio del Sistema Penal y los Derechos Humanos (OSPDH) de la Universidad de Barcelona recomendaba en el Informe sobre los procedimientos de expulsi¨®n (2003) la necesidad de mejorar sustancialmente la intervenci¨®n de los jueces, abogados y funcionarios policiales. Estos ¨²ltimos deben tener en cuenta, tal como establece la ley, las circunstancias personales del extranjero -arraigo, medios de vida- a la hora de incoar el procedimiento sancionador. Ello abrir¨ªa la puerta a un incremento de las sanciones pecuniarias. Los abogados tienen que asistir al extranjero a lo largo de todo el procedimiento de expulsi¨®n. Y los jueces de instrucci¨®n no pueden desinteresarse de la suerte del extranjero en los CIE alegando que est¨¢n ante una medida administrativa. Los CIE son c¨¢rceles administrativas que, aunque est¨¦n bajo la direcci¨®n del Ministerio del Interior, no pueden dejar de tener un control jurisdiccional, especialmente cuando muchos de ellos, como el de la Verneda en Barcelona, Moratalaz en Madrid y Capuchinos en M¨¢laga, no cumplen, como ha denunciado el Defensor del Pueblo, las condiciones m¨ªnimas para mantener personas recluidas y presentan graves deficiencias de funcionamiento. Algo mejorar¨ªan las condiciones de internamiento de los extranjeros si los abogados, pero especialmente los jueces, se implicaran de otra forma y en mayor grado en un asunto en el que est¨¢n en juego la dignidad y los derechos fundamentales.
De ah¨ª que la suerte de estos extranjeros dependa tambi¨¦n de la implicaci¨®n de la sociedad civil, la cual tiene que exigir que estas c¨¢rceles administrativas no sigan funcionando como agujeros negros en un Estado de derecho. Como cualquier otra instituci¨®n de reclusi¨®n, han de ser transparentes en sus actuaciones, hacer p¨²blicos los procedimientos y los medios a trav¨¦s de los cuales aplican el internamiento y garantizan los derechos de los internados, y estar abiertos a mecanismos de supervisi¨®n tal como establece el protocolo contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, en vigor en Espa?a desde el pasado 22 de junio.
El desaf¨ªo es enorme ante la institucionalizaci¨®n de una cultura pol¨ªtico-administrativa que configura la inmigraci¨®n clandestina como un cuasidelito y que no duda en utilizar el internamiento y las expulsiones como instrumentos de amenaza y control sobre los extranjeros. El internamiento en CIE desempe?a un importante papel simb¨®lico ante una sociedad europea que, preocupada por su seguridad y bienestar, esconde la cabeza ante la creaci¨®n de nuevos muros. Esta pol¨ªtica autoritaria y excluyente no tiene visos de cambiar, sino que se consolida como la v¨ªa que seguir, tal como se recoge en la propuesta de directiva sobre los procedimientos y las normas comunes para el retorno de irregulares presentada por la Comisi¨®n Europea en septiembre de 2005. En ella se mantienen las expulsiones y se abre la puerta para que el internamiento pueda llegar hasta los seis meses.
Una sociedad democr¨¢tica no puede permitir que el Estado de derecho deje de actuar como garante de los derechos, libertades y garant¨ªas de todas las personas, especialmente de aquellas que se encuentran en situaciones de extrema necesidad como pueden estar los inmigrantes indocumentados, refugiados y desplazados. La convivencia depende del respeto que toda persona, sea nacional o extranjera, reciba de forma ¨ªntegra de las instituciones p¨²blicas, de su reconocimiento como miembro de un grupo ¨¦tnico o cultural y en cuanto a su consideraci¨®n como potencial ciudadano. Los CIE son hoy la expresi¨®n de una Europa fortaleza que necesariamente tendr¨¢ que derruir sus muros en aras de la convivencia en una sociedad democr¨¢tica.
H¨¦ctor Silveira Gorski e I?aki Rivera Beiras son profesores de universidad y miembros del OSPDH de la Universidad de Barcelona.
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