Prisi¨®n y un mill¨®n de euros por un accidente laboral
Un juez falla contra un empresario por varias negligencias que dejaron a una trabajadora en estado vegetativo
Un empresario ha sido condenado a dos a?os de c¨¢rcel y a pagar 935.000 euros a una trabajadora que ha quedado en estado vegetativo irreversible tras sufrir una descarga el¨¦ctrica en una empresa de Arganda del Rey.
El juez, Jos¨¦ Enrique S¨¢nchez-Paulete, ha condenado al empresario por un delito de riesgo en concurso y otro contra los derechos de los trabajadores. En la sentencia, el magistrado describe las graves anomal¨ªas y negligencias que propiciaron estado de Ana Bel¨¦n H. H., que ten¨ªa 18 a?os cuando sufri¨® el accidente.
La sentencia es recurrible ante la Audiencia de Madrid. La Fiscal¨ªa de Delitos Laborales del Tribunal Superior de Madrid avanza que, en caso de que la Audiencia confirme el fallo, el acusado, Luis Fern¨¢ndez Mu?oz, deber¨¢ "garantizar" el pago de toda la indemnizaci¨®n si quiere eludir la c¨¢rcel. Lo habitual es aplicar la suspensi¨®n de las condenas inferiores a dos a?os de c¨¢rcel si el acusado carece de antecedentes penales. Pero se trata de una decisi¨®n discrecional de los jueces. "Si el empresario no paga la indemnizaci¨®n o la chica deja de percibir un solo mes su asignaci¨®n, pediremos que cumpla la pena", advierte el fiscal Pedro Mart¨ªnez.
La v¨ªctima no habla, no anda y s¨®lo es capaz de realizar leves movimientos. Es decir, necesita cuidados de por vida. El juez, de hecho, ha fijado una indemnizaci¨®n de 785.000 euros, por un lado, y el pago vitalicio de 1.666 euros mensuales, con un l¨ªmite de 150.000 euros. Como responsable civil subsidiaria ha sido declarada la compa?¨ªa aseguradora Plus Ultra. UGT actu¨® como acci¨®n popular.
La sentencia, que ha dictado el Juzgado de lo Penal n¨²mero 2 de Alcal¨¢, declara probado que sobre las 8.15 del 1 de julio de 1998 se produjo una alarma en la m¨¢quina 12 de la empresa Manufacturas Pl¨¢sticas el As, de Arganda. Una de las piezas de la m¨¢quina hab¨ªa quedado bloqueada. Al abrir una puerta para ver qu¨¦ ocurr¨ªa dentro, Ana Bel¨¦n recibi¨® "una descarga el¨¦ctrica de baja intensidad". Grit¨®, camin¨® unos metros y cay¨® al suelo debido a un s¨ªncope. No est¨¢ del todo claro a que se debi¨® la derivaci¨®n el¨¦ctrica. El juez lo atribuye "a la ausencia, puenteo o incorrecto funcionamiento del diferencial que salvaguardaba el circuito el¨¦ctrico en el que operaba dicha m¨¢quina".
Tras analizar los informes periciales, el juez llega a "una conclusi¨®n desoladora" sobre el estado de la empresa y la maquinaria. Por ejemplo, en la empresa hab¨ªa un delegado de prevenci¨®n de riesgos laborales, pero ni siquiera ¨¦ste hab¨ªa recibido la oportuna formaci¨®n sobre los peligros que entra?aba la maquinaria. Seg¨²n el fallo, los trabajadores estaban "en contacto directo" con m¨¢quinas que requieren electricidad de baja intensidad.
Para evitar una descarga el¨¦ctrica, la ¨²nica medida de protecci¨®n que ten¨ªan "eran los diferenciales" de las m¨¢quinas. Pero no era as¨ª. Seg¨²n el juez, los diferenciales estaban "puenteados". Y lo estaban "en el entendimiento de que, como saltaban mucho, estaban estropeados, eliminando as¨ª la ¨²nica protecci¨®n".
La realidad es que cuando un diferencial salta, explica el juez, no es porque est¨¢ estropeado, sino "porque est¨¢ cumpliendo su funci¨®n". Los peritos hablaron en el juicio de la posibilidad de que alg¨²n cable estuviese en contacto con la cinta transportadora de la m¨¢quina 12, lo que explicar¨ªa que, por un lado, "saltasen mucho los diferenciales" y, por otro, la descarga el¨¦ctrica.
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