El C¨®digo Civil catal¨¢n impedir¨¢ que hereden los maltratadores
El proyecto elimina el testamento ante el rector y habilita al alcalde
Los maltratadores no heredar¨¢n. Ese es uno de los principales efectos que prev¨¦ el proyecto de ley del Libro Cuarto del C¨®digo Civil de Catalu?a que fue aprobado ayer por el Gobierno catal¨¢n. Hasta ahora, la ley espa?ola y la catalana exclu¨ªan de la l¨ªnea hereditaria a las personas condenadas por asesinar a su c¨®nyuge o a sus hijos, pero ahora se ampl¨ªa el veto a los condenados en sentencia firme por maltrato.
La consejera de Justicia, Montserrat Tura, explic¨® al acabar la reuni¨®n del Gobierno catal¨¢n que el proyecto de ley armoniza y sistematiza la legislaci¨®n catalana en materia de herencias y que es fruto de "un esfuerzo por actualizar una larga tradici¨®n" en derecho civil.
El impulsor de este proyecto y de otros textos que actualizan la legislaci¨®n civil catalana ha sido Xavier M¨²?oz, que precisamente fue destituido ayer del cargo de director general de Derecho y Entidades jur¨ªdicas. El pasado mes de julio el Ejecutivo catal¨¢n ya aprob¨® el Libro Quinto del C¨®digo Civil Catal¨¢n, relativo a los derechos reales, y el pasado mes de diciembre se aprob¨® el Libro Tercero, acerca de las asociaciones y fundaciones.
Una de las principales novedades que incorpora el proyecto de ley aprobado ayer es lo que los juristas denominan "indignidad sucesoria" en casos de violencia dom¨¦stica, que no es otra cosa que impedir que las personas que hayan matado o infligido graves lesiones a su pareja, hijos o padres, y hayan sido condenados en sentencia firme, puedan beneficiarse de la herencia de las v¨ªctimas.
Tambi¨¦n se vetar¨¢ del beneficio de la herencia a quienes hayan sido condenados por no pagar las pensiones de alimentos acordadas por los jueces en favor de los hijos o las pensiones compensatorias a favor de su c¨®nyuge o sus descendientes. Del mismo modo, no podr¨¢n heredar quienes hayan abandonado a sus hijos o atentado contra su dignidad.
Principios b¨¢sicos
Con todo, el proyecto mantiene los principios b¨¢sicos del derecho civil catal¨¢n en materia de sucesiones, que tienen su origen en el derecho romano, como son la necesidad de la figura del heredero en el testamento. El texto abre la posibilidad de que el heredero no se limite a personas unidas por v¨ªnculos consangu¨ªneos. Del mismo modo, recoge la incompatibilidad en una misma herencia entre la sucesi¨®n testada e intestada y suprime alg¨²n supuesto en desuso que a¨²n se conservaba de la ¨¦poca romana.
El texto aprobado ayer, que ser¨¢ remitido al Parlament para su discusi¨®n y aprobaci¨®n, tambi¨¦n regula el testamento conjunto y suprime la formalizaci¨®n del testamento ante el rector de la parroquia, una pr¨¢ctica arraigada todav¨ªa en algunas zonas de Catalu?a. En su lugar, se admite que una persona pueda testar ante el alcalde del pueblo en caso de que sufra un peligro de muerte que le impida acudir al notario.
Respecto a los derechos sucesorios de los viudos, el proyecto equipara los matrimonios a las parejas estables, de acuerdo con los requisitos formalizados en escritura p¨²blica, siempre que tengan alg¨²n hijo en com¨²n o puedan acreditar que han convivido durante m¨¢s de cuatro a?os. La nueva normativa abre la posibilidad a que los viudos, en vez de disponer en usufructo de los bienes de su c¨®nyuge, puedan sustituir ese derecho por la propiedad de una cuarta parte de la herencia.
Como alternativa, el viudo podr¨¢ optar a una octava parte de la herencia del difunto y a disponer de la vivienda conyugal en r¨¦gimen de usufructo. El proyecto aprobado ayer tambi¨¦n regula los testamentos conjuntos y obliga a cada una de las personas que lo firmen a notificar al resto de los afectados cualquier modificaci¨®n que incorporen a lo largo de los a?os.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Herencias
- Xavier Mu?oz
- Amenazas
- Derecho civil
- Montserrat Tura
- C¨®digo civil
- Reforma legislativa
- Derecho sucesiones
- Agresiones f¨ªsicas
- Derecho privado
- Legislaci¨®n espa?ola
- Financiaci¨®n auton¨®mica
- Malos tratos
- Familia
- Integridad personal
- Catalu?a
- Violencia
- Comunidades aut¨®nomas
- Normativa jur¨ªdica
- Derecho
- Sucesos
- Administraci¨®n auton¨®mica
- Finanzas p¨²blicas
- Legislaci¨®n
- Delitos