El Tribunal Supremo debate si considera a Jarrai una organizaci¨®n terrorista
Si prosperase el recurso del fiscal y la AVT, 24 j¨®venes condenados tendr¨ªan que ir a prisi¨®n
La fiscal del Tribunal Supremo Pilar Fern¨¢ndez Valcarce pidi¨® ayer a la Sala Penal del Tribunal Supremo que revoque la sentencia de la Audiencia Nacional que declar¨® "asociaci¨®n il¨ªcita" a la organizaci¨®n juvenil Batasuna, Jarrai, y a sus sucesoras Haika y Segi, y las considere una "organizaci¨®n terrorista", por cuanto tiene como finalidad complementar la "actividad terrorista de ETA" mediante la utilizaci¨®n de "artefactos explosivos e incendiarios". Del cambio de denominaci¨®n depende que las penas de tres a?os impuestas a 24 condenados se eleven hasta 10 a?os y todos tengan que ingresar en prisi¨®n.
La vista de los recursos del fiscal, de la Asociaci¨®n de V¨ªctimas del Terrorismo y de la defensa de los 24 activistas de Jarrai condenados se prolong¨® toda la jornada en el Tribunal Supremo. A continuaci¨®n, el tribunal, integrado por el presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, y los magistrados Francisco Monterde, Joaqu¨ªn Gim¨¦nez Garc¨ªa, Andr¨¦s Mart¨ªnez Arrieta y Miguel Colmenero, estuvo deliberando cerca de una hora y media. Previsiblemente, hoy se conocer¨¢ el fallo.
La fiscal Pilar Fern¨¢ndez Valcarce pidi¨® la revocaci¨®n de la sentencia de la Audiencia Nacional que consider¨® que Jarrai-Haika-Segi, los activistas de la violencia callejera o kale borroka, no son una "organizaci¨®n terrorista" porque no utilizan armas y por tanto no pueden considerarse una "organizaci¨®n armada". La fiscal explic¨® que no necesariamente un grupo terrorista es equivalente a una organizaci¨®n armada, pero en cualquier caso, dijo que la propia sentencia de la Audiencia Nacional decae por sus propios argumentos al evidenciarse que Jarrai utiliza "artefactos explosivos e incendiarios", definidos como "armas" en el C¨®digo Penal.
Fern¨¢ndez Valcarce record¨® que, en 1974, ETA realiz¨® un desdoblamiento de sus estructuras y la organizaci¨®n juvenil Jarrai se integr¨® en la Koordinadora Abertzale Socialista (KAS) que entre 1978 y 2001 despleg¨® una actividad complementaria a la de ETA mediante coacciones, artefactos y amenazas. "Una actividad dise?ada, coordinada y controlada por ETA, cuyo terror se ve potenciado por las actividades de estas organizaciones", asegur¨® la fiscal.
Seg¨²n Fern¨¢ndez Valcarce, Jarrai, Haika y Segi son "organizaciones terroristas" porque tienen como finalidad "complementar la actividad terrorista de ETA" mediante las acciones de violencia callejera que suponen un ataque al conjunto de la sociedad democr¨¢tica. En la misma l¨ªnea, el acusador de la Asociaci¨®n de V¨ªctimas del Terrorismo, Emilio Murcia, afirm¨® que la actividad terrorista no consiste ¨²nicamente "en poner un coche bomba o empu?ar una pistola y matar personas". El abogado de la acusaci¨®n record¨® que entre enero de 1992 y marzo de 1999 se contabilizaron m¨¢s de 6.200 acciones de kale borroka.
Ampliaci¨®n del terrorismo
El abogado I?igo Iruin, que encabez¨® el equipo de cuatro letrados defensores, critic¨® a la acusaci¨®n y al fiscal por "plantear una ampliaci¨®n del concepto de terrorismo" haciendo recaer el peso sobre un sentimiento de inseguridad de la poblaci¨®n y de que se atenta contra el orden democr¨¢tico. Iruin explot¨® el contenido literal de la sentencia de la Audiencia significando que, en una primera fase, Jarrai no tuvo una "estructura espec¨ªfica y permanente" dedicada a la violencia callejera y en una segunda fase, entre 1994 y 1998, tuvo una "estructura desestructurada" gener¨¢ndose los "grupos Y", coordinados por KAS e integrados por elementos de Jarrai y Haika, aunque "ajenos a su estructura". Con ello, pretendi¨® demostrar que Jarrai-Haika y Segi no re¨²nen los requisitos de las organizaciones definidas como terroristas.
El letrado de la defensa incidi¨® sobre todo en que la sentencia de la Audiencia no demostr¨® que ninguno de los 24 condenados hubiera participado "en hecho delictivo alguno" ni se encontraron en sus domicilios artefactos incendiarios. "No se les imputa porque fueran ellos los que participaron en hechos callejeros, sino que se pretende calificar de organizaci¨®n terrorista a Jarrai a trav¨¦s de 24 de sus miembros, pero hay una clara disociaci¨®n entre los hechos y lo que se imputa a los condenados".
Seg¨²n Iruin, el proceso contra los activistas de Jarrai se construy¨® "a la inversa": no desde las conductas materiales de los activistas incardinadas en los tipos delictivos, sino que "se parte de ETA, y afirm¨¢ndose la complementariedad con ETA, se declara la ilicitud de Jarrai y la responsabilidad de los integrantes de esa organizaci¨®n".
Iruin defendi¨® una "interpretaci¨®n restrictiva" del concepto de organizaci¨®n terrorista como hizo la Audiencia Nacional, que diferenci¨® entre organizaci¨®n terrorista armada y otras organizaciones sociales pol¨ªticas o juveniles, aunque "tengan una finalidad ideol¨®gica pr¨®xima a la que persigue ETA".
La sentencia de la Audiencia Nacional recurrida por la fiscal¨ªa, la AVT y los defensores de los integrantes de Jarrai, conden¨® en junio de 2005 a 16 de ellos como dirigentes de una asociaci¨®n il¨ªcita a penas de tres a?os y medio de prisi¨®n y a otros ocho, como miembros activos de la asociaci¨®n, a penas de dos a?os y medio.
La sentencia afirm¨® que Jarrai, Haika y Segi aun cuando tuvieran por s¨ª mismas "una finalidad ideol¨®gicamente pr¨®xima" a la que persigue ETA, "desplegaban actuaciones que nunca se enmarcaban en la utilizaci¨®n de armas", lo que no supone que carezcan de naturaleza ilegal.
La sentencia supuso un duro rev¨¦s a la l¨ªnea doctrinal seguida contra el entorno de ETA, que considera parte de la organizaci¨®n terrorista a las entidades del Movimiento de Liberaci¨®n Nacional Vasco (MLNV) porque contribuyen a sus fines.
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