M¨²gica recurre aspectos del Estatuto catal¨¢n que respeta en el valenciano
El Defensor del Pueblo elimina ¨ªntegramente el cap¨ªtulo de derechos y el de justicia
El defensor del pueblo, Enrique M¨²gica, ha presentado un recurso de inconstitucionalidad a la casi totalidad del Estatuto de Catalu?a al afectar a siete de sus cap¨ªtulos b¨¢sicos, 112 art¨ªculos y cuatro disposiciones adicionales. Dos de los siete cap¨ªtulos recurridos -el de la Administraci¨®n de justicia y el de derechos y deberes, este ¨²ltimo recurrido ¨ªntegramente- son muy similares en su contenido al del Estatuto de la Comunidad Valenciana, consensuado por el PP y el PSOE, sobre el que M¨²gica no ha anunciado ninguna pretensi¨®n de intervenir.
M¨²gica, que ha recurrido ¨ªntegramente los 40 art¨ªculos del cap¨ªtulo 1 del Estatuto de Catalu?a, dedicado a los derechos y deberes, considera que genera "desigualdad" entre los espa?oles. Sin embargo, no ha recurrido el mismo cap¨ªtulo del Estatuto valenciano, dedicado a los derechos y deberes y que cuenta con muchas similitudes con el de Catalu?a.
- Derechos reconocidos en ambos estatutos. As¨ª, en relaci¨®n con los derechos de protecci¨®n de la familia, el art¨ªculo 16 del Estatuto catal¨¢n dice que "todas las personas tienen derecho, de acuerdo con los requisitos de la ley, a recibir prestaciones sociales y ayudas p¨²blicas para atender a las cargas familiares". El art¨ªculo 13 del Estatuto valenciano dice que "la Generalitat defender¨¢ y promover¨¢ los derechos sociales de los valencianos", entre los que cita "la defensa integral de la familia". A?ade que esos derechos se regular¨¢n "mediante una Ley de las Corts" que "elaborar¨¢ la carta de Derechos de la Comunitat Valenciana" y la precisa en un largo listado.
Las mismas similitudes se presentan con los derechos a la protecci¨®n de los mayores y menores (art¨ªculo 13 del Estatuto valenciano y 17 y 18 del catal¨¢n); a la igualdad entre hombres y mujeres (art¨ªculo 13 del valenciano y 19 del catal¨¢n); de acceso y protecci¨®n de la cultura (15 del valenciano y 22 del catal¨¢n); de acceso a una vivienda digna (19 del valenciano y 26 del catal¨¢n); a la protecci¨®n del medio ambiente (19 del valenciano y 27 del catal¨¢n); a la buena administraci¨®n y gesti¨®n de los servicios p¨²blicos (12 del valenciano y 30 del catal¨¢n); la protecci¨®n de consumidores y usuarios (12 del valenciano y 28 del catal¨¢n).
Ambos estatutos reconocen, tambi¨¦n, derechos sociales para colectivos, como los discapacitados, situaciones de exclusi¨®n o pobreza, etc.
- Derechos no contemplados en el t¨ªtulo espec¨ªfico. El Estatuto valenciano reconoce derechos que no se contemplan en ese t¨ªtulo espec¨ªfico, pero que aparecen en otros. As¨ª, el art¨ªculo 21 del Estatuto catal¨¢n reconoce el derecho a una educaci¨®n de calidad y el acceso a las mismas condiciones de igualdad. El 59 del valenciano reconoce la competencia exclusiva de la Generalitat sobre "la regulaci¨®n y administraci¨®n de la ense?anza en toda su extensi¨®n, niveles y grados, modalidades y especialidades" y "garantizar¨¢ el derecho de todos los ciudadanos a una formaci¨®n profesional adecuada a la formaci¨®n permanente y a los medios apropiados de orientaci¨®n profesional que le permitan una elecci¨®n fundada de carrera, ocupaci¨®n o profesi¨®n". Otro tanto sucede con el derecho al acceso a la sanidad; a los derechos pol¨ªticos y de participaci¨®n; ling¨¹¨ªsticos y laborales.
