El Congreso aprueba la ley que endurece los castigos a los menores delincuentes
Los internados en reformatorios podr¨¢n ser enviados a la c¨¢rcel al cumplir los 18 a?os
Sanciones m¨¢s duras -de hasta 10 a?os-, posibilidad de que los menores que est¨¦n en reformatorios pasen a la c¨¢rcel al cumplir los 18 a?os, ¨®rdenes de alejamiento contra el acoso escolar y eliminaci¨®n de la posibilidad de aplicar la ley a personas de 18 a 21 a?os. ?stas son las l¨ªneas maestras de la reforma de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor que fue aprobada ayer de forma definitiva. El Partido Popular e Izquierda Unida votaron en contra. Los primeros, porque quer¨ªan una ley m¨¢s dura. Los segundos, porque creen que la reforma olvida el principio de reeducaci¨®n.
Necesidad de recursos econ¨®micos para que la ley funcione. ?sta fue una de las frases m¨¢s repetidas ayer entre los diputados que debat¨ªan la reforma de la Ley del Menor. El ministro de Justicia, Juan Fernando L¨®pez Aguilar, se?al¨® que el cambio legislativo pretende "exaltar el inter¨¦s supremo del menor como principio inspirador de la legislaci¨®n" y "hacer frente" a los nuevos fen¨®menos de delincuencia juvenil que est¨¢n surgiendo y que "exigen nuevas respuestas".
El vocal del Consejo General del Poder Judicial encargado del ¨¢rea de menores, F¨¦lix Pantoja, lament¨® ayer que la reforma se haya hecho "sin una evaluaci¨®n seria sobre el estado de la delincuencia juvenil". "Obedece a la alarma social que han causado algunos delitos, graves pero pocos, cometidos por menores", a?adi¨®. "Se necesitan recursos y controlar c¨®mo se ejecutan las medidas. Endurecer la ley, desde luego, no la va a hacer m¨¢s efectiva". El nuevo Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, Arturo Canalda, s¨ª valor¨® positivamente la reforma. "Se ha buscado una mayor proporci¨®n entre el delito cometido y la pena impuesta, y el castigo sigue orient¨¢ndose a la reeducaci¨®n social". Tambi¨¦n se mostr¨® satisfecho porque se aborden cuestiones como el acoso escolar o las bandas juveniles.
?stas son las principales modificaciones a la ley actual:
- C¨¢rcel a los 18 o 21 a?os. Ha sido el punto m¨¢s pol¨¦mico de la reforma. Cuando un menor delincuente que est¨¦ internado en un centro cumpla 18 a?os, podr¨¢ ser trasladado a una c¨¢rcel de adultos. El cambio lo decidir¨¢ el juez si la conducta del menor "no responde a los objetivos propuestos en la sentencia". Deber¨¢n ser o¨ªdos el abogado del menor y el fiscal. Cuando los menores internos cumplen 21 a?os, la regla general es que deben ser trasladados a la c¨¢rcel salvo que excepcionalmente el juez decida lo contrario.
- Delincuentes de 18 a 21. La Ley del Menor de 2000 recog¨ªa la posibilidad de ser aplicada a personas de 18 a 21 a?os siempre que hubieran cometido una falta o delito menos grave, no fueran reincidentes y sus circunstancias de edad y madurez lo aconsejaran. La idea era recuperar a los j¨®venes que comet¨ªan un primer delito. Pero la entrada en vigor de este art¨ªculo fue sucesivamente aplazada y no ha llegado a ponerse en marcha. La reforma ha eliminado esta posibilidad despu¨¦s de un tortuoso camino parlamentario en el que aparec¨ªa y desaparec¨ªa. Ante las cr¨ªticas de CiU y otros grupos, la portavoz del PSOE explic¨® ayer que, como los recursos son escasos, es mejor centrarse en los menores.
- Sanciones m¨¢s duras. Se agravan en un a?o las medidas de internamiento para los delitos graves, muy graves o violentos. Si el menor ha cometido varias infracciones y una es especialmente grave, el l¨ªmite m¨¢ximo de internamiento ser¨¢ de 10 a?os (ahora son ocho) para los menores de 16 y 17 a?os y de seis a?os (ahora son cinco) para los de 14 y 15.
- Acoso escolar. Los jueces podr¨¢n imponer a los menores agresores una orden de alejamiento de la v¨ªctima y sus familiares, de su domicilio, centro docente o lugar de trabajo. Se trata de una medida con la que se pretende evitar que un menor acosador acuda a la escuela de la v¨ªctima.
- Bandas juveniles. Si el menor que delinque pertenece o act¨²a al servicio de una banda, organizaci¨®n o asociaci¨®n, la ley permite que se le imponga una medida de internamiento de hasta tres a?os si tiene 14 ¨® 15 a?os y hasta de seis si tiene 16 ¨® 17, incluso aunque el delito cometido no sea grave ni violento. La idea es apartar a estos chicos de la banda a la que pertenecen.
- Acusaci¨®n particular. Las v¨ªctimas o perjudicados por un delito cometido por un menor podr¨¢n personarse en el procedimiento tanto en la fase de instrucci¨®n como en la de juicio oral. En caso de que no lo deseen, tendr¨¢n derecho a que se les comuniquen todas las resoluciones que puedan afectar a sus intereses.
- Menores testigos de delitos. La reforma aprovecha para modificar tambi¨¦n la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Los menores testigos y v¨ªctimas de delitos no tendr¨¢n en ning¨²n momento una confrontaci¨®n visual con el acusado y se podr¨¢ usar la videoconferencia en su declaraci¨®n. Hasta ahora, la ley facultaba pero no obligaba a los jueces a poner medios para evitar que los menores vieran a los inculpados.
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