El Supremo prorroga el plazo para la sentencia de Jarrai hasta el 18 de enero
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo prorrog¨® ayer por 30 d¨ªas h¨¢biles el plazo para dictar la sentencia que debe resolver si la organizaci¨®n juvenil de car¨¢cter abertzale radical Jarrai, y sus sucesoras Haika y Segi, son una "asociaci¨®n il¨ªcita" o una "organizaci¨®n terrorista". El nuevo plazo acordado concluye el 18 de enero.
El Supremo se?ala como motivo para prorrogar el plazo ordinario de 10 d¨ªas para dictar sentencia la "gran complejidad" del recurso, dado que la Sala tiene que dar respuesta a los 71 motivos de casaci¨®n alegados por los 24 condenados, as¨ª como a la pretensi¨®n del Ministerio Fiscal y la acusaci¨®n popular de la Asociaci¨®n de V¨ªctimas del Terrorismo de que Jarrai sea considerada organizaci¨®n terrorista y se eleven a 10 a?os de prisi¨®n las penas de dos a?os y medio y tres a?os y medio impuestas por la Audiencia Nacional a los recurrentes.
El alto tribunal recuerda que la causa que deben estudiar los cinco magistrados que formaron el tribunal ha alcanzado un gran volumen, en torno a los 30.000 folios.
La Sala ha iniciado las deliberaciones y se ha reunido en d¨ªas sucesivos desde la conclusi¨®n de la vista, el pasado d¨ªa 16. Los magistrados han comenzado a examinar los recursos presentados por los 24 condenados y cuando acaben abordar¨¢n los del fiscal y la AVT, que son los que contienen la petici¨®n concreta de considerar a Jarrai organizaci¨®n terrorista.
En la vista del recurso, la fiscal de Sala Pilar Fern¨¢ndez Valcarce defendi¨® que Jarrai "complementa a ETA" y por ello debe ser considerada organizaci¨®n armada, ya que utiliza artefactos incendiarios y explosivos que est¨¢n considerados armas en el C¨®digo Penal. Posteriormente indic¨® que aunque la sentencia de la Audiencia Nacional no detalla acciones concretas de kale borroka de los activistas de Jarrai, ¨¦sta supera el delito de asociaci¨®n il¨ªcita.
El abogado I?igo Iruin pidi¨® que no se extienda la definici¨®n de Jarrai al concepto de organizaci¨®n terrorista porque "quemar un cajero y matar a una persona son hechos distintos". Tambi¨¦n critic¨® la sentencia de la Audiencia Nacional por falta de pruebas contra los condenados.
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