Condenada la Junta por la lesi¨®n de una funcionaria que se cay¨® por una escalera
El Tribunal Supremo ha condenado a la Administraci¨®n a indemnizar con 120.000 euros a una funcionaria de la Junta de Andaluc¨ªa que sufri¨® graves lesiones al caerse por unas escaleras, sin cintas antideslizantes, de la Delegaci¨®n del Gobierno de la Junta en Granada.
La sentencia admite que la ca¨ªda por las escaleras, de m¨¢s de un siglo de antig¨¹edad, se produjo antes de la entrada en vigor del Real Decreto que estableci¨® la necesidad de que los pavimentos con rampas y escaleras en los lugares de trabajo tuvieran elementos antideslizantes.
Sin embargo, el tribunal entiende que las directivas europeas, "cuando sean tan precisas y detalladas que no den margen de apreciaci¨®n al legislador", deben aplicarse aunque no est¨¦ en vigor el Real Decreto que las traspone a nuestro ordenamiento.
La mujer solicitaba una indemnizaci¨®n de 468.790 euros por la ca¨ªda que sufri¨® el 13 de marzo de 1997 y que le produjo fractura de c¨®ccix con discreto acu?amiento, esguince de tobillo y policontusiones. Seg¨²n consta en los distintos informes, los da?os tras la ca¨ªda le originaron "secuelas f¨ªsicas, psiqui¨¢tricas y perjuicios est¨¦ticos". El accidente agrav¨® los problemas discales que padec¨ªa antes del accidente, por lo que el Supremo, si bien estima su recurso, le concede una indemnizaci¨®n de 120.000 euros, menor que la solicitada.
El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa hab¨ªa desestimado el recurso que la mujer present¨® contra las resoluciones de las consejer¨ªas de Gobernaci¨®n y Justicia rechazando la reclamaci¨®n de responsabilidad patrimonial por la ca¨ªda sufrida. El tribunal andaluz no apreci¨® "nexo causal entre el da?o corporal sufrido por la recurrente y la actuaci¨®n de la Administraci¨®n en la conservaci¨®n de las escaleras en las que cay¨®".
Por el contrario, la mujer consideraba que su ca¨ªda se debi¨® a que los pelda?os estaban "muy pulidos por el continuo paso de administrados", por lo que deber¨ªan haber tenido instaladas cintas antideslizantes.
El alto tribunal entiende que la Administraci¨®n "no instrument¨® mecanismo de g¨¦nero alguno tendente a prevenir las ca¨ªdas". "En unas condiciones de uso como las de estas escaleras, resultaba imprescindible la instalaci¨®n de mecanismos tendentes a la prevenci¨®n de posibles accidentes y, al no haberlo hecho as¨ª, la Administraci¨®n demandada, es evidente que debe predicarse la responsabilidad patrimonial de la misma", se?ala la resoluci¨®n.
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