El Tribunal Constitucional en la diana
Se ha dicho, con raz¨®n, que el Tribunal Constitucional es la piedra angular en nuestra estructura constitucional, que dota de equilibrio y estabilidad a la vida jur¨ªdica y pol¨ªtica espa?ola, arbitrando los conflictos de nuestro sistema de poderes separados, tanto funcional como territorialmente.
Se ha dicho, y no con menos raz¨®n, que el Tribunal Constitucional ha preservado la Constituci¨®n en su letra y en su esp¨ªritu, fiel a los valores constitucionales, resumidos por el propio Tribunal en tres hermosas palabras que forman su divisa: libertad, justicia y concordia. Lo ha hecho jugando incluso un papel "cuasiconstituyente", particularmente en el desarrollo del T¨ªtulo VIII de la Constituci¨®n, concretando m¨²ltiples aspectos sustanciales del Estado de las Autonom¨ªas y creando as¨ª una especie de Constituci¨®n Territorial a trav¨¦s de una jurisprudencia que unas veces ha delimitado las competencias territoriales de las Comunidades Aut¨®nomas, otras ha anulado leyes del Estado cuando invad¨ªan espacios auton¨®micos, otras ha creado nuevas categor¨ªas conceptuales y siempre ha equilibrado razonablemente el sistema auton¨®mico.
El Tribunal Constitucional lleva 25 a?os prestando un servicio impoluto e impagable a la compleja maquinaria de nuestro sistema democr¨¢tico. Especialmente, si a?adimos a lo anterior, la insustituible tarea del Tribunal en la depuraci¨®n del ordenamiento jur¨ªdico franquista y en el extraordinario impulso que ha dado a nuestra democracia en la defensa de los derechos y libertades fundamentales. En muchas ocasiones, el Tribunal Constitucional ha adoptado decisiones delicadas y sus resoluciones no han gozado de unanimidad. Recuerdo la despenalizaci¨®n del aborto, determinados conflictos ling¨¹¨ªsticos o el derecho a la intimidad y a la propia imagen, como temas de especial pol¨¦mica p¨²blica con sentencias acompa?adas de votos particulares. Pero nunca, repito nunca, el Tribunal ha sido puesto en cuesti¨®n. Es m¨¢s, creo poder afirmar con total objetividad que el Tribunal Constitucional goza de un ampl¨ªsimo reconocimiento social y de un consenso legitimador casi un¨¢nime de todos los operadores jur¨ªdicos y pol¨ªticos de nuestro pa¨ªs.
Pues bien, unos elogios tan merecidos como necesarios, son el pre¨¢mbulo de una denuncia. El PP ha puesto al Tribunal Constitucional en su punto de mira. El objetivo es claro: obtener una sentencia contra el Estatuto de Catalu?a que anule sus art¨ªculos m¨¢s importantes o si se prefiere, m¨¢s simb¨®licos, para que salte por los aires ese delicado puzzle que hubo que arbitrar en su laboriosa y compleja elaboraci¨®n. Se trata tambi¨¦n de desautorizar la pol¨ªtica auton¨®mica de Rodr¨ªguez Zapatero con una sonora derrota de uno de sus principales exponentes y se trata adem¨¢s, de que tenga lugar antes de las pr¨®ximas elecciones generales de 2008, para que el discurso deslegitimador y catastrofista del PP sobre Espa?a cobre sus mejores dividendos.
No estoy cuestionando, faltar¨ªa m¨¢s, el derecho del PP a recurrir ese Estatuto ante el Tribunal Constitucional, por m¨¢s que resulte evidente que ha aprobado con general satisfacci¨®n, otro muy parecido, id¨¦ntico incluso, en muchos art¨ªculos, como es el Estatuto andaluz. No, no censuro el recurso, sino las artima?as y las presiones para ganarlo. De entrada porque al recurso le han seguido sendas recusaciones del PP contra dos magistrados a los que se consideraba m¨¢s favorables a una visi¨®n m¨¢s autonomista de nuestro modelo territorial, dividiendo as¨ª al Tribunal en dos bloques pol¨ªticos que nada favorece el tratamiento sereno e independiente de un pleito tan importante. Lograda la recusaci¨®n del magistrado Pablo P¨¦rez Tremps con una resoluci¨®n censurada por toda la doctrina constitucional y cuyas cr¨ªticas comparto plenamente, el siguiente paso es acelerar la tramitaci¨®n del recurso e imponer por seis a cinco una sentencia ejemplar contra el Estatuto. ?se es mi pron¨®stico y as¨ª lo digo abiertamente.
