Absuelto de un delito urban¨ªstico porque su obra ser¨¢ legalizada
Un vecino de Gerena (Sevilla) ha sido absuelto de un delito urban¨ªstico, por el que el fiscal pidi¨® para ¨¦l un a?o de c¨¢rcel, porque la "nave con aspecto de vivienda" que construy¨® va a ser legalizada por el Ayuntamiento y no consta que "obrara con plena consciencia de su ilicitud".
La sentencia del Juzgado Penal n¨²mero 3 recoge que el acusado J. M. V. pose¨ªa un terreno catalogado como olivar de regad¨ªo, donde los propietarios de la zona negociaban con el Ayuntamiento convertirlo en huertos familiares y permitir la construcci¨®n de naves para aperos agr¨ªcolas. El procesado levant¨® una nave "con aspecto externo de vivienda", de 60 metros cuadrados, dice el juez, pero precisa que no ten¨ªa tabiques y que nadie la ha visto por dentro, por lo que "ning¨²n testigo ha podido afirmar que no constituyera una edificaci¨®n para facilitar las labores agr¨ªcolas".
El juez basa la absoluci¨®n en que el municipio tiene intenci¨®n de legalizar ahora todas las construcciones similares y en que el propio secretario municipal declar¨® en el juicio que "hasta hace cuatro a?os el funcionamiento del Ayuntamiento en el tema urban¨ªstico dejaba bastante que desear". As¨ª, seg¨²n dicho funcionario, las licencias se conced¨ªan "mediante la presentaci¨®n de un escrito, sin proyecto t¨¦cnico y pagando la correspondiente licencia o sanci¨®n".
Sentencias contradictorias
El acusado se ha visto libre del a?o de c¨¢rcel que pidi¨® el fiscal para ¨¦l y de la obligaci¨®n de derribar. Este caso es una de las numerosas querellas de la Fiscal¨ªa Especial de Urbanismo de Sevilla contra construcciones ilegales en suelos protegidos de la provincia, que hasta ahora se han resuelto con sentencia totalmente contradictorias de los distintos juzgados a los que han correspondido, seg¨²n fuentes judiciales.
En este caso, el juez indica que el acusado compr¨® en 2002 un terreno "no urbanizable y donde no se pod¨ªa realizar ninguna construcci¨®n", pero cuyos propietarios llegaron a negociar con la alcald¨ªa para construir naves para aperos de hasta 30 metros cuadrados. La posibilidad de realizar estas edificaciones estaba prevista entonces por la legislaci¨®n, por lo que el juez entiende que "no consta suficientemente acreditado que el acusado actuara con plena conciencia de obrar con ilicitud".
Destaca tambi¨¦n que el secretario municipal dijo en el juicio que la corporaci¨®n pretende "integrar dichos suelos como urbanizables en el futuro Plan General de Ordenaci¨®n Urbana", actualmente en redacci¨®n. Por tanto, la edificaci¨®n objeto del juicio "ser¨ªa autorizable y el suelo urbanizable", concluye el juez para absolver al propietario.
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