El Tribunal Superior ordena demoler una iglesia en Fuencarral
El Ayuntamiento tendr¨¢ que derruir el templo de Nuestra Se?ora de las Fuentes en un mes
Parece definitivo. Una parte de la iglesia de Nuestra Se?ora de las Fuentes, en la calle de la Villa de Mar¨ªn, Fuencarral, tendr¨¢ que ser demolida en menos de un mes. Tras 16 a?os de pleitos y recursos, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el ¨²ltimo recurso de s¨²plica interpuesto por el Ayuntamiento y el Arzobispado y les ha ordenado que derriben una parte de la iglesia que vulnera las normas urban¨ªsticas. Adem¨¢s, el Tribunal Superior establece que "no cabe interponer recurso alguno" contra la resoluci¨®n.
Los demandados recurrieron ante el TSJM alegando que suspendiera la decisi¨®n hasta que el Constitucional no se pronunciase sobre el recurso de amparo que hab¨ªan interpuesto.
La resoluci¨®n dictada por los magistrados no admite ning¨²n recurso
En su resoluci¨®n, dictada el pasado d¨ªa 14, la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior acuerda "desestimar el recurso de s¨²plica" interpuesto contra una providencia del pasado 27 de septiembre, que requer¨ªa al Ayuntamiento de Madrid "la urgente cumplimentaci¨®n, en el plazo de un mes, del mandato de la sentencia que puso fin a este procedimiento". Los jueces hab¨ªan dictado una resoluci¨®n el pasado 27 de septiembre de 2005 en la que requer¨ªa al Ayuntamiento la demolici¨®n parcial de la iglesia.
El pleito se inici¨® en 1990 cuando dos vecinos de un bloque adyacente a la iglesia acuden a los tribunales porque aseguran que la iglesia impide el acceso de luz natural a sus viviendas porque la iglesia no respeta la distancia m¨ªnima de separaci¨®n que establecen las normas urban¨ªsticas. El lateral de la iglesia est¨¢ a 7,22 metros del n¨²mero 41 de la calle de la Villa de Mar¨ªn, cuando la normativa urban¨ªstica establece que la distancia de separaci¨®n entre edificaciones no puede ser inferior a 12,62 metros.
El abogado del Arzobispado aleg¨® que la iglesia fue construida antes que el edificio y que ¨¦ste es el que invade el per¨ªmetro de la iglesia. No obstante, los jueces admitieron a tr¨¢mite el recurso contencioso-administrativo de los dos vecinos.
Durante estos 16 a?os todos los tribunales ante los que recurrieron los propietarios dictaminaron que la parte del templo que infring¨ªa la normativa vigente deb¨ªa ser derribada. El caso lleg¨® al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que refrend¨® la resoluci¨®n en 2000. Ese mismo a?o, 48 miembros de la comunidad de propietarios del edificio afectado se reuni¨® y acord¨® pactar con el Arzobispado de Madrid para cerrar el litigio. De este modo ambas partes manifestaban su conformidad con la situaci¨®n urban¨ªstica existente en las parcelas. Previamente el Arzobispado se hab¨ªa comprometido a indemnizar a los vecinos con cerca de 600.000 euros.
Dos a?os desp¨²es, el 26 de julio de 2002, la sala de lo contencioso-administrativo acept¨® apartar del caso a los dos vecinos que inicialmente acudieron a los tribunales al haber alcanzado un acuerdo con el Arzobispado. Adem¨¢s, cinco propietarios del edificio afectado, que hab¨ªan votado en contra del acuerdo con la iglesia, exigieron que se llevara a cabo la ejecuci¨®n de la resoluci¨®n judicial alegando que eran perjudicados directamente por la infracci¨®n urban¨ªstica.
El Tribunal Superior de Madrid les dio la raz¨®n y consider¨® que estaban legitimados para instar la ejecuci¨®n de la sentencia. ?sta es la decisi¨®n contra la que han recurrido el Ayuntamiento de Madrid y el Arzobispado ante el Tribunal Supremo.
El alto tribunal confirm¨® la sentencia anterior. El Arzobispado decidi¨® entonces recusar a los cinco magistrados del Tribunal Superior. El pasado abril una resoluci¨®n de la sala especial del Tribunal Superior rechaz¨® la recusaci¨®n por "enemistad manifiesta". Y decidi¨® multar con 900 euros al organismo eclesi¨¢stico al entender que se trata de un fraude personal que pretend¨ªa dilatar el proceso.
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