Confieso que tengo inter¨¦s en el resultado final de este asunto. Fui ponente del Estatuto y creo en la constitucionalidad de un texto, naturalmente imperfecto por la ingente tarea negociadora que exigi¨® la aprobaci¨®n por las Cortes del texto original del Parlament de Catalu?a. Mucho me temo, sin embargo, que en este caso, adem¨¢s de leg¨ªtimos intereses o aspiraciones respecto al fallo de la sentencia, nos estamos jugando el prestigio del Tribunal con toda su enorme trascendencia en nuestra arquitectura pol¨ªtica e institucional.
En primer lugar, porque la situaci¨®n pol¨ªtica y partidaria espa?ola es m¨¢s tensa y est¨¢ m¨¢s crispada que nunca. No hace falta describirla ni enjuiciarla como para que resulte "indescriptible" el impacto de esta sentencia en este clima. Por eso, tengo plena confianza en que el Tribunal, ajeno a las presiones de la coyuntura, situar¨¢ la sentencia en un momento pol¨ªtico m¨¢s tranquilo. Sea cual sea su contenido, todos estaremos en otra situaci¨®n para que nuestra lectura, valoraciones y aplicaci¨®n en su caso, resulten mesuradas y constructivas.
En segundo lugar, porque, vistos los antecedentes, una sentencia en la que un mismo bloque de magistrados se impone a otro en todos los temas recurridos, ser¨ªa incuestionablemente una sentencia divisoria. En la historia judicial norteamericana, es conocida la sentencia de un presidente conservador del Tribunal Supremo, nombrado por el presidente Eisenhower, que declar¨® la inconstitucionalidad de las pr¨¢cticas discriminatorias racistas en los EE UU, argumentando que una sentencia no debe servir para acentuar la divisi¨®n de un pa¨ªs dividido. Viene a cuento esta cita para reflexionar sobre una tendencia demasiado frecuente en estos tiempos, que nos arrastra a catalogar a nuestros jueces con etiquetas ideol¨®gicas que, en general, no hacen justicia a su rigor y a su independencia profesional. Hay miles de jueces que imparten justicia todos los d¨ªas al margen del asfixiante clima pol¨ªtico partidario y medi¨¢tico que a veces creamos en torno a ellos. A muchos nos produce orgullo y autoestima el Tribunal del 11-M que est¨¢ dando ejemplo al mundo de justicia penal garantista y eficaz, o la Sala Segunda del Tribunal Supremo que dicta sentencias dif¨ªciles como la del caso De Juana, aplicando el C¨®digo Penal y no las penas ad h¨®minem.
Estoy seguro de que nuestro m¨¢ximo tribunal buscar¨¢ el consenso interno en este fallo. Una sentencia fraguada y modulada por la b¨²squeda de la unanimidad y por la superaci¨®n de supuestos bloques ideol¨®gicos, ser¨¢ una sentencia m¨¢s ecu¨¢nime, y gozar¨¢ de una mayor legitimaci¨®n pol¨ªtica en su aplicaci¨®n. Ser¨¢ una sentencia impecable, imposible de censurar desde la predisposici¨®n partidaria que tenemos en la actualidad. Estoy seguro de que con ello, el prestigio del Tribunal saldr¨¢ m¨¢s fortalecido todav¨ªa y el reconocimiento social y jur¨ªdico de esa important¨ªsima instituci¨®n, crecer¨¢ todav¨ªa m¨¢s.
Ram¨®n J¨¢uregui es portavoz del PSOE en la Comisi¨®n Constitucional del Congreso de los Diputados.
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