Las diputaciones se plantean aplazar la reforma integral del Impuesto de Sociedades
Las haciendas se inclinan por aprobar un acuerdo de m¨ªnimos ante la cercan¨ªa electoral
Las tres diputaciones se est¨¢n planteando dejar hasta despu¨¦s de las elecciones del pr¨®ximo mes de mayo abordar la reforma integral del Impuesto de Sociedades que anunciaron el pasado a?o. Las diputaciones tienen previsto anunciar en los pr¨®ximos d¨ªas que han cerrado un acuerdo de m¨ªnimos sobre el tipo impositivo y algunas de las deducciones habituales. ?lava no va a convertir el tipo impositivo en motivo de conflicto, aunque el PP hab¨ªa propuesto un descenso mayor del 28% del tipo general y del 24% para las pymes que propone Vizcaya. Las tres haciendas coinciden en que la proximidad de los comicios ha vuelto inviable el plan de acometer la reforma en profundidad del impuesto.
Las haciendas est¨¢n discutiendo sobre la propuesta vizca¨ªna de dejar el tipo general en el 28% y el 24% para las pymes. El futuro impuesto mantiene las deducciones por I+D y adquisici¨®n de nuevos activos fijos e incorpora nuevas deducciones en materia de medio ambiente. Sin embargo van a desaparecer las de creaci¨®n de empleo y la que primaba las exportaciones.
Fuentes vizca¨ªnas y alavesas coincidieron ayer en que se trata de "maquillar" el impuesto con un acuerdo de m¨ªnimos, necesario porque la comunidad vasca tiene ahora mismo un tipo superior al existente en territorio com¨²n.
Desde diciembre de 2004, cuando el Tribunal Supremo anul¨® una parte sustancial del Impuesto de Sociedades vasco -entre otros aspectos, el tipo del 32,5%, dos puntos y medio inferior al com¨²n- por considerarlo ayuda de Estado seg¨²n la doctrina de la UE, las tres diputaciones se han limitado a poner parches y polemizar con los tribunales.
Apenas dos semanas
Primero, aprobaron repetir el mismo tipo, decisi¨®n que fue anulada por el Tribunal Superior. El 29 de diciembre de 2005, las diputaciones aprobaron un tipo de 32,6%, s¨®lo una d¨¦cima superior al anterior, y lo hicieron en el ¨²ltimo suspiro del curso fiscal para, si era suspendido por el Superior, como as¨ª ocurri¨® en mayo pasado, se pudiera aplicar a la liquidaci¨®n de 2005.
Las diputaciones est¨¢n ahora a punto de arriesgarse a regular un tipo inferior al de territorio com¨²n -en el resto de Espa?a va a bajar en dos a?os del 32,5% al 30% y ya est¨¢ en el 25% para las pymes-, conscientes de que el Superior no va a actuar mientras el Tribunal de las Comunidades Europeas, con sede en Luxemburgo, no conteste a la consulta que le hizo al respecto el m¨¢ximo tribunal vasco. El Superior plante¨® una cuesti¨®n prejudicial (consulta) al de Luxemburgo sobre el fondo de la cuesti¨®n: la posibilidad de que la normativa fiscal vasca se diferencie de la del territorio com¨²n.
El hecho es que a las diputaciones apenas si les quedan dos semanas para cerrar el acuerdo y llevar a sus consejos de gobierno un proyecto de norma articulado con el nuevo tipo y las deducciones. Una vez aprobada por los ejecutivos forales, el tr¨¢mite en las Juntas Generales durar¨¢ algo m¨¢s de un mes. El 30 de marzo es el ¨²ltimo d¨ªa h¨¢bil para que un pleno pueda debatir y en su caso aprobar el nuevo impuesto, ya que debido a las elecciones de mayo, las tres Juntas quedar¨¢n disueltas el ¨²ltimo d¨ªa de marzo.
Adem¨¢s existe otro elemento que complica el asunto. La patronal vasca Confebask recurri¨® al Supremo contra la decisi¨®n del Superior de suspender cautelarmente el tipo del 32,6%. La patronal quiere saber si es proporcionada, como medida cautelar, una suspensi¨®n del tipo, con los problemas que acarrea, sobre todo de inseguridad jur¨ªdica para los empresarios, que no saben a qu¨¦ atenerse en un asunto tan b¨¢sico para sus resultados como la tributacion de los beneficios.
Sin embargo la soluci¨®n ante la vulnerabilidad de las normas fiscales, lo que los t¨¦cnicos llaman blindar el Concierto Econ¨®mico, ha de llegar de la mano de un acuerdo pol¨ªtico en el que ya est¨¢n trabajan el PNV y el PSOE en el Congreso de los Diputados.
Constitucionalmente, las obligaciones tributarias tienen que regularse por ley. Pero las Juntas Generales no aprueban leyes, sino normas forales, que son recurribles a la jurisdicci¨®n contenciosa. Pueden ser recurridas por particulares, asociaciones, y otras administraciones. La reforma de la Ley del TC, dice que s¨®lo podr¨¢n ser impugnadas por el Gobierno central, por 50 diputados o senadores y por las ejecutivos de las CCAA.
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