La absoluci¨®n de Otegi desata un choque may¨²sculo entre la Audiencia y la fiscal¨ªa
El tribunal sostiene que hab¨ªa pruebas para condenar y el fiscal le acusa de falta de imparcialidad
La Secci¨®n Cuarta de la Audiencia Nacional culp¨® ayer al fiscal de haber tenido que absolver al portavoz de Batasuna, Arnaldo Otegi, por considerar que las frases que ¨¦ste pronunci¨® durante el entierro de la etarra Olaia Castresana constitu¨ªan delito de enaltecimiento del terrorismo que ha quedado impune al retirar la acusaci¨®n el fiscal. La fiscal¨ªa de la Audiencia acus¨® al tribunal de asumir funciones acusatorias que no le corresponden, lo que demuestra su "evidente falta de imparcialidad para juzgar el caso", as¨ª como de desconocer la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre el citado delito.
El tribunal, integrado por los magistrados Fernando Berm¨²dez de la Fuente, Paloma Gonz¨¢lez Pastor (ponente) y Juan Francisco Martel, notific¨® ayer la absoluci¨®n de Otegi. Pero en lugar de hacer una resoluci¨®n as¨¦ptica que dejara constancia de que se hab¨ªa retirado la acusaci¨®n contra el portavoz de Batasuna, los magistrados dictaron una sentencia en la que afirmaban que exist¨ªa "prueba de cargo, directa, objetiva y suficiente" de que Otegi podr¨ªa haber cometido un delito de enaltecimiento del terrorismo.
Acto seguido, la sentencia se?alaba que la retirada de la acusaci¨®n contra Otegi por parte de la Fiscal¨ªa "impide al tribunal, en base al principio acusatorio, dictar cualquier otro tipo de resoluci¨®n" distinta a la absoluci¨®n.
La sentencia, absolutamente inusual, provoc¨® la reacci¨®n de la Fiscal¨ªa, que calific¨® la resoluci¨®n de los magistrados de "hecho ins¨®lito y sin precedentes en la historia judicial, puesto que al no existir acusaci¨®n en un proceso penal no puede declararse la existencia de hecho delictivo alguno". Como la sentencia precisamente ha declarado que los hechos podr¨ªan constituir delito de enaltecimiento del terrorismo, la Fiscal¨ªa considera que "el tribunal ha asumido funciones acusatorias que no le corresponden, lo que demuestra su evidente falta de imparcialidad para juzgar el caso y tratar de limitar la autonom¨ªa del fiscal como defensor de la legalidad".
Adem¨¢s, la Fiscal¨ªa denuncia que el tribunal no utiliz¨® los mecanismos previstos en la ley para mostrar su disconformidad con la posici¨®n del fiscal al retirar la acusaci¨®n. Por ello, entiende que los magistrados hicieron dejaci¨®n de sus funciones por no aplicar el art¨ªculo 733 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Este precepto faculta al tribunal para reclamar al fiscal, si aprecia que defiende una tesis contraria a la que se desprende de las pruebas, que le ilustre sobre si el cambio o si el hecho constituye delito o no. Pero el tribunal no hizo uso de este precepto, extremo que ha causado sorpresa a varios magistrados de la Audiencia Nacional.
Adem¨¢s, la Fiscal¨ªa considera que la postura que ha mantenido al retirar la acusaci¨®n contra Otegi coincide con la mantenida en 2002 y 2003 por los magistrados instructores del Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco, que no vieron hechos delictivos que perseguir, y con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que establece que s¨®lo se pueden considerar delito de enaltecimiento del terrorismo las expresiones de alabanza a concretos delitos de terrorismo, lo que no ocurre en este caso.
La Fiscal¨ªa asegura que su actuaci¨®n responde a criterios de legalidad e imparcialidad y que las cr¨ªticas a su actuaci¨®n obedecen a motivaciones pol¨ªticas.
Ni el tribunal, ni la Sala de lo Penal de la Audiencia quisieron hacer ning¨²n comentario al pronunciamiento de la Fiscal¨ªa.
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