?Justicia interpretable?
Todo lo que puede ser mal interpretado es mal interpretado siempre, dec¨ªa Dale Carnegie, el autor de Arte de la Estrategia (c¨®mo ganar amigos e influir en las personas). Parece una boutade, pero no o es. Algo de raz¨®n deb¨ªa tener cuando tanta gente utilizaba sus escritos como si de un manual de autoayuda se tratara. En Espa?a desde luego ¨¦stos deber¨ªan ser de lectura obligada en las escuelas, ahora que la educaci¨®n c¨ªvica va a ser materia de aprendizaje.
Pero no solo en las escuelas, tambi¨¦n ser¨ªa muy ¨²til su inclusi¨®n en los programas de oposici¨®n a la judicatura. Entre otras cosas para ayudar a los futuros magistrados a que moderen esa pertinaz proclividad a interpretar todo lo que cae en sus manos como si les fuera en ello su propia imagen de marca.
A poco que hayan seguido esa rocambolesca historia relacionada con el llamado caso del ¨¢cido b¨®rico, sabr¨¢n que ahora la jueza Gemma Gallego ve delitos de falsedad en los jefes policiales de los peritos, justamente all¨ª en donde el juez Baltasar Garz¨®n no ve¨ªa nada, o, m¨¢s exactamente, donde este ve¨ªa justamente lo contrario. Naturalmente el ciudadano com¨²n podr¨ªa pensar que unas interpretaciones tan opuestas solo son posibles si estas se fundamentan en unas leyes, tan imprecisas como in¨²tiles (lo que, por cierto, dir¨ªa muy poco de nuestros legisladores, que son los que las hacen).
Nada sorprendente, por otra parte. Una prueba m¨¢s de la dudosa calidad de uno de los pilares b¨¢sicos de nuestra Democracia. Es verdad que esta no se nota mucho, porque los otros pilares (Parlamento, partidos pol¨ªticos, medios de comunicaci¨®n, etc.) exhiben a menudo indicadores claros de aluminosis persistente, pero corrobora en parte mi tesis b¨¢sica de que en la Espa?a actual existe un enorme d¨¦ficit democr¨¢tico por contraste con los primeros a?os de la transici¨®n; aun a riesgo de que ello genere discusiones con mis colegas del caf¨¦ matutino, algunos de los cuales a¨²n creen, de buena fe, que en este pa¨ªs, y en las actuales circunstancias, lo m¨¢s importante sigue siendo la adscripci¨®n ideol¨®gica a la izquierda o a la derecha pol¨ªtica.
Pues bien, seg¨²n parece una de las razones de mayor enjundia para explicar que un juez haga una cosa, y otro, otra totalmente distinta, est¨¢ en el hecho de que este ostente la condici¨®n de progresista o conservador. De manera que si usted pertenece a Jueces por la Democracia, por ejemplo, podemos suponer, sin excesivo riesgo, que sus decisiones beneficiar¨¢n al PSOE; pero si pertenece a la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura, entonces el beneficiado ser¨¢ el PP.
Lo dram¨¢tico del asunto es que, adem¨¢s, lo que es v¨¢lido para un juez individualmente considerado, tambi¨¦n lo suele ser para los ¨®rganos colegiados en los que estos participan (el Tribunal Supremo, el Constitucional, e, incluso, para la instituci¨®n de gobierno de los jueces). En tales casos el asunto tender¨ªa a resolverse de manera muy simple: se cuenta el n¨²mero total de sus componentes, se comprueba a qu¨¦ tendencia pertenece cada cual, se suman las dos partes, y, voil¨¢, la sentencia est¨¢ servida de antemano.
Parece una broma de mal gusto, pero no lo es, entre otras cosas porque sus decisiones afectan directamente a las personas y a su propia libertad. Desde luego yo ten¨ªa otra opini¨®n del Derecho cuando estudiaba. Claro que lo mismo les ocurr¨ªa entonces a los estudiantes de periodismo, quienes jam¨¢s pensaron que la informaci¨®n veraz y contrastada acabar¨ªa importando un bledo a muchos de sus empleadores potenciales.
Hasta en la Econom¨ªa, que es una ciencia bastante light, y que tambi¨¦n dispone de escuelas de pensamiento diametralmente opuestas, hay numerosos asuntos que no est¨¢n sujetos a discusi¨®n, se reclame uno m¨¢s o menos progresista. Y en todo caso existe un consenso general al respecto de que aquellas cosas que est¨¢n respaldadas por suficiente evidencia emp¨ªrica, van a misa, como se dice.
Sin embargo, en la administraci¨®n de justicia, al parecer, las cosas son diferentes. Si un mismo hecho no solo puede estar sujeto a interpretaciones distintas, sino que, adem¨¢s, estas casi siempre coinciden con la adscripci¨®n ideol¨®gica del juez de que se trate, entonces me pregunto ?para qu¨¦ tantos a?os de oposici¨®n, tanto tiempo de espera para los afectados, y tanta burocracia administrativa? Ech¨¦moslo a suerte y al menos nos ahorraremos el coste. Como demuestra la Ley de los grandes n¨²meros, a la larga no se notar¨¢ demasiado la diferencia.
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