ANV utiliza un resquicio del fallo del Supremo para tratar de presentar todas sus listas el 27-M
La fiscal¨ªa pedir¨¢ al Constitucional que dicte sentencia por la v¨ªa r¨¢pida del contencioso electoral
Acci¨®n Nacionalista Vasca (ANV) present¨® anoche en el registro del Tribunal Constitucional un recurso ordinario de amparo, en el que pide la suspensi¨®n de la ejecuci¨®n de la sentencia del Tribunal Supremo que anul¨® 133 de sus candidaturas por su continuidad con la ilegalizada Batasuna.
El Tribunal Constitucional esperaba este recurso para saber si ANV se acog¨ªa al tr¨¢mite del recurso de amparo contencioso electoral, que se tramita en 48 horas, o interpon¨ªa un recurso de amparo ordinario en un intento de eludir un pronunciamiento del Constitucional hasta pasadas las elecciones del 27-M.
ANV alega da?o irreversible si sus candidatos no se presentan a las urnas
El fallo del Tribunal Supremo que anul¨®, por unanimidad, 133 de las candidaturas de ANV ha abierto para este partido una expectativa de intentar presentarse a las elecciones burlando la sentencia de la Sala Especial.
El Supremo tramit¨® las demandas del fiscal y el abogado del Estado contra ANV por el procedimiento establecido en la Ley de Partidos Pol¨ªticos, porque, seg¨²n los magistrados, no cab¨ªa hacerlo por el proceso contencioso electoral de la Ley del R¨¦gimen Electoral, que tiene plazos m¨¢s breves.
La consecuencia de haber dictado la sentencia al amparo de la Ley de Partidos es que ANV puede presentar un recurso de amparo ordinario, para lo que dispon¨ªa de 20 d¨ªas h¨¢biles a partir de la fecha en que se le notific¨® la sentencia del Supremo, en vez de las 48 horas establecidas para el recurso de amparo electoral.
Sin embargo, todo apunta a que ANV no ha querido dilatar la interposici¨®n del recurso para que no le imputasen mala fe procesal y lo ha presentado antes de las 48 horas que marca el contencioso electoral, pero como recurso de amparo constitucional ordinario, que tiene plazos de admisi¨®n y tramitaci¨®n mucho m¨¢s largos que el recurso de amparo electoral.
Pero como hasta que el Tribunal Constitucional emita alg¨²n pronunciamiento las 133 listas de ANV siguen anuladas, los recurrentes piden que se suspenda la ejecuci¨®n del fallo del Tribunal Supremo hasta la resoluci¨®n del recurso, con la evidente intenci¨®n de tratar de concurrir a las elecciones del 27-M.
Frente al intento de aprovechar ese "resquicio legal" que parece haberles dejado la sentencia del Tribunal Supremo, la Fiscal¨ªa ante el Constitucional tiene instrucciones de pedir al Tribunal que se resuelvan todos los recursos por la v¨ªa del contencioso electoral, dentro del plazo de 48 horas.
Dado que el recurso de ANV previsiblemente plantear¨¢ la vulneraci¨®n del derecho de acceso a los cargos p¨²blicos del art¨ªculo 23 de la Constituci¨®n, la Fiscal¨ªa ante el Constitucional plantear¨¢ que la ¨²nica posibilidad de amparar ese derecho ser¨¢ hacerlo dentro de los plazos del recurso de amparo electoral, seg¨²n fuentes fiscales.
Es decir, la Fiscal¨ªa se opondr¨¢ a dejar en suspenso el fallo del Tribunal Supremo y pedir¨¢ que el amparo se resuelva dentro del plazo de 48 horas, es decir, antes de la noche del jueves.
Seg¨²n las citadas fuentes, aunque el Tribunal Supremo ha resuelto las demandas seg¨²n el cauce establecido para la Ley de Partidos, de hecho se ha acogido a los plazos perentorios del procedimiento contencioso electoral: las impugnaciones se presentaron en dos d¨ªas, se dio un breve plazo de alegaciones a ANV y el Supremo dict¨® sentencia en otros dos d¨ªas, y aunque la deliberaci¨®n se dilat¨® hasta la ma?ana siguiente, se hizo dentro de un mismo acto, sin interrupci¨®n.
Dado que la sentencia del Supremo ha anulado una proclamaci¨®n de candidatura por una junta electoral, se trata de una decisi¨®n propia de un contencioso electoral. La interpretaci¨®n que defender¨¢ la Fiscal¨ªa, seg¨²n dichas fuentes, es que el procedimiento seguido por el Supremo se ha tramitado como un incidente de ejecuci¨®n de la sentencia de Batasuna en cuanto a la acci¨®n, y como un contencioso electoral en cuanto al procedimiento.
Por otra parte, expertos en Derecho Constitucional apuntaron a que antes de presentar un amparo ordinario, ANV deber¨ªa agotar el procedimiento ante el Supremo y presentar antes un recurso de s¨²plica ante la Sala Especial contra la anulaci¨®n de sus candidaturas.
Aunque anoche no se dispon¨ªa de m¨¢s detalles sobre el contenido del recurso, ANV previsiblemente habr¨¢ alegado un "da?o irreversible" para sus candidatos, ya que si estos no concurren a los comicios el recurso perder¨ªa su finalidad. Dado que el da?o irreversible parece bastante evidente, la tendencia del Tribunal Constitucional ser¨ªa, en principio, la de dejar en suspenso la sentencia para no vulnerar el derecho fundamental.
Sin embargo, tal suspensi¨®n no es autom¨¢tica y el Constitucional podr¨ªa denegarla bajo algunas condiciones. Puede, por ejemplo, denegar la suspensi¨®n y comprometerse a resolver antes de la fecha de las elecciones. O puede estimar que ANV es la que busca con su recurso la irreversibilidad de la situaci¨®n, lo que, por tanto, no redundar¨ªa en su perjuicio.
Tambi¨¦n podr¨ªa apreciar que lo que ANV intenta es una suspensi¨®n que haga inejecutable la sentencia del Tribunal Supremo -pues con el voto dentro de la urna no cabe anular la candidatura- y consiguientemente, no concederla. Y tambi¨¦n puede aceptar la petici¨®n del fiscal y resolver en 48 horas.
Por otra parte, el Constitucional dio anoche un d¨ªa de plazo al fiscal y al abogado del Estado para informar sobre los 24 recursos de amparo presentados por las agrupaciones electorales de Abertzale Sozialistak contra la sentencia del Supremo que anul¨® 246 candidaturas de esa marca electoral impulsada directamente por Batasuna.
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