El hombre juzgado por descarga ilegal ten¨ªa 6.780 ¨¢lbumes en casa
J. M. L. H, absuelto de un delito contra la propiedad intelectual por descargar canciones y compartirlas por la Red, ten¨ªa 6.780 ¨¢lbumes de m¨²sica cuando fue detenido. La juez fall¨® que no hubo lucro.
Seg¨²n Pilar Mart¨ªn, fiscal jefe de Cantabria, hab¨ªa indicios de que obten¨ªa dinero del intercambio, algo que no ha visto probado la juez Paz Aldecoa. El internauta se ha librado de dos a?os de c¨¢rcel, 7.200 euros de multa y 18.361 euros de indemnizaci¨®n a Promusicae.
En febrero de 2001 la polic¨ªa le incaut¨® 625 discos, que almacenaban 6.780 ¨¢lbumes. Si para la fiscal, "no se hab¨ªa descargado unas canciones, sino que ten¨ªa casi 7.000 ¨¢lbumes", para la juez s¨®lo ha intercambiado correos con el responsable de una web.
Las gestoras recurrir¨¢n. El internauta ha pedido una aclaraci¨®n del fallo ya que la juez ordena que entregue sus discos y sean destruidos. La juez considera que, si no existe ¨¢nimo de lucro, esa pr¨¢ctica no es delito. A?ade que penalizar las descargas "implicar¨ªa criminalizar comportamientos socialmente admitidos, y muy extendidos, en los que el fin no es el enriquecimiento il¨ªcito, sino obtener copias para uso privado".
El C¨®digo Penal establece que "s¨®lo hay delito si hay ¨¢nimo de lucro"; pero no hay acuerdo en si "lucro" significa ganar dinero o ahorr¨¢rselo. Adem¨¢s, la Ley de Propiedad Intelectual aplica un canon para compensar a los autores de la posibilidad de que la gente copie obras protegidas para uso privado, y sin ¨¢nimo de explotaci¨®n comercial.
La juez interpreta que no hay delito porque no hay comercio. La Fiscal¨ªa del Estado sostiene lo mismo en su circular 1/2006 y dice que "bajarse una obra para disfrute personal no es un acto de comunicaci¨®n, sino una copia privada".
La abogada de la acusaci¨®n, Carmen S¨¢nchez, dice: "No hay compensaci¨®n en dinero por las copias, pero ¨¦stas tienen un valor, por tanto, hay un ¨¢nimo de obtener beneficio, tal y como identifica el Tribunal Supremo el concepto de ¨¢nimo de lucro".
Luis Revenga, abogado defensor, asegura: "Los denunciantes no acreditan ser los titulares de los derechos sobre las copias de cada disco intervenidas".
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