"La base policial de ADN facilitar¨¢ identificar a sospechosos en delitos graves"
Benito de la Cruz Rever¨®n (Santa Cruz de Tenerife, 1963) es profesor de Derecho Procesal la Universidad de La Laguna y centra sus investigaciones en la utilizaci¨®n de muestras gen¨¦ticas en procesos penales. Ayer dio a conocer ayer en Sarriko, en las Jornadas sobre Derecho y Genoma Humano, el proyecto de ley que se aprobar¨¢ en el Congreso para crear una base policial de identificadores de ADN.
Pregunta. ?C¨®mo est¨¢ regulado legalmente el uso de muestras de ADN?
Respuesta. Aunque sea una pr¨¢ctica habitual, en Espa?a contamos con una regulaci¨®n m¨ªnima: dos nuevos p¨¢rrafos, desde 2003, en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que apenas determinan qui¨¦n puede ordenar una prueba -s¨®lo los jueces- y a qu¨¦ sujetos se les puede exigir. Deja sin regular c¨®mo afecta la investigaci¨®n a derechos fundamentales como la intimidad.
"El proyecto de ley es un paso, pero es insuficiente. Sigue sin prever las consecuencias legales de negarse a una prueba"
P. ?C¨®mo se resuelven estos conflictos?
R. El proyecto de ley que se debate en el Congreso explica que no hay vulneraci¨®n del derecho a la intimidad porque se analiza el ADN no codificado, un tipo de material gen¨¦tico que no da otras informaciones, como enfermedades. Pero la ciencia avanza tanto que en el futuro igual se puede extraer m¨¢s informaci¨®n. Dependiendo del lugar que se quiera inspeccionar, la prueba puede chocar con el derecho a la intimidad personal. No afecta en cambio a la integridad f¨ªsica porque los m¨¦todos de obtenci¨®n -saliva, cabello, sangre...- no suponen un trato inhumano.
P. ?C¨®mo afecta a la presunci¨®n de inocencia?
R. No someterse a la prueba podr¨ªa ser un indicio de culpabilidad, pero esto podr¨ªa chocar con el derecho a no confesarse culpable: el presunto autor estar¨ªa facilitando la prueba esencial de su culpabilidad. No obstante, el Tribunal Constitucional lo cuestiona, porque en realidad no lo hace de manera activa como cuando se realiza una confesi¨®n. El problema es que no est¨¢ previsto qu¨¦ hacer si el sospechoso se niega a someterse a la prueba. Por ahora se observa la legislaci¨®n en otros ¨¢mbitos: en las pruebas de paternidad la negativa puede entenderse como un indicio de culpabilidad, y en la carretera quien se niega a someterse a la prueba de alcoholemia puede incurrir en un delito de desobediencia.
P. ?En qu¨¦ delitos se pueden emplear estas t¨¦cnicas?
R. Tienen que ser delitos graves que dejen muestras biol¨®gicas y en los que la prueba sea necesaria. Los casos de violencia sexual son los m¨¢s t¨ªpicos, y cabr¨ªa emplearla en casos de violencia contra las mujeres, aunque todav¨ªa no se hace. Tambi¨¦n se ha utilizado en la investigaci¨®n del 11-M para identificar a presuntos autores y despejar dudas sobre la autor¨ªa de los atentados.
P. ?Para qu¨¦ servir¨¢ la base policial de identificadores?
R. El proyecto de ley regula el almacenamiento de pruebas, que facilitar¨¢ las investigaciones criminales. Contendr¨¢ datos de imputados, sospechosos y condenados, que se contrastar¨¢n con las muestras biol¨®gicas halladas en el lugar del delito y facilitar¨¢ as¨ª identificar sospechosos de delitos graves. No es un banco de muestras, sino un fichero. Al igual que la huella dactilar, la ¨²nica informaci¨®n que se extrae de la huella gen¨¦tica es la identidad.
P. ?Habr¨¢ tambi¨¦n un fichero de v¨ªctimas?
R. No. Posiblemente, aunque la ley no lo especifique, se incluir¨¢n muestras de quienes se encuentren en el lugar del crimen -v¨ªctimas y terceras personas- cuando no se haya identificado a sospechosos.
P. ?Esta ley ser¨¢ suficiente para completar la legislaci¨®n?
R. Es un paso, pero insuficiente. Sigue sin prever las consecuencias legales de negarse a una prueba.
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