- Administraci¨®n de justicia. El recurso enmienda numerosos art¨ªculos del cap¨ªtulo de la Administraci¨®n de justicia del Estatuto catal¨¢n. Algunos de ellos tienen similitudes con el valenciano. El recurso enmienda el art¨ªculo 95,2 del Estatuto catal¨¢n que dice que "el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a es la ¨²ltima instancia jurisdiccional de todos los procesos iniciados en Catalu?a, as¨ª como de todos los recursos que se tramiten en su ¨¢mbito territorial...". Remite su alcance a la Ley del Poder Judicial. El art¨ªculo 37 del Estatuto valenciano se?ala que "el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana es el ¨®rgano jurisdiccional en el que culmina la organizaci¨®n judicial en el ¨¢mbito territorial de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con lo establecido en la Constituci¨®n".
M¨²gica ha recurrido el art¨ªculo 98 del Estatuto catal¨¢n, referente a las atribuciones del Consejo de Justicia de Catalu?a, que presenta un amplio listado de atribuciones, pero se identifica con las facultades que la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial imponga.
A su vez, el Estatuto valenciano, no recurrido, crea, en su art¨ªculo 33, el Consell de Justicia de la Comunidad Valenciana, remiti¨¦ndose a la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial.
Tambi¨¦n ha recurrido el art¨ªculo 101,2 del Estatuto catal¨¢n, que atribuye al Consejo de Justicia de la comunidad la capacidad para convocar "los concursos para cubrir plazas vacantes de jueces y magistrados de Catalu?a en los t¨¦rminos establecidos en la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial". El Estatuto valenciano dice que "el nombramiento de los magistrados, jueces y secretarios del Tribunal de Justicia de la comunidad se efectuar¨¢ de la forma prevista por el Poder Judicial".
"Agradecido a Aznar"
El primer secretario del PSC y candidato a la Generalitat, Jos¨¦ Montilla, se mostr¨® ayer convencido de que el defensor del pueblo, Enrique M¨²gica, est¨¢ "agradeciendo" al anterior presidente del Gobierno, Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar, su nombramiento, en 2000, con la presentaci¨®n de un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma del Estatuto de Catalu?a.
Montilla, en unas declaraciones a los periodistas en el Congreso, dijo no compartir "ni el fondo ni la forma del recurso" de M¨²gica, que "deber¨ªa ocuparse de defender al pueblo, al de Catalu?a tambi¨¦n", y respetar un Estatuto que "ha sido ratificado por la mayor¨ªa del pueblo catal¨¢n". El candidato socialista ve "motivaciones pol¨ªticas" en la actuaci¨®n de M¨²gica y cierta "connivencia con el PP", con el que comparte "motivaciones jur¨ªdicas y de fondo en el recurso".
Las declaraciones de Montilla son compartidas por numerosos miembros del PSOE, el partido en el que milit¨® M¨²gica, desde los a?os sesenta hasta que tuvo que renunciar al carn¨¦ para asumir el cargo de Defensor del Pueblo en 2000. Los socialistas admiten el derecho de M¨²gica, como Defensor del Pueblo, a presentar un recurso de inconstitucionalidad contra el Estatuto catal¨¢n porque lo admite la ley. Sin embargo, la perplejidad socialista radica, sobre todo, en el alcance del recurso de M¨²gica, que afecta a la columna vertebral del Estatuto, con 112 art¨ªculos afectados.
La perplejidad era a¨²n mayor cuando ayer mismo todos los partidos andaluces, incluido el PP, consensuaban el cap¨ªtulo dedicado a los derechos y deberes, muy similar al que M¨²gica ha enmendado en su totalidad en el Estatuto catal¨¢n.
M¨²gica, en la presentaci¨®n del recurso de inconstitucionalidad, el mi¨¦rcoles, aludi¨® a su condici¨®n de socialista hist¨®rico, defendi¨® su independencia como Defensor del Pueblo, su obligaci¨®n a "defender los derechos de todos los ciudadanos, de acuerdo con la Constituci¨®n", y se?al¨® que el Estatuto s¨®lo tuvo el respaldo del 35,7% de los votos catalanes.